PROXIMO EXAMEN
FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: REGISTRO DE LA PROPIEDAD
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PROXIMO EXAMEN
Notapor QUEMAO el Vie Sep 17, 2010 11:46 pm
En condiciones normales yo me hubiese examinado en este año 2010 de auxiliar 1ª, y 3 compañeros mios en el 2.011. Si hay examen en el 2011, ¿estos compañeros pueden examinarse conmigo? (por tiempo le corresponderia), ¿o se corre un año para todos?,
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 8:47 am
ufff, buena pregunta!
Pues... la verdad, no lo se, porque cuando se hicieron los exámenes en enero de 2008, decía ser la convocatoria de noviembre de 2007. Luego, el pasado año, que fueron en mayo de 2009, era la de noviembre de 2008. Que lio! Porque teniendo en cuenta que este año no creo que se convoquen, son 6 meses de antelación, si no me equivoco, si los convocasen este mes de septiembre, ya sería para marzo, y habría pasado 2 años desde el último examen, y no creo que haga referencia a ninguna convocatoria pasada ni nada similar. Los más veteranos del foro igual saben más de este tema. De todas formas preguntaré el lunes en la oficina. Pero vamos, yo pienso que sí pueden examinarse contigo, ya que, como dices, por antigüedad les corresponde.
Un saludo!
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor jordiempleats el Sab Sep 18, 2010 9:07 am
CONVENIO COLECTIVO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA
Art. 14º. 1. Para la adquisición de la categoría Auxiliar 1ª se necesita cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
1º. Haber prestado servicios efectivos como Auxiliar 2ª durante el período de cinco años, anteriores a la fecha de la entrega de la documentación a que se refiere el anexo del presente Convenio.
2º Informe de los Registradores que hubieran ejercido su actividad en este Registro en los cinco años anteriores, en los que se acredite que los servicios prestados fueron satisfactorios. Dicho informe será enviado a la Comisión de Vigilancia en el momento de producirse el cese o traslado del Registrador titular, o del Registrador interino en caso de Registro reservado para el Cuerpo de Aspirantes, y figurará como anexo del acta la toma de posesión y cese.
3º. Solicitud del interesado a la Comisión de Vigilancia informada favorablemente por el Registrador titular o por el Registrador interino en casos de Registros reservados para aspirantes. Si el Registro se hallare vacante en la fecha en que deba emitirse el informe, lo suscribirá el último Registrador titular.
4º. Haber superado las pruebas de aptitud reguladas en el anexo del presente Convenio.
2. Cumplidos estos requisitos, el Tribunal lo comunicará a la Comisión de Vigilancia a los efectos de la modificación pertinente en el Censo y ésta al Registrador que lo hará constar en el libro de personal.
3. La fecha de inclusión en el Censo con la categoría de Auxiliar 1ª será la de superación de la prueba de aptitud a que se refiere el apartado anterior.
Art. 16º. 1. Los que estén en posesión del título de Licenciado podrán adquirir la categoría de Auxiliar 1ª en las condiciones que determina el artículo 14, con la única salvedad del tiempo de prestación de servicios efectivos y satisfactorios como Auxiliar 2ª, que se reducirá a dos años, para los que lo sean en Derecho y tres años para los demás Licenciados.
2. Asimismo, para la adquisición de la categoría de Oficial por los Titulados a que se refiere el apartado anterior, el plazo de prestación de servicios efectivos y satisfactorios como Auxiliar 1ª se reducirá a dos o tres años, respectivamente, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos en el artículo 15.
Art. 17º. Las pruebas de aptitud para el acceso a las categorías de Auxiliar 2ª, de Auxiliar 1ª y de Oficial se regirán, en cuanto a redacción de programas, requisitos y periodicidad de convocatoria, lugar de celebración, número de ejercicios, nombramiento de Tribunales y calificación de las pruebas practicadas, por las normas contenidas en el anexo del presente Convenio que, a todos los efectos, forma parte integrante del mismo.
ANEXO AL CONVENIO
PRUEBAS DE APTITUD PARA INGRESO Y PROMOCION DE LOS AUXILIARES Y OFICIALES
I. Convocatoria.
II. Requisitos para la admisión a pruebas.
A) Para acceso.
B) Para promoción.
III. Tribunal.
A) Para ingreso.
B) Para promoción a Auxiliar primera.
C) Para promoción a Oficial.
IV. Pruebas.
V. Puntuación, actas y notificaciones.
Las pruebas de aptitud para adquirir la categoría de Auxiliar segunda, de Auxiliar primera y Oficial, se convocarán y celebrarán con arreglo a las normas del presente anexo.
I. Convocatoria.
La Comisión de Vigilancia y Seguimiento convocará anualmente, en las fecha que determine, a los trabajadores que reúnan los requisitos exigidos para la celebración de las pruebas de ingreso y promoción.
La convocatoria se notificará mediante carta remitida individualmente a cada Registrador y al personal, con una antelación mínima de seis meses a la celebración de aquéllas. La convocatoria incluirá, en su caso, los temarios de las pruebas. De todo ello el Registrador dará traslado a sus empleados.
Lugar: Las pruebas se celebrarán en las sedes de las Presidencias Territoriales donde hubiere examinandos.
Procedimiento de admisión: Los solicitantes comunicarán su intención de participar en las pruebas mediante escrito dirigido a la Comisión de Vigilancia y Seguimiento, con una antelación de, al menos, tres meses a la fecha de celebración prevista. Al escrito deberán acompañar los documentos acreditativos de reunir los requisitos necesarios para participar en las pruebas. Inexcusablemente se acompañará, para participar en las pruebas, el informe favorable del Registrador titular o interino.
