¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: SINDICATO Y CONVENIO
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¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor desencatado el Mié Mar 18, 2009 9:17 pm
Abro este post para que los más veteranos de guerra nos expliquen la evolución llevada a cabo desde el ROCOA hasta el todavía nuestro panfleto-convenio actual.
Es posible que me equivoque en las fechas, pero creo que no es lo trascendente a debatir, sino que lo importante en este post es determinar el por qué se firmó nuestro último convenio cuando era terriblemente perjudicial para nuestro colectivo, y me explico.
Al parecer según tengo entendido, después del ROCOA, se firmó un primer convenio colectivo, para unos años después firmar el eterno e incaducable convenio que todavía nos acompaña. No indico fechas, porque no las tengo claras, pero sí que me han comentado que hasta la firma del mismo, los Registradores pagaban de su sesenta por ciento, la cuota empresarial-colegial íntegramente, o sea, pagaban la totalidad de la misma, a diferencia de hoy que como ya sabeis va a gastos generales, es decir, se paga 60/40 jefe-empleados, respectivamente. O dicho de otra forma, para llegar a los ingresos líquidos primero hay que descontar estos gastos, al contrario de antes que iban exclusivamente destinados al sesenta por ciento de los jefes. Esta fue una gran cagada.
Y la segunda cagada, fue que antes los sueldos de los empleados iban al 60/40, y tras firmar el dichoso convenio se pagan exclusivamente del cuarenta por ciento de los empleados.
Supongo que habría unos poderosos motivos, que espero alguien me explique, que llevaran al SIOYA a firmar el dichoso convenio, pues de lo contrario no es posible llegar a comprender cómo se produjo está cesión gratuita en favor de los jefes. Y tras lo expuesto vereis que no es lo mismo sacar las cuentas como se hacía antes del dicho convenio que después del mismo, puesto que la parte a repartir resultante del cuarenta por ciento a repartir entre los empleados a porcentaje disminuye considerablemente.
Si he cometido algún tipo de error o alguna imprecisión en lo expuesto, pido disculpas de antemano y ruego me corrijais. Salu2.
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor kaikus el Mié Mar 18, 2009 10:51 pm
Como muchos de nosotros yo no estaba en el Registro cuando se firmó el Convenio, pero lo que si que he escuchado por activa y por pasiva, de gente que sí que estaba, que perdió la mutualidad, y que, por supuesto, estaban afiliados a Sioya, es que en la Asamblea que se mantuvo previa a la firma del Convenio (creo que en Valladolid) se dejó claro que ese Convenio NO SE FIRMARÍA.
Por cierto, todos estos de los que hablo estaban afiliados a Sioya y, por supuesto, se dieron de baja, aunque no estoy seguro de que la baja fuera efectiva, pues años después yo mismo les convencí para que volvieran a afiliarse, yo mismo les facilité el formulario y yo mismo lo mandé por fax, y sin embargo no han vuelto a tener noticia ni se les cobran las cuotas. ¿Se les seguirá contabilizando como afiliados?. Lo digo porque si es así, seguramente seguirá siendo el Sindicato mayoritario, pero quizás menos.
De cualquier forma, como el primer párrafo de mi contestación no lo escribo por mi experiencia propia (aunque quienes me lo han comentado me merecen infinitamente mas credibilidad que cualquiera de nuestros representantes), espero que los mas antiguos del lugar, especialmente los que estuvieron en aquélla asamblea, nos cuenten cómo pasó.
Asociación del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España -APeR- · -Asociaper.es-
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor kaikus el Mié Mar 18, 2009 10:55 pm
Aunque sin mencionarlo en el anterior post, espero especialmente que el amigo PRIOR nos pueda aclarar algo al respecto, pues seguramente sepa bastante de lo ocurrido a la vista de los interesantísimos post que suele colgar y que reflejan que sabe bastante de lo que se cuece y se ha cocido en los Registros antes, durante y después del ROCOA.
