FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Ir abajo

no habia suficiente y pario la abuela(Sioya) Empty no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Mensaje  Admin Jue Oct 14, 2010 1:01 am


no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Notapor KIVE el Jue Abr 08, 2010 12:15 pm
Saludos a todos, de nuevo

En un anterior mensaje (“para los contratados”) lo que yo quería en realidad era hablar de una cita de un articulo 31 párrafo 3º del mismo, realizada por la mafi... digo Sioya, sustituyendo y manipulando palabras textuales en la propia ley , pero quería empezar por explicarles, lo que son un contrato laboral y una relación contractual laboral entre 2 partes, que negocian condiciones que solo se aplican a esas 2 partes, sin verse afectado por lo pactado por otros en otros contratos.

Pero acabé explanándome. De todos espero que el anterior mensaje haya sido útil para los "lacayos" de los registros, que es como nos ven algunos de los de arriba.

Del anterior mensaje solo quiero recuperar el siguiente párrafo:

"En cualquier parte del mundo (donde haya un Estado de Derecho con leyes iguales para todos) la relación laboral se basa en una relación contractual entre 2 partes -Y SOLO 2 PARTES- el empleador o pagador (el Registrador y UNICAMENTE EL) y el empleado o trabajador. Estas son las 2 únicas firmas que aparecen en el contrato laboral. Dicho contrato regula básicamente el intercambio jurídico entre esas 2 partes: la realización de un trabajo en unas condiciones, a cambio de una remuneración PACTADA ENTRE AMBAS PARTES Y SOLO ESAS 2 PARTES. Es decir, ese contrato y sus condiciones son independientes de los demás contratos y condiciones que el registrador pacta con los demás empleados. En definitiva, TODOS Y CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL REGISTRO, incluyendo oficiales, tienen una relación laboral-contractual con el Registrador[/b], independientes todas entre ellas."

Una vez discernido que posición jurídica y contractual (no de categorías), ocupamos cada uno dentro del Registro (contractualmente, todos somos iguales -sin categorías-, en nuestra relación con el Registrador, él a un lado y todos los demás a otro) (mas información: ver mensaje "Para los contratados"), algo que yo quería que entendiesen los contratados y los novatos para que no les tomen el pelo....................... voy a lo que yo quería contar realmente.

Si el anterior mensaje ofendió a alguien, que no lea este, que aunque lo he revisado para reducirle dureza, no he podido más, pues algunas cosas no tienen nombre, sobre todo cuando ves gente del Sioya, que presuponemos que serán oficiales ...¿o no?.... (y por supuesto no todos los oficiales son malos... los hay buenos, independientemente de que te inviten a un café), cagas diamantes y te roban hasta la mierda.

Cada trabajador de este planeta (Planeta "Tierra") puede pactar unas condiciones individuales con un empleador, y estas nunca se van a ver afectadas, y mucho menos mermadas (jurídicamente, que no económicamente, claro) por otras que el Registrador pacte, también individualmente, con otras personas........ siempre que esas condiciones no vulneren la normativa de derecho imperativo que sea aplicable: parte de los artículos del Estatuto y parte del Convenio). Dicho PACTO -que resulta de la negociación previa- se denomina contratación y tiene un MOMENTO EXACTO, al inicio y se hace una vez (¿o a alguien lo contratan cada mes, 12 contrataciones al año?) , pero la compensación económica o remuneración es mensual (igual que el trabajo realizado). ¿ACASO TODOS LOS MESES NEGOCIAIS VUESTRO CONTRATO?

Pero hay personas o asociaciones ("sindicato" se hacen llamar ellos) pseudo-mafiosas como los Sioyas y los `Oyas, [/b]que parecen que no son del planeta Tierra.[/b]

Veamos, los del Sioya, dicen textualmente (dejo las negritas tal cual lo ponen):

"... se recuerda y reitera que en estos tiempos de crisis es mas importante aún si cabe, el necesario cumplimiento del art. 31.3 del vigente Convenio Colectivo de 11 de Septiembre de 1.992, -B.O.E. de 29 de Septiembre-, que establece: “Ningún Auxiliar de 2ª, ni el personal subalterno, ni el contratado temporalmente, podrá ser remunerado con un salario que en cómputo anual, sea superior al del empleado retribuido con porcentaje que menos cobre, a salvo los mínimos garantizados”.
La asesoría jurídica de SIOYA está a disposición de aquellos afiliados que entiendan vulnerados sus derechos por el incumplimiento del citado precepto." "

Bien veamos lo que dice el "TEXTO ORIGINAL Y AUTENTICO DEL ART.31.3 DEL CONVENIO:

" 3. Ningún Auxiliar 2.ª ni el personal subalterno, ni el contratado temporalmente, podrá ser contratado con un salario que, en cómputo anual, sea superior al del empleado retribuido con porcentaje que menos cobre, a salvo los mínimos garantizados."

La diferencia la he resaltado en el texto original.
Lo que hace el Sioya es innombrable. Quizá hasta vil.

Por un extrañísimo motivo y desconocido, a estos señores les estorban o incomodan las palabras "no podrá ser contratado" y lo cambian de forma totalmente intencionadamente (hay que pulsar unas teclas para borrar las palabras copiadas y pegadas) por un "no podrá ser remunerado".

¿POR QUE HAN NECESITADO MANIPULAR Y ALTERAR LA LEY?.

Es evidente, muy evidente:

(El convenio tiene rango y fuerza de Ley ordinaria, y lo mismo que el Estatuto de los trabajadores, que es Ley formal y lo mismo que el contrato de trabajo individual, que es Ley entre las 2 partes, Registrador y trabajador, y cuyas condiciones individuales pueden superar y mejorar de forma cuantitativa las del Convenio Colectivo siempre que no contradigan ni vulneren limites impuestos por el Convenio, y ambos respeten los mínimos (que se de derecho "necesario", establecidos por el Estatuto de los Trabajadores).
El Estatuto establece unos mínimos que no pueden ser vulnerados por el empresario. El Estatuto tiene "derecho necesario absoluto" (estos artículos no pueden ser modificadas en absoluto y no cabe negociación), también tiene "derecho necesario relativo" (Sobre estas disposiciones cabe negociación y mejora a favor del trabajador. Por ejemplo el ET establece que las vacaciones, 30 días naturales al año es un mínimo pero el Convenio puede aumentarlo) y "derecho dispositivo" (Se deja a la libre negociación entre empresarios y trabajadores, por ejemplo el salario, respectando el mínimo inter.)
Todo ellos bajo la luz de los principios:
- In dubio pro operario. La norma debe interpretarse, en caso de duda, en el sentido más beneficioso para el trabajador.
- Principio de Norma más favorable. si hay conflicto entre dos o más normas (sean estatales o sean pactadas: Estatuto, convenio y contrato),mientras respeten los MINIMOS de derecho necesario, se resuelve aplicando la