Dos meses antes de al fecha de celebración prevista, la Comisión de Vigilancia y Seguimiento notificará a cada solicitante su admisión o exclusión. En este caso se indicarán los requisitos, que, a juicio de la Comisión, no resulten suficientemente acreditados. El excluido dispondrá de un plazo de diez días hábiles para completar su documentación, o formular alegaciones ante la propia Comisión, la cual resolverá lo procedente.
II. Requisitos para la admisión a pruebas y su documentación.
A) Para ingreso como Auxiliar segunda: Se requiere conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 12 del Convenio:
1. Ser capaz según la legislación laboral.
2. No padecer enfermedad ni impedimento físico que imposibilite para la realización de los trabajos propios del Registro.
3. Hallarse en posesión del título de BUP o equivalente, según las normas administrativas vigentes.
4. Tener formalizado y vigente un contrato, temporal o indefinido, ajustado, en su caso a los modelos admitidos por la Comisión.
Estos requisitos se justificarán mediante la remisión a la Comisión de: Para números 1 y 3, fotocopia del DNI y del título alegado por el solicitante, ambos compulsados por el Registrador; para el número 2, certificado médico oficial.
Inexcusablemente se acompañará a la solicitud informe favorable del Registrador titular o interino para participar en las pruebas.
B) Para la adquisición de la categoría de Auxiliar primera y Oficial se requiere:
1. Haber prestado servicios efectivos y satisfactorios como Auxiliar de segunda o Auxiliar de primera, respectivamente, durante un período mínimo de cinco años anteriores a al fecha de la entrega de la documentación, sin perjuicio de lo dispuesto para los licenciados, y según lo dispuesto en el artículo 14, párrafo segundo, del Convenio.
No se computará, a estos efectos, el tiempo durante el cual el trabajador se hallare sancionado en virtud de expediente.
Si alguno de los Registradores no emite el informe solicitado, se entenderá que éste es favorable.
2. Informe favorable para participar en las pruebas suscrito por el Registrador titular o interino, en su caso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.2 del presente Convenio.
III. Tribunal.
Miembros: El Tribunal se compondrá de cinco miembros, un Presidente y cuatro Vocales, de los cuales el Presidente y tres Vocales serán elegidos por la Asociación Profesional de los Registradores, y el restante será un representante del personal, con la categoría de Oficial en el Censo, elegido por la parte social en la Comisión de Vigilancia y Seguimiento, que actuará de Secretario.
No podrán formar parte del Tribunal, por incompatibilidad:
1. Los Registradores bajo cuya dependencia preste servicios alguno de los examinandos.
2. Los Registradores que tengan parentesco hasta el sexto grado de consanguinidad o cuarto de afinidad con algún examinando.
Nombramiento: Aprobada por la Comisión de Vigilancia y Seguimiento la lista de solicitantes admitidos, ésta la comunicará a los Presidentes Territoriales de las Comunidades Autónomas en que existan examinandos. Aquéllos nombrarán los Vocales titulares y comunicarán la composición del Tribunal a la Comisión, haciendo constar, en su caso, la delegación en algún Delegado provincial u otro, y la aceptación de todos los nombrados.
IV. Pruebas.
Dentro de cada categoría las pruebas serán únicas y se celebrarán simultáneamente en todo el territorio nacional.
A) Para ingreso como Auxiliar de segunda. Consistirán en:
1. Copiar, en máquina de tratamiento de texto o similar, el texto seleccionado por el Tribunal.
2. Realizar una redacción sobre un tema libre propuesto por el Tribunal.
El Tribunal fijará el tiempo máximo para ambas pruebas, que no podrá exceder de dos horas. Valorará, además, el haber completado los textos, la ortografía y la presentación de los escritos.
B) Para la promoción a la categoría de Auxiliar de primera. Las pruebas serán tres:
1. Contestar por escrito, durante el plazo que señale el Tribunal, a las preguntas que se formulen sobre el conocimiento de la Institución, de las relaciones con el público y de la mecánica registral.
2. Acreditar el conocimiento suficiente en el manejo de ordenadores y demás máquinas de tratamiento de textos, mediante la redacción de los asientos registrales que indique el Tribunal.
3. Acreditar el conocimiento suficiente en el manejo de los programas de índices suministrados por el Colegio.
C) Para la promoción a la categoría de Oficial. Se realizará un examen que comprenderá dos ejercicios:
1. Uno, teórico, que consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo que señale el Tribunal, a las preguntas que se formulen sobre un temario previamente suministrado.
2. Otro práctico, que consistirá:
Para Oficina Liquidadora: En la realización de todas las operaciones necesarias para sentar en los libros una declaración-liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y para girar, en su caso, la liquidación complementaria que proceda, teniendo en cuenta la normativa de la Oficina Liquidadora. La prueba también podrá consistir además, en realizar las mismas operaciones con una declaración-liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Para Registro de la Propiedad y Registro Mercantil:
a) En la presentación, despacho y minutación de documentos notariales y judiciales o administrativos, ya calificados.
b) En la redacción de una certificación en base a los datos que suministre el Tribunal, y
c) En acreditar el conocimiento completo del manejo del sistema informatizado de Indice de Personas aprobado por el Colegio, y del Indice de Fincas.
V. Puntuación.
Cada ejercicio se calificará de cero a 10 puntos; la nota de cada uno será la media aritmética de las puntuaciones dadas por cada miembro del Tribunal.
La obtención de una nota inferior a cinco en algún ejercicio determinará la no superación de la prueba o examen.
Actas y notificaciones.
El Secretario levantará acta del desarrollo de las pruebas y de las puntuaciones, y, suscrita por todos los miembros del Tribunal, la remitirá a la Comisión de Vigilancia y Seguimiento.