Asociación del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España -APeR- · -Asociaper.es-
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor BEO el Jue Mar 19, 2009 9:12 am
Pues por lo que a mi me han contado, la explicacion sencilla es; los registros en aquella epoca ( los más ) se llevaban entre cuatro o cinco personas y pensaron que el 40% podia con todo esto y con más y nadie se podia imaginar entonces que las plantillas aumentaran de esta manera y muchos menos que la gallina de los huevos de oro palmara.
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor PRIOR el Sab Abr 04, 2009 7:37 pm
KAIKUS:-Hasta hoy, por avería, no volví al ordenador; por eso, no contesté a tu invitación.-El tema está tratado en este foro hasta el aburrimiento.- Entre otros muchos véase “Ilegalidad de la Relación Laboral y del Convenio Colectivo” escrito por mí el 20 de junio de 2004, aunque con la identificación de PTPI.-
Mientras que los que representan al personal sean los mismos – o el mismo – que firmó el convenio, no espero cambios.- Con su estimable e indispensable ayuda los Registradores consiguieron las pretensiones de entonces y lograrán cubrir las de ahora.- No me cabe duda.-
Recuerdo una especie de “poesía “ escrita por el año 1992 que más o menos, y resumiendo, decía:-
“”......A las pruebas me remito para relatar aquí cual funesto “sindicato” que, sin recato, pasa por anunciar aquí y allá, por toda España, con viajero boato cual es la necesidad --¡ mentira ! de tener que trasmutar a relación no sentida.-
¡Pero ahí está la repudiada ! ¡ Que la conexión se impone ! pone en boca el sindical ¡ Que los ingresos son de éllos ! Mantiene el dicharachero, que en lugar de trabajar brilla silla porque puede asegurar que por mor de “colaborar” su calandrar obtendrá, no del trabajo ordinario, sino del peticionario que conociendo su afán y su virtud viscosa le sabe capaz de alienar el interés general al que representar – dice – toca.-
¡ MALA COSA !
Mientras que a la asociación de Registradores se afilian – de momento-- más del ochenta por ciento, al sindicato no llega la décima parte de ello.- ¿ Por qué será ? Pues porque el interés aumenta cuando de mohatra cuenta semejante piringallo.- Si cuando verde se encuentra, con tanto afin de una parte y con pocos de la otra – y a la baja – no cabe argumentar más que la “ convención” deshincha el interés general de la contractual más floja.-
Que el Registrador es empresario, nadie lo puede negar, pero sólo a efectos tributarios.- Y que es empleador, tampoco, pero siempre, claro está, para cumplir los fines que les viene encomendados por Orden Ministerial.-
? Y pueden particulares zanjar la cosa sin desmantelar reglamentación cuasi honrosa mediante disposición apropiada que nos retire la cosa ?
Es verdad que la reglamentación nueva no viene más que a envainar predisposición cualquiera por tratar de conseguir lo que al “patrón” no interesa.- Y el patrón será el de siempre – el Colegio Nacional – según instrucciones nuevas que en reciente circular pasa para informar la nueva línea a seguir, por mor de aquella manera.-
¿Que es, pues, la Asociación de Registradores ? ¿ Que es, pues, el Sindicato del personal ? Es puro testimonial al Servicio del Colegio Nacional.-
¡ Ay fulerillos, fulerillos sindicales..........! que al personal embarcais en una vieja patera en medio del temporal.-
Dice la ley extranjera que funcionarios públicos son los que antes no lo eran y con ella se remite, con expresión vigorosa, a los oficiales del Registro Inmobiliario ya sean de tercera, de segunda o de primera.- Son, remacha, cuando antes no lo eran, funcionarios públicos de designación duradera.-
A LOS REGISTRADORES
La finca que tanto dio con esfuerzo del “mancebo “ y que vino a poner las botas al Sr. Registrador como si su finca fuera, clama al Cielo ¡Oh Señor ! ¡ Ha de ser de otra manera!
