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COMPENSACION DE SUELDOS

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Mensaje  Admin Jue Oct 14, 2010 11:10 pm

Notapor picaso el Vie Feb 05, 2010 11:02 pm

En mi registro, los auxiliares de primera hemos cobrado en 2009 menos que los auxiliares de segunda. Estan obligados los registradores a compensarnos la diferencia? Por aqui veo que hay gente a quien le han compensado. Hay alguna base legal que sea mas clara que lo que dice el convenio?


Re: COMPENSACION DE SUELDOS

Notapor foliosregistrales el Sab Feb 06, 2010 2:12 am
Buenas noches Picaso, soy Auxiliar 1ª como tu, y me han compensado al Aux. 2ª que más ha cobrado en el 2009.
En esta página tienes los mínimos del 2009.
http://www.sioya.org/recursos/contenido.asp?id=25
Y en esta página los cálculos provisionales del 2010 de jordiempleats.
http://actualidadregistral.blogspot.com/2010/01/smi-2010-tabla-provisonal.html
En esta página puedes descargarte el convenio en PDF.
http://www.comcore.org/index.asp?url=ccol.asp

Mira el art. 31.1. <<"Ningún Auxiliar de Segunda ni el personal subalterno, ni el contratado temporalmente, podrá ser contratado con un salario, que en cómputo anual, sea superior al del empleado retribuido con porcentaje que menos cobre, a salvo de los mínimos garantizados">>.


En mi comunidad, -según dicen-, llegó un email del decano informando a los Registradores de mi comunidad la obligación de compensar!!!

Tanto Charlie como yimou te informarán de todos los argumentos legales, si no son los del art. 31.1, en la comunidad de Madrid un Juez dictó sobre la materia en el 2009!!!


Re: COMPENSACION DE SUELDOS

Notapor picaso el Sab Feb 06, 2010 7:06 pm
Segun la APR (que ya sabemos a favor de quien está) , lo que dice el art. 31 es que nadie podrá ser contratado con un suelo superior al de la persona que menos cobre en participación, y en nuestro registro como el registrador no ha contratado a nadie si no que es el mismo personal que había cuando él llegó, pues no quiere saber nada de compensaciones.

Me interesaria saber si hay alguna sentencia sobre esto. Si es así, donde puedo encontrarla?


Re: COMPENSACION DE SUELDOS

Notapor picaso el Sab Feb 06, 2010 7:39 pm
Me gustaria saber donde puedo encontrar esa sentencia de la que habla foliosregistrales, o si alguien me la puede hacer llegar...
GRACIAS


Re: COMPENSACION DE SUELDOS

Notapor yimou el Sab Feb 06, 2010 7:52 pm
Picaso, siento decirte que no sé si existen o no sentencias sobre ese tema. Yo, desde luego, no he encontrado ninguna, lo que no significa que no las haya.
Tampoco sé lo que dice la apr, pero si sostienen que al registrador no le afecta el artículo 31.3 porque todo el personal a su cargo ya estaba cuando él llegó, sin más argumentos, creo que están desconociendo deliberadamente que la sucesión de empresa y sus obligaciones se aplican -a mi entender, sin ninguna duda- en los registros de la propiedad, incluso aunque no exista comisión de vigilancia, incluso aunque no se formalice el documento de asunción de los trabajadores al hacerse cargo del nuevo registro.
Ahora bien, la sucesión de empresa entre registradores no significa automáticamente que tengas el derecho a esa compensación. El complicadísimo artículo 31.3 del convenio, que en su día intenté desgranar en este foro, puede ofrecer soluciones totalmente diferentes; existiendo argumentos de peso a favor y en contra de cada una. Yo me decanto por pensar que el precepto avala esa compensación en muchos menos casos de los que aparetemente pueda parecer, pero es sólo una opinión personal que eres muy libre de no compartir.
Por lo que respecta a tu caso, y en lo que concierne a mi opinión, te remito al menú "registro de la propiedad", y al tema "este convenio que no entiende ni el que lo hizo..."
No sé si te aclarará algo, pero espero que al menos te sirva de punto de partida en tu propia búsqueda, a la que te animo.
Saludos.


Re: COMPENSACION DE SUELDOS

Notapor foliosregistrales el Sab Feb 06, 2010 9:18 pm
Yimou, pienso que lo llevo la abogada del SIOYA, en un Registro de Madrid o alrededor, en dicha sentencia la compañera lo que queria era el sueldo mensual y el Juez dijo que se debia compensar a 31 de diciembre, mas o menos. Si conoces a alguien de SIOYA seria interesante que te la pudieran pasar la sentencia para que pudieras comentarla en este foro, seria un beneficio para todos, no crees Yimou.
Un saludo.


Re: COMPENSACION DE SUELDOS

Notapor yimou el Sab Feb 06, 2010 9:34 pm
Gracias, foliosregistrales. Seguramente esa sentencia nos interesaría a todos. Y a todos nos ayudaría también conocer, si fuera posible, los fundamentos jurídicos de la demanda y de la parte demandada, porque se trata de un artículo del convenio que sigo sin terminar de entender.


Re: COMPENSACION DE SUELDOS

Notapor en crisis el Lun Feb 08, 2010 12:30 am
en mi registro a los más perjudicados el Registrador nos ha dado una "ayuda" extra que aún nos ha dejado por debajo no solo de auxiliares de segunda sino de contratados.
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