La Comisión notificará al interesado la superación o no de las pruebas y, en su caso, modificará el Censo del Personal Auxiliar.
La Comisión notificará también al Registrador titular o interino afectado, la superación o no de las pruebas por su empleado y la modificación del Censo, en su caso, a los efectos que procedan.
¿estos compañeros pueden examinarse conmigo? (por tiempo le corresponderia), ¿o se corre un año para todos?,
SI , SI.
Yo estoy en el mismo caso, por meses no pude presentarme a la última convocatoria, y ahora seremos mas. Pero a diferencia de los Registradores y de la reserva de la legitima, que más da. Me explico, no se tú, pero un año de Oficial ó Aux. 1ª, tal y como están las cosas en mi Registro, seguiré cobrando mínimos pero como Oficial.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor Vayavaya el Sab Sep 18, 2010 9:21 am
Como ha apuntado jodiempleats y según el convenio, si se ha cumplido el requisito de antigüedad en la categoría anterior, si que se podrían, o si que podríais, presentaros todos. Pero como pasa siempre en este trabajo y para este colectivo... TODO DEPENDE DE LO QUE AL REGISTRADOR LE DE LA GANA, y de su informe favorable.
Pero como bien dice jodiemplats, en los tiempos que corren, puede que ni merezca la pena... espero que no os pase como a mi, que llevo un año... y lo malo es que no se sabe hasta cuando.
Saludos desmotivados de sábado con muy poco que hacer.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor jordiempleats el Sab Sep 18, 2010 9:27 am
Cuanta razón tienes Vayavaya "desmotivados de sábado con muy poco que hacer", aunque no me puedo quejar me han presentado un certificado, que el último sábado no presentaron nada.
Un fuerte abrazo a todos los compañeros que otro sábado más estamos de guardia, únicamente gastamos luz.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor Vayavaya el Sab Sep 18, 2010 9:36 am
Pues si, saludos a todos otra vez!!
Y, solo decirte Jordiempleats, que que suerte habeis tenido, wuaw... un certificado.. jajaja.
Nosotros por ahora, cero patatero... e imagino que no vendrá nadie en toda la mañana. Un desastre y un despilfarro..
Y por cierto, que siento haber puesto mal tu nombre dos veces... jeje :wink:
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor dolores el Sab Sep 18, 2010 10:25 am
Por supuesto que podrían, si cumplen los plazos (al menos en teoría). Eso de que corre la convocatoria para todos es absurdo, aunque a veces a algunos compañeros les encanta lanzar esa idea por su propio interés. Se lanza un rumor, que va creciendo, hasta que alguien de arriba se hace eco de él (ya se sabe, una mentira contada mil veces parece ser verdad). En cualquier caso, parece que de momento nada de nada. He oído de fuentes NADA fiables que querían convocar para mayo que viene (creo que es un rumor, porque cuando investigas la fuente parece venir del más allá); si alguien sabe algo, que lo diga (yo ya aprobé, pero si me llega a pasar esto en mi convocatoria me suicido).
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 1:39 pm
"Eso de que corre la convocatoria para todos es absurdo, aunque a veces a algunos compañeros les encanta lanzar esa idea por su propio interés."
Ya ves. Cuando se hicieron los últimos exámenes en mi Registro, había quien pretendía hacerlo así,... no este año solo voy yo, que tenía que haber ido el año pasado... y vosotros 3 ya ireis el que viene...
He oído de fuentes NADA fiables que querían convocar para mayo que viene (creo que es un rumor, porque cuando investigas la fuente parece venir del más allá);
Más de lo mismo, por aquí igual. Llevo desde enero escuchando que para marzo hay exámenes, y pasó marzo y nada, luego que si para mayo, que si para septiembre. Yo cada vez que escuchaba el rumor, me informaba, llamaba por aquí y por allá, y siempre me dicen lo mismo, que no hay nada de nada, que es todo mentira.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 1:45 pm
Llevo 7 años esperando. Con el primer Registrador, tenia que esperar que fulano aprobara, para que fueramos la siguiente tanda. Sí sí. Otro año iba a ir, pero el Registrador se fue, y el interino dijo que el pasaba de exámenes, que cuando tuvieramos titular que el viera. Y ahora que tenemos uno que manda a todo el mundo a exámen, no hay!! Hay que jo -piii- derse.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor charlie el Sab Sep 18, 2010 2:42 pm
No hay próximo examen.
No hay ninguna perspectiva de que vayan a convocarse los exámenes.
No hay ningún deseo de convocar exámenes por parte de nuestros empleadores.
De hecho, no hay ningún deseo por parte de nuestros empleadores de que se cumplan los requisitos básicos recogidos en nuestro vigente Convenio Colectivo. Tienen instrucciones explícitas por parte de su asociación profesional por las que se les aconseja el impago tanto de de los mínimos mensuales establecidos en el artículo 30º del Convenio como de la regularización anual a que se refiere el artículo 31.1º del mismo texto. Si alguien no está de acuerdo, que acuda a los Tribunales, piensan.
Tampoco hay ninguna voluntad no ya de mejorar nuestra situación económica o laboral, sino de sostener unos mínimos dignos de una cajera de Mercadona o de un barrendero del Ayuntamiento, con todos mis respetos para ambos gremios.
Por no haber, no hay ninguna voluntad por parte de los trabajadores, es decir, nosotros mismos, de llevar a cabo iniciativa alguna que suponga el más mínimo incomodo para esos sinvergüenzas que ejercen la función pública registral pero que trabajan menos que cualquier otro funcionario (salvo los liberados sindicales).
Les tenemos miedo. Lo saben.