La pretensión laboral que el Sr. Registrador para cambiar quisiera lleva consigo después ¿ o no ? cambiar la merced o gracia que el Sr. Registrador piensa moderar, poniendo, un salario cuasi estupendo para que el auxiliar, comiendo, silencie y tome cebada sin acabar la jornada por más que torne alargada para ganar la soldada.-
Pero eso, sí, yo, ¡ ni puntada !
¿Le vamos a seguir “dando” la participación que ahora reciben ?, escribió el mismo Señor en singular publicación al principo reseñada, cuando dar, nunca nos dieron nada.-
Que con sindicatos cuentan para conseguir la afrenta, enfrenta, y no se puede decir que el sindicato asiste cuando todo el consiste en un momio embetunado para olvidar el pasado, en pro del beneficiado.-
Al Sr. Registrador hemos de contestar que esté siempre vigilante y tenga presente, además, que si hay peligro por delante, modere, pare o de atrás, ya que es posible chocar con quién fielmente sirvió a gente tan bullanguera, de tal manera, que se considera el grupo más numeroso a quién hay que alimentar con el dinero de afuera.-Y si de afuera nos pagan por el servicio prestado hemos de partir, lo ganado, con minucioso cuidado, sin cuentas del gran capitán.-
Cargar en lo recaudado lo que al monte mayor asiste, quema, y por igual razón desenfrena que haya de subvenir lo que se ha de decidir que el monte mayor atienda.-
Lo del barco ¡se acabó ! Y la cooperativa también, por las circunstancias ciegas.- Si antes era bonito la navegación costera en una misma embarcación con juramente del patrón ¡ Todos dentro o todos fuera ! ha terminado diciendo con egoismo anublado, ¡sálvese sólo el que pueda !, y como el que manda, puede, así lo ha decidido en una triste y Ramblera asamblea que después de celebrada, clamó:
¡ Segundos fuera ! Que en el barco mando yo,por ser propiedad casera.-
¡Ah del barco ! Grita el viejo marinero para advertir al patrón, sólo, en el betusto velero:- ¡Que te hundes ! ¡ Que te hundes !,
¡ ABRAZATE AL MARINERO !
En fin, que el convenio fue una arbitrariedad que transformó la relación jurídico-administrativa en laboral y conculcó abiertamente el principio de seguridad jurídica y de jerarquía normativa cuando hizo tabla rasa de la competencia y potestad que al Ministerio de Justicia impone el art. 559 del R.Hipotecario.- Lo que significaban las reglamentaciones anteriores cuyo nivel normativo hace su aparición con la Ley de 1.861 pasando por el Decreto de 18 de mayo de 1.934, de 21 de junio de 1.938, de 28 de marzo de 1.958, 8 de julio de 1.971 y 19 de abril de 1.982 ,saltó por los aires, cuando esa reglamentación se decantó por un modelo de corte estatutario o funcionarial acentuando la naturaleza jurídico-administrativa al crear de forma expresa el CUERPO DE OFICIALES Y AUXILIARES DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA y quedar así definidas su participación en el cometido del Registrador y el sometimiento a la potestad de control del Ministerio de Justicia que establecia el mencionado art.559 del R.H.-
PUES BIEN:- Desde la firma del convenio que no fue tal, sino un contrato de adhesión, y una vez que los Registradores creen conseguido el marchamo empresarial, nace un conjunto de cambios que sufre el personal y produce asombro por el descaro con que se ha ido comiendo terreno a nuestro espacio por la nula voluntad para oponerse que, que sepamos, muestra el sindicato que les ha dejado hacer cuando en ningún momento se opuso con rotundidad.-
La huelga convocada y llevada a cabo por el personal no fue más que un engaño; una pantomima. Y, la última proyectada tuvo por objeto, además, congraciarse con los Registradores que la incitaron, mayormente, en su propio beneficio.-
Es que, en los Registros, somos un grupo numeroso plural y diverso que por haber ingresado unos con la reglamentación anterior y otros con el convenio actual vemos las cosas desde puntos de vista diferentes.-
SALUDOS.-
Abro este post para que los más veteranos de guerra nos expliquen la evolución llevada a cabo desde el ROCOA hasta el todavía nuestro panfleto-convenio actual.