Y les tenemos miedo porque esto no es Suecia, Alemania o Estados Unidos, es decir, estados modernos y democráticos donde un jefe demasiado cabrón corre el riesgo de encontrarse sin buenos trabajadores porque deciden que lo mejor es que a ese jefe lo aguante su puta madre. Esto es España, un país de cinco millones de parados, de 22 millones de borregos que votan contra sus propios intereses, de dos sindicatos mayoritarios que no han movido un dedo para defender a los parados y ahora quieren que todos nos sumemos a su huelga/juerga. Éste es el país de la fiesta, la siesta y la pandereta, una desgracia de país que quiere ser del primer mundo y que no llega ni a la suela de los zapatos de nuestros vecinos los franceses.
Con estos mimbres, con 15.000 trabajadores acojonados, aborregados, desconocedores de sus derechos, desconocedores del derecho hipotecario (gran vergüenza para nosotros mismos, por otra parte), herederos de una concepción feudal de su trabajo, capitaneados por un hatajo de señoritos que NUNCA han trabajado por cuenta ajena (esto es, que no saben trabajar) y chuleados por los sucesivos gobiernos a quienes no les importa otra cosa que salvaguardar los intereses del poder bancario, con estos mimbres, repito, no puede pensarse siquiera en plantear unos exámenes o en defendernos como debemos.
Yo estoy harto, la verdad. Y cada vez tengo menos ganas de nada.
Un saludo.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor PRIOR el Sab Sep 18, 2010 5:21 pm
CHARLIE:- Comprendo y comparto tu cabreo.- Que unos mangantes como estos que en muchísimos casos dudan al calificar, porque no saben, mantengan con semejante blindaje a todo un servicio registral y ¿ engañados ? a los políticos que gobiernan en cada momento, causa nauseas; ganas de vomitar.- Y, por supuesto, de despotricar a gritos.-
A través de Internet se pueden conocer los sistemas registrales inmobiliarios de cualquier país y hacer comparaciones.- Pero, ¿ esto que es ?
Publique, aquí, una nota crítica sobre la calificación de un documento de separación de anejo.- No tiene otra finalidad que mostrarles nuestro desacuerdo con argumentos más razonables que los suyos.- Y espero seguir.-
ANIMO Y TRANQUILIDAD.-NO TE HUNDAS.-
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 8:03 pm
CHARLIE, yo tambíen comprendo y comparto tu cabreo. Lo has clavado.
Yo también empiezo a estar harto y sin ganas de nada, de ver la desprocupación del personal, que lo comentas con compañeros, y nose, si será la desmotivación, o también están muy cansados, y muertos de miedo, no lo se, pero ni siquiera hay valor para reclamar un maldito trienio, de 12 euros, pero 12 euros que son tuyos, y se lo dices a otros compañeros, contratados como yo, que yo lo he reclamado una y otra vez, y que al final lo he conseguido, para animarles a ellos a hacerlo, que es suyo, que les corresponde, y nada, nadie se atreve. Así nos va. Lo comentas con unos y otros, y sí, "hay que ver, che", pero poco más, nadie se calienta más la cabeza. Hay mucho miedo a perder el trabajo, pero como les digo yo, hace años, cuando la cosa estaba muy bien, pero que mucho, no se respetaba ningún derecho, y claro, ahora la cosa está muy mal, pero es que, la cosa se arreglará, y seguirá igual, entonces, de que nos vale callarnos. Nose, pienso que a veces hay que pelear un poco, no? Y como bien dices, y con todos los respetos a la cajera y al barrendero, que son trabajos muy dignos, ni siquiera llegamos a sus condiciones laborales. Tengo amigos y amigas, que empezaron esta primavera en una asesoría haciendo fotocopias, o de dependienta de Zara y le pagan 850 euros por 14 pagas, y mira yo, 7 años en un Registro de la Propiedad, con lo bien que suena eh, y con mis 850 euros x 12.
Repito, me ha gustado mucho lo que has escrito.
Un saludo, y ánimo para todos.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor QUEMAO el Dom Sep 19, 2010 6:44 pm
Que los registradores califican, serán algunos. Estoy en un registro pequeño (recientementee creado) y el registrador recien aprobado. Él todo lo delega (no tiene ni puta idea de na), lo unico q hace es a ver si te pilla para q confrontes. El ultimo confrontado... tuve q poner que los padres que donaban eran mayores de edad, circunstancia q omití por obvia, puesto que la donataria, su hija, era mayor de edad. Hay que joderse. Y los de los apoderados, para que coño quieren q pongamos que sea mayor de edad, si para actuar como tal, por cojones, debe serlo. Cada pregunta que se le hace algo rarita, se encierra en su "trono" para llamar a su ex-prepador para que le diga que hacer. O sea, firma y gilipollea, y cobra mas de lo ganamos 7 personas juntas.
En cuanto a la fuerza q tenemos los trabajadores, muchisima, es un gremio especializado. Irse a la calle y encontrar a alguien que despache. Expuesto esto, DEBEMOS PRESIONARLES. Ellos siempre se podrán bajar algo sus honorarios para subírselos a sus trabajadores. Que ellos dejen de ganar, por ejemplo, 1000 euros, y los reparta entre los que ganan menos. A estos les vendría bien unos 250 euros mas, o 200, o lo que sea, y la puta calidad de vida del "DON" no se alteraría.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Lun Sep 20, 2010 7:37 am
por ejemplo, 1000 euros, y los reparta entre los que ganan menos. A estos les vendría bien unos 250 euros mas, o 200, o lo que sea, y la puta calidad de vida del "DON" no se alteraría.
eso estaría muy bien! Para el que no tiena nada más que su sueldo a fin de mes, 200 euros son un mundo!!
En condiciones normales yo me hubiese examinado en este año 2010 de auxiliar 1ª, y 3 compañeros mios en el 2.011. Si hay examen en el 2011, ¿estos compañeros pueden examinarse conmigo? (por tiempo le corresponderia), ¿o se corre un año para todos?,
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 8:47 am
ufff, buena pregunta!
Pues... la verdad, no lo se, porque cuando se hicieron los exámenes en enero de 2008, decía ser la convocatoria de noviembre de 2007. Luego, el pasado año, que fueron en mayo de 2009, era la de noviembre de 2008. Que lio! Porque teniendo en cuenta que este año no creo que se convoquen, son 6 meses de antelación, si no me equivoco, si los convocasen este mes de septiembre, ya sería para marzo, y habría pasado 2 años desde el último examen, y no creo que haga referencia a ninguna convocatoria pasada ni nada similar. Los más veteranos del foro igual saben más de este tema. De todas formas preguntaré el lunes en la oficina. Pero vamos, yo pienso que sí pueden examinarse contigo, ya que, como dices, por antigüedad les corresponde.
Un saludo!
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor jordiempleats el Sab Sep 18, 2010 9:07 am
CONVENIO COLECTIVO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA
Art. 14º. 1. Para la adquisición de la categoría Auxiliar 1ª se necesita cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
1º. Haber prestado servicios efectivos como Auxiliar 2ª durante el período de cinco años, anteriores a la fecha de la entrega de la documentación a que se refiere el anexo del presente Convenio.
2º Informe de los Registradores que hubieran ejercido su actividad en este Registro en los cinco años anteriores, en los que se acredite que los servicios prestados fueron satisfactorios. Dicho informe será enviado a la Comisión de Vigilancia en el momento de producirse el cese o traslado del Registrador titular, o del Registrador interino en caso de Registro reservado para el Cuerpo de Aspirantes, y figurará como anexo del acta la toma de posesión y cese.
3º. Solicitud del interesado a la Comisión de Vigilancia informada favorablemente por el Registrador titular o por el Registrador interino en casos de Registros reservados para aspirantes. Si el Registro se hallare vacante en la fecha en que deba emitirse el informe, lo suscribirá el último Registrador titular.
4º. Haber superado las pruebas de aptitud reguladas en el anexo del presente Convenio.
2. Cumplidos estos requisitos, el Tribunal lo comunicará a la Comisión de Vigilancia a los efectos de la modificación pertinente en el Censo y ésta al Registrador que lo hará constar en el libro de personal.
3. La fecha de inclusión en el Censo con la categoría de Auxiliar 1ª será la de superación de la prueba de aptitud a que se refiere el apartado anterior.
Art. 16º. 1. Los que estén en posesión del título de Licenciado podrán adquirir la categoría de Auxiliar 1ª en las condiciones que determina el artículo 14, con la única salvedad del tiempo de prestación de servicios efectivos y satisfactorios como Auxiliar 2ª, que se reducirá a dos años, para los que lo sean en Derecho y tres años para los demás Licenciados.
2. Asimismo, para la adquisición de la categoría de Oficial por los Titulados a que se refiere el apartado anterior, el plazo de prestación de servicios efectivos y satisfactorios como Auxiliar 1ª se reducirá a dos o tres años, respectivamente, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos en el artículo 15.
Art. 17º. Las pruebas de aptitud para el acceso a las categorías de Auxiliar 2ª, de Auxiliar 1ª y de Oficial se regirán, en cuanto a redacción de programas, requisitos y periodicidad de convocatoria, lugar de celebración, número de ejercicios, nombramiento de Tribunales y calificación de las pruebas practicadas, por las normas contenidas en el anexo del presente Convenio que, a todos los efectos, forma parte integrante del mismo.
ANEXO AL CONVENIO
PRUEBAS DE APTITUD PARA INGRESO Y PROMOCION DE LOS AUXILIARES Y OFICIALES
I. Convocatoria.
II. Requisitos para la admisión a pruebas.
A) Para acceso.
B) Para promoción.
III. Tribunal.
A) Para ingreso.
B) Para promoción a Auxiliar primera.
C) Para promoción a Oficial.
IV. Pruebas.
V. Puntuación, actas y notificaciones.
Las pruebas de aptitud para adquirir la categoría de Auxiliar segunda, de Auxiliar primera y Oficial, se convocarán y celebrarán con arreglo a las normas del presente anexo.
I. Convocatoria.
La Comisión de Vigilancia y Seguimiento convocará anualmente, en las fecha que determine, a los trabajadores que reúnan los requisitos exigidos para la celebración de las pruebas de ingreso y promoción.
La convocatoria se notificará mediante carta remitida individualmente a cada Registrador y al personal, con una antelación mínima de seis meses a la celebración de aquéllas. La convocatoria incluirá, en su caso, los temarios de las pruebas. De todo ello el Registrador dará traslado a sus empleados.
Lugar: Las pruebas se celebrarán en las sedes de las Presidencias Territoriales donde hubiere examinandos.
Procedimiento de admisión: Los solicitantes comunicarán su intención de participar en las pruebas mediante escrito dirigido a la Comisión de Vigilancia y Seguimiento, con una antelación de, al menos, tres meses a la fecha de celebración prevista. Al escrito deberán acompañar los documentos acreditativos de reunir los requisitos necesarios para participar en las pruebas. Inexcusablemente se acompañará, para participar en las pruebas, el informe favorable del Registrador titular o interino.