Es posible que me equivoque en las fechas, pero creo que no es lo trascendente a debatir, sino que lo importante en este post es determinar el por qué se firmó nuestro último convenio cuando era terriblemente perjudicial para nuestro colectivo, y me explico.
Al parecer según tengo entendido, después del ROCOA, se firmó un primer convenio colectivo, para unos años después firmar el eterno e incaducable convenio que todavía nos acompaña. No indico fechas, porque no las tengo claras, pero sí que me han comentado que hasta la firma del mismo, los Registradores pagaban de su sesenta por ciento, la cuota empresarial-colegial íntegramente, o sea, pagaban la totalidad de la misma, a diferencia de hoy que como ya sabeis va a gastos generales, es decir, se paga 60/40 jefe-empleados, respectivamente. O dicho de otra forma, para llegar a los ingresos líquidos primero hay que descontar estos gastos, al contrario de antes que iban exclusivamente destinados al sesenta por ciento de los jefes. Esta fue una gran cagada.
Y la segunda cagada, fue que antes los sueldos de los empleados iban al 60/40, y tras firmar el dichoso convenio se pagan exclusivamente del cuarenta por ciento de los empleados.
Supongo que habría unos poderosos motivos, que espero alguien me explique, que llevaran al SIOYA a firmar el dichoso convenio, pues de lo contrario no es posible llegar a comprender cómo se produjo está cesión gratuita en favor de los jefes. Y tras lo expuesto vereis que no es lo mismo sacar las cuentas como se hacía antes del dicho convenio que después del mismo, puesto que la parte a repartir resultante del cuarenta por ciento a repartir entre los empleados a porcentaje disminuye considerablemente.
Si he cometido algún tipo de error o alguna imprecisión en lo expuesto, pido disculpas de antemano y ruego me corrijais. Salu2.
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor kaikus el Mié Mar 18, 2009 10:51 pm
Como muchos de nosotros yo no estaba en el Registro cuando se firmó el Convenio, pero lo que si que he escuchado por activa y por pasiva, de gente que sí que estaba, que perdió la mutualidad, y que, por supuesto, estaban afiliados a Sioya, es que en la Asamblea que se mantuvo previa a la firma del Convenio (creo que en Valladolid) se dejó claro que ese Convenio NO SE FIRMARÍA.
Por cierto, todos estos de los que hablo estaban afiliados a Sioya y, por supuesto, se dieron de baja, aunque no estoy seguro de que la baja fuera efectiva, pues años después yo mismo les convencí para que volvieran a afiliarse, yo mismo les facilité el formulario y yo mismo lo mandé por fax, y sin embargo no han vuelto a tener noticia ni se les cobran las cuotas. ¿Se les seguirá contabilizando como afiliados?. Lo digo porque si es así, seguramente seguirá siendo el Sindicato mayoritario, pero quizás menos.
De cualquier forma, como el primer párrafo de mi contestación no lo escribo por mi experiencia propia (aunque quienes me lo han comentado me merecen infinitamente mas credibilidad que cualquiera de nuestros representantes), espero que los mas antiguos del lugar, especialmente los que estuvieron en aquélla asamblea, nos cuenten cómo pasó.
Asociación del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España -APeR- · -Asociaper.es-
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor kaikus el Mié Mar 18, 2009 10:55 pm
Aunque sin mencionarlo en el anterior post, espero especialmente que el amigo PRIOR nos pueda aclarar algo al respecto, pues seguramente sepa bastante de lo ocurrido a la vista de los interesantísimos post que suele colgar y que reflejan que sabe bastante de lo que se cuece y se ha cocido en los Registros antes, durante y después del ROCOA.