Dos meses antes de al fecha de celebración prevista, la Comisión de Vigilancia y Seguimiento notificará a cada solicitante su admisión o exclusión. En este caso se indicarán los requisitos, que, a juicio de la Comisión, no resulten suficientemente acreditados. El excluido dispondrá de un plazo de diez días hábiles para completar su documentación, o formular alegaciones ante la propia Comisión, la cual resolverá lo procedente.
II. Requisitos para la admisión a pruebas y su documentación.
A) Para ingreso como Auxiliar segunda: Se requiere conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 12 del Convenio:
1. Ser capaz según la legislación laboral.
2. No padecer enfermedad ni impedimento físico que imposibilite para la realización de los trabajos propios del Registro.
3. Hallarse en posesión del título de BUP o equivalente, según las normas administrativas vigentes.
4. Tener formalizado y vigente un contrato, temporal o indefinido, ajustado, en su caso a los modelos admitidos por la Comisión.
Estos requisitos se justificarán mediante la remisión a la Comisión de: Para números 1 y 3, fotocopia del DNI y del título alegado por el solicitante, ambos compulsados por el Registrador; para el número 2, certificado médico oficial.
Inexcusablemente se acompañará a la solicitud informe favorable del Registrador titular o interino para participar en las pruebas.
B) Para la adquisición de la categoría de Auxiliar primera y Oficial se requiere:
1. Haber prestado servicios efectivos y satisfactorios como Auxiliar de segunda o Auxiliar de primera, respectivamente, durante un período mínimo de cinco años anteriores a al fecha de la entrega de la documentación, sin perjuicio de lo dispuesto para los licenciados, y según lo dispuesto en el artículo 14, párrafo segundo, del Convenio.
No se computará, a estos efectos, el tiempo durante el cual el trabajador se hallare sancionado en virtud de expediente.
Si alguno de los Registradores no emite el informe solicitado, se entenderá que éste es favorable.
2. Informe favorable para participar en las pruebas suscrito por el Registrador titular o interino, en su caso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.2 del presente Convenio.
III. Tribunal.
Miembros: El Tribunal se compondrá de cinco miembros, un Presidente y cuatro Vocales, de los cuales el Presidente y tres Vocales serán elegidos por la Asociación Profesional de los Registradores, y el restante será un representante del personal, con la categoría de Oficial en el Censo, elegido por la parte social en la Comisión de Vigilancia y Seguimiento, que actuará de Secretario.
No podrán formar parte del Tribunal, por incompatibilidad:
1. Los Registradores bajo cuya dependencia preste servicios alguno de los examinandos.
2. Los Registradores que tengan parentesco hasta el sexto grado de consanguinidad o cuarto de afinidad con algún examinando.
Nombramiento: Aprobada por la Comisión de Vigilancia y Seguimiento la lista de solicitantes admitidos, ésta la comunicará a los Presidentes Territoriales de las Comunidades Autónomas en que existan examinandos. Aquéllos nombrarán los Vocales titulares y comunicarán la composición del Tribunal a la Comisión, haciendo constar, en su caso, la delegación en algún Delegado provincial u otro, y la aceptación de todos los nombrados.
IV. Pruebas.
Dentro de cada categoría las pruebas serán únicas y se celebrarán simultáneamente en todo el territorio nacional.
A) Para ingreso como Auxiliar de segunda. Consistirán en:
1. Copiar, en máquina de tratamiento de texto o similar, el texto seleccionado por el Tribunal.
2. Realizar una redacción sobre un tema libre propuesto por el Tribunal.
El Tribunal fijará el tiempo máximo para ambas pruebas, que no podrá exceder de dos horas. Valorará, además, el haber completado los textos, la ortografía y la presentación de los escritos.
B) Para la promoción a la categoría de Auxiliar de primera. Las pruebas serán tres:
1. Contestar por escrito, durante el plazo que señale el Tribunal, a las preguntas que se formulen sobre el conocimiento de la Institución, de las relaciones con el público y de la mecánica registral.
2. Acreditar el conocimiento suficiente en el manejo de ordenadores y demás máquinas de tratamiento de textos, mediante la redacción de los asientos registrales que indique el Tribunal.
3. Acreditar el conocimiento suficiente en el manejo de los programas de índices suministrados por el Colegio.
C) Para la promoción a la categoría de Oficial. Se realizará un examen que comprenderá dos ejercicios:
1. Uno, teórico, que consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo que señale el Tribunal, a las preguntas que se formulen sobre un temario previamente suministrado.
2. Otro práctico, que consistirá:
Para Oficina Liquidadora: En la realización de todas las operaciones necesarias para sentar en los libros una declaración-liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y para girar, en su caso, la liquidación complementaria que proceda, teniendo en cuenta la normativa de la Oficina Liquidadora. La prueba también podrá consistir además, en realizar las mismas operaciones con una declaración-liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Para Registro de la Propiedad y Registro Mercantil:
a) En la presentación, despacho y minutación de documentos notariales y judiciales o administrativos, ya calificados.
b) En la redacción de una certificación en base a los datos que suministre el Tribunal, y
c) En acreditar el conocimiento completo del manejo del sistema informatizado de Indice de Personas aprobado por el Colegio, y del Indice de Fincas.
V. Puntuación.
Cada ejercicio se calificará de cero a 10 puntos; la nota de cada uno será la media aritmética de las puntuaciones dadas por cada miembro del Tribunal.
La obtención de una nota inferior a cinco en algún ejercicio determinará la no superación de la prueba o examen.
Actas y notificaciones.
El Secretario levantará acta del desarrollo de las pruebas y de las puntuaciones, y, suscrita por todos los miembros del Tribunal, la remitirá a la Comisión de Vigilancia y Seguimiento.
La Comisión notificará al interesado la superación o no de las pruebas y, en su caso, modificará el Censo del Personal Auxiliar.