Asociación del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España -APeR- · -Asociaper.es-
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor BEO el Jue Mar 19, 2009 9:12 am
Pues por lo que a mi me han contado, la explicacion sencilla es; los registros en aquella epoca ( los más ) se llevaban entre cuatro o cinco personas y pensaron que el 40% podia con todo esto y con más y nadie se podia imaginar entonces que las plantillas aumentaran de esta manera y muchos menos que la gallina de los huevos de oro palmara.
Re: ¿Por qué se firmó nuestro CONVENIO en su día?
Notapor PRIOR el Sab Abr 04, 2009 7:37 pm
KAIKUS:-Hasta hoy, por avería, no volví al ordenador; por eso, no contesté a tu invitación.-El tema está tratado en este foro hasta el aburrimiento.- Entre otros muchos véase “Ilegalidad de la Relación Laboral y del Convenio Colectivo” escrito por mí el 20 de junio de 2004, aunque con la identificación de PTPI.-
Mientras que los que representan al personal sean los mismos – o el mismo – que firmó el convenio, no espero cambios.- Con su estimable e indispensable ayuda los Registradores consiguieron las pretensiones de entonces y lograrán cubrir las de ahora.- No me cabe duda.-
Recuerdo una especie de “poesía “ escrita por el año 1992 que más o menos, y resumiendo, decía:-
“”......A las pruebas me remito para relatar aquí cual funesto “sindicato” que, sin recato, pasa por anunciar aquí y allá, por toda España, con viajero boato cual es la necesidad --¡ mentira ! de tener que trasmutar a relación no sentida.-
¡Pero ahí está la repudiada ! ¡ Que la conexión se impone ! pone en boca el sindical ¡ Que los ingresos son de éllos ! Mantiene el dicharachero, que en lugar de trabajar brilla silla porque puede asegurar que por mor de “colaborar” su calandrar obtendrá, no del trabajo ordinario, sino del peticionario que conociendo su afán y su virtud viscosa le sabe capaz de alienar el interés general al que representar – dice – toca.-
¡ MALA COSA !
Mientras que a la asociación de Registradores se afilian – de momento-- más del ochenta por ciento, al sindicato no llega la décima parte de ello.- ¿ Por qué será ? Pues porque el interés aumenta cuando de mohatra cuenta semejante piringallo.- Si cuando verde se encuentra, con tanto afin de una parte y con pocos de la otra – y a la baja – no cabe argumentar más que la “ convención” deshincha el interés general de la contractual más floja.-
Que el Registrador es empresario, nadie lo puede negar, pero sólo a efectos tributarios.- Y que es empleador, tampoco, pero siempre, claro está, para cumplir los fines que les viene encomendados por Orden Ministerial.-
? Y pueden particulares zanjar la cosa sin desmantelar reglamentación cuasi honrosa mediante disposición apropiada que nos retire la cosa ?
Es verdad que la reglamentación nueva no viene más que a envainar predisposición cualquiera por tratar de conseguir lo que al “patrón” no interesa.- Y el patrón será el de siempre – el Colegio Nacional – según instrucciones nuevas que en reciente circular pasa para informar la nueva línea a seguir, por mor de aquella manera.-
¿Que es, pues, la Asociación de Registradores ? ¿ Que es, pues, el Sindicato del personal ? Es puro testimonial al Servicio del Colegio Nacional.-
¡ Ay fulerillos, fulerillos sindicales..........! que al personal embarcais en una vieja patera en medio del temporal.-
Dice la ley extranjera que funcionarios públicos son los que antes no lo eran y con ella se remite, con expresión vigorosa, a los oficiales del Registro Inmobiliario ya sean de tercera, de segunda o de primera.- Son, remacha, cuando antes no lo eran, funcionarios públicos de designación duradera.-
A LOS REGISTRADORES
La finca que tanto dio con esfuerzo del “mancebo “ y que vino a poner las botas al Sr. Registrador como si su finca fuera, clama al Cielo ¡Oh Señor ! ¡ Ha de ser de otra manera!
La pretensión laboral que el Sr. Registrador para cambiar quisiera lleva consigo después ¿ o no ? cambiar la merced o gracia que el Sr. Registrador piensa moderar, poniendo, un salario cuasi estupendo para que el auxiliar, comiendo, silencie y tome cebada sin acabar la jornada por más que torne alargada para ganar la soldada.-
Pero eso, sí, yo, ¡ ni puntada !
¿Le vamos a seguir “dando” la participación que ahora reciben ?, escribió el mismo Señor en singular publicación al principo reseñada, cuando dar, nunca nos dieron nada.-
Que con sindicatos cuentan para conseguir la afrenta, enfrenta, y no se puede decir que el sindicato asiste cuando todo el consiste en un momio embetunado para olvidar el pasado, en pro del beneficiado.-
Al Sr. Registrador hemos de contestar que esté siempre vigilante y tenga presente, además, que si hay peligro por delante, modere, pare o de atrás, ya que es posible chocar con quién fielmente sirvió a gente tan bullanguera, de tal manera, que se considera el grupo más numeroso a quién hay que alimentar con el dinero de afuera.-Y si de afuera nos pagan por el servicio prestado hemos de partir, lo ganado, con minucioso cuidado, sin cuentas del gran capitán.-
Cargar en lo recaudado lo que al monte mayor asiste, quema, y por igual razón desenfrena que haya de subvenir lo que se ha de decidir que el monte mayor atienda.-
Lo del barco ¡se acabó ! Y la cooperativa también, por las circunstancias ciegas.- Si antes era bonito la navegación costera en una misma embarcación con juramente del patrón ¡ Todos dentro o todos fuera ! ha terminado diciendo con egoismo anublado, ¡sálvese sólo el que pueda !, y como el que manda, puede, así lo ha decidido en una triste y Ramblera asamblea que después de celebrada, clamó:
¡ Segundos fuera ! Que en el barco mando yo,por ser propiedad casera.-
¡Ah del barco ! Grita el viejo marinero para advertir al patrón, sólo, en el betusto velero:- ¡Que te hundes ! ¡ Que te hundes !,
¡ ABRAZATE AL MARINERO !
En fin, que el convenio fue una arbitrariedad que transformó la relación jurídico-administrativa en laboral y conculcó abiertamente el principio de seguridad jurídica y de jerarquía normativa cuando hizo tabla rasa de la competencia y potestad que al Ministerio de Justicia impone el art. 559 del R.Hipotecario.- Lo que significaban las reglamentaciones anteriores cuyo nivel normativo hace su aparición con la Ley de 1.861 pasando por el Decreto de 18 de mayo de 1.934, de 21 de junio de 1.938, de 28 de marzo de 1.958, 8 de julio de 1.971 y 19 de abril de 1.982 ,saltó por los aires, cuando esa reglamentación se decantó por un modelo de corte estatutario o funcionarial acentuando la naturaleza jurídico-administrativa al crear de forma expresa el CUERPO DE OFICIALES Y AUXILIARES DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA y quedar así definidas su participación en el cometido del Registrador y el sometimiento a la potestad de control del Ministerio de Justicia que establecia el mencionado art.559 del R.H.-
PUES BIEN:- Desde la firma del convenio que no fue tal, sino un contrato de adhesión, y una vez que los Registradores creen conseguido el marchamo empresarial, nace un conjunto de cambios que sufre el personal y produce asombro por el descaro con que se ha ido comiendo terreno a nuestro espacio por la nula voluntad para oponerse que, que sepamos, muestra el sindicato que les ha dejado hacer cuando en ningún momento se opuso con rotundidad.-
La huelga convocada y llevada a cabo por el personal no fue más que un engaño; una pantomima. Y, la última proyectada tuvo por objeto, además, congraciarse con los Registradores que la incitaron, mayormente, en su propio beneficio.-
Es que, en los Registros, somos un grupo numeroso plural y diverso que por haber ingresado unos con la reglamentación anterior y otros con el convenio actual vemos las cosas desde puntos de vista diferentes.-
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