La Comisión notificará también al Registrador titular o interino afectado, la superación o no de las pruebas por su empleado y la modificación del Censo, en su caso, a los efectos que procedan.
¿estos compañeros pueden examinarse conmigo? (por tiempo le corresponderia), ¿o se corre un año para todos?,
SI , SI.
Yo estoy en el mismo caso, por meses no pude presentarme a la última convocatoria, y ahora seremos mas. Pero a diferencia de los Registradores y de la reserva de la legitima, que más da. Me explico, no se tú, pero un año de Oficial ó Aux. 1ª, tal y como están las cosas en mi Registro, seguiré cobrando mínimos pero como Oficial.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor Vayavaya el Sab Sep 18, 2010 9:21 am
Como ha apuntado jodiempleats y según el convenio, si se ha cumplido el requisito de antigüedad en la categoría anterior, si que se podrían, o si que podríais, presentaros todos. Pero como pasa siempre en este trabajo y para este colectivo... TODO DEPENDE DE LO QUE AL REGISTRADOR LE DE LA GANA, y de su informe favorable.
Pero como bien dice jodiemplats, en los tiempos que corren, puede que ni merezca la pena... espero que no os pase como a mi, que llevo un año... y lo malo es que no se sabe hasta cuando.
Saludos desmotivados de sábado con muy poco que hacer.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor jordiempleats el Sab Sep 18, 2010 9:27 am
Cuanta razón tienes Vayavaya "desmotivados de sábado con muy poco que hacer", aunque no me puedo quejar me han presentado un certificado, que el último sábado no presentaron nada.
Un fuerte abrazo a todos los compañeros que otro sábado más estamos de guardia, únicamente gastamos luz.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor Vayavaya el Sab Sep 18, 2010 9:36 am
Pues si, saludos a todos otra vez!!
Y, solo decirte Jordiempleats, que que suerte habeis tenido, wuaw... un certificado.. jajaja.
Nosotros por ahora, cero patatero... e imagino que no vendrá nadie en toda la mañana. Un desastre y un despilfarro..
Y por cierto, que siento haber puesto mal tu nombre dos veces... jeje :wink:
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor dolores el Sab Sep 18, 2010 10:25 am
Por supuesto que podrían, si cumplen los plazos (al menos en teoría). Eso de que corre la convocatoria para todos es absurdo, aunque a veces a algunos compañeros les encanta lanzar esa idea por su propio interés. Se lanza un rumor, que va creciendo, hasta que alguien de arriba se hace eco de él (ya se sabe, una mentira contada mil veces parece ser verdad). En cualquier caso, parece que de momento nada de nada. He oído de fuentes NADA fiables que querían convocar para mayo que viene (creo que es un rumor, porque cuando investigas la fuente parece venir del más allá); si alguien sabe algo, que lo diga (yo ya aprobé, pero si me llega a pasar esto en mi convocatoria me suicido).
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 1:39 pm
"Eso de que corre la convocatoria para todos es absurdo, aunque a veces a algunos compañeros les encanta lanzar esa idea por su propio interés."
Ya ves. Cuando se hicieron los últimos exámenes en mi Registro, había quien pretendía hacerlo así,... no este año solo voy yo, que tenía que haber ido el año pasado... y vosotros 3 ya ireis el que viene...
He oído de fuentes NADA fiables que querían convocar para mayo que viene (creo que es un rumor, porque cuando investigas la fuente parece venir del más allá);
Más de lo mismo, por aquí igual. Llevo desde enero escuchando que para marzo hay exámenes, y pasó marzo y nada, luego que si para mayo, que si para septiembre. Yo cada vez que escuchaba el rumor, me informaba, llamaba por aquí y por allá, y siempre me dicen lo mismo, que no hay nada de nada, que es todo mentira.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 1:45 pm
Llevo 7 años esperando. Con el primer Registrador, tenia que esperar que fulano aprobara, para que fueramos la siguiente tanda. Sí sí. Otro año iba a ir, pero el Registrador se fue, y el interino dijo que el pasaba de exámenes, que cuando tuvieramos titular que el viera. Y ahora que tenemos uno que manda a todo el mundo a exámen, no hay!! Hay que jo -piii- derse.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor charlie el Sab Sep 18, 2010 2:42 pm
No hay próximo examen.
No hay ninguna perspectiva de que vayan a convocarse los exámenes.
No hay ningún deseo de convocar exámenes por parte de nuestros empleadores.
De hecho, no hay ningún deseo por parte de nuestros empleadores de que se cumplan los requisitos básicos recogidos en nuestro vigente Convenio Colectivo. Tienen instrucciones explícitas por parte de su asociación profesional por las que se les aconseja el impago tanto de de los mínimos mensuales establecidos en el artículo 30º del Convenio como de la regularización anual a que se refiere el artículo 31.1º del mismo texto. Si alguien no está de acuerdo, que acuda a los Tribunales, piensan.
Tampoco hay ninguna voluntad no ya de mejorar nuestra situación económica o laboral, sino de sostener unos mínimos dignos de una cajera de Mercadona o de un barrendero del Ayuntamiento, con todos mis respetos para ambos gremios.
Por no haber, no hay ninguna voluntad por parte de los trabajadores, es decir, nosotros mismos, de llevar a cabo iniciativa alguna que suponga el más mínimo incomodo para esos sinvergüenzas que ejercen la función pública registral pero que trabajan menos que cualquier otro funcionario (salvo los liberados sindicales).
Les tenemos miedo. Lo saben.
Y les tenemos miedo porque esto no es Suecia, Alemania o Estados Unidos, es decir, estados modernos y democráticos donde un jefe demasiado cabrón corre el riesgo de encontrarse sin buenos trabajadores porque deciden que lo mejor es que a ese jefe lo aguante su puta madre. Esto es España, un país de cinco millones de parados, de 22 millones de borregos que votan contra sus propios intereses, de dos sindicatos mayoritarios que no han movido un dedo para defender a los parados y ahora quieren que todos nos sumemos a su huelga/juerga. Éste es el país de la fiesta, la siesta y la pandereta, una desgracia de país que quiere ser del primer mundo y que no llega ni a la suela de los zapatos de nuestros vecinos los franceses.
Con estos mimbres, con 15.000 trabajadores acojonados, aborregados, desconocedores de sus derechos, desconocedores del derecho hipotecario (gran vergüenza para nosotros mismos, por otra parte), herederos de una concepción feudal de su trabajo, capitaneados por un hatajo de señoritos que NUNCA han trabajado por cuenta ajena (esto es, que no saben trabajar) y chuleados por los sucesivos gobiernos a quienes no les importa otra cosa que salvaguardar los intereses del poder bancario, con estos mimbres, repito, no puede pensarse siquiera en plantear unos exámenes o en defendernos como debemos.
Yo estoy harto, la verdad. Y cada vez tengo menos ganas de nada.
Un saludo.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor PRIOR el Sab Sep 18, 2010 5:21 pm
CHARLIE:- Comprendo y comparto tu cabreo.- Que unos mangantes como estos que en muchísimos casos dudan al calificar, porque no saben, mantengan con semejante blindaje a todo un servicio registral y ¿ engañados ? a los políticos que gobiernan en cada momento, causa nauseas; ganas de vomitar.- Y, por supuesto, de despotricar a gritos.-
A través de Internet se pueden conocer los sistemas registrales inmobiliarios de cualquier país y hacer comparaciones.- Pero, ¿ esto que es ?
Publique, aquí, una nota crítica sobre la calificación de un documento de separación de anejo.- No tiene otra finalidad que mostrarles nuestro desacuerdo con argumentos más razonables que los suyos.- Y espero seguir.-
ANIMO Y TRANQUILIDAD.-NO TE HUNDAS.-
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Sab Sep 18, 2010 8:03 pm
CHARLIE, yo tambíen comprendo y comparto tu cabreo. Lo has clavado.
Yo también empiezo a estar harto y sin ganas de nada, de ver la desprocupación del personal, que lo comentas con compañeros, y nose, si será la desmotivación, o también están muy cansados, y muertos de miedo, no lo se, pero ni siquiera hay valor para reclamar un maldito trienio, de 12 euros, pero 12 euros que son tuyos, y se lo dices a otros compañeros, contratados como yo, que yo lo he reclamado una y otra vez, y que al final lo he conseguido, para animarles a ellos a hacerlo, que es suyo, que les corresponde, y nada, nadie se atreve. Así nos va. Lo comentas con unos y otros, y sí, "hay que ver, che", pero poco más, nadie se calienta más la cabeza. Hay mucho miedo a perder el trabajo, pero como les digo yo, hace años, cuando la cosa estaba muy bien, pero que mucho, no se respetaba ningún derecho, y claro, ahora la cosa está muy mal, pero es que, la cosa se arreglará, y seguirá igual, entonces, de que nos vale callarnos. Nose, pienso que a veces hay que pelear un poco, no? Y como bien dices, y con todos los respetos a la cajera y al barrendero, que son trabajos muy dignos, ni siquiera llegamos a sus condiciones laborales. Tengo amigos y amigas, que empezaron esta primavera en una asesoría haciendo fotocopias, o de dependienta de Zara y le pagan 850 euros por 14 pagas, y mira yo, 7 años en un Registro de la Propiedad, con lo bien que suena eh, y con mis 850 euros x 12.
Repito, me ha gustado mucho lo que has escrito.
Un saludo, y ánimo para todos.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor QUEMAO el Dom Sep 19, 2010 6:44 pm
Que los registradores califican, serán algunos. Estoy en un registro pequeño (recientementee creado) y el registrador recien aprobado. Él todo lo delega (no tiene ni puta idea de na), lo unico q hace es a ver si te pilla para q confrontes. El ultimo confrontado... tuve q poner que los padres que donaban eran mayores de edad, circunstancia q omití por obvia, puesto que la donataria, su hija, era mayor de edad. Hay que joderse. Y los de los apoderados, para que coño quieren q pongamos que sea mayor de edad, si para actuar como tal, por cojones, debe serlo. Cada pregunta que se le hace algo rarita, se encierra en su "trono" para llamar a su ex-prepador para que le diga que hacer. O sea, firma y gilipollea, y cobra mas de lo ganamos 7 personas juntas.
En cuanto a la fuerza q tenemos los trabajadores, muchisima, es un gremio especializado. Irse a la calle y encontrar a alguien que despache. Expuesto esto, DEBEMOS PRESIONARLES. Ellos siempre se podrán bajar algo sus honorarios para subírselos a sus trabajadores. Que ellos dejen de ganar, por ejemplo, 1000 euros, y los reparta entre los que ganan menos. A estos les vendría bien unos 250 euros mas, o 200, o lo que sea, y la puta calidad de vida del "DON" no se alteraría.
Re: PROXIMO EXAMEN
Notapor experior el Lun Sep 20, 2010 7:37 am
por ejemplo, 1000 euros, y los reparta entre los que ganan menos. A estos les vendría bien unos 250 euros mas, o 200, o lo que sea, y la puta calidad de vida del "DON" no se alteraría.
eso estaría muy bien! Para el que no tiena nada más que su sueldo a fin de mes, 200 euros son un mundo!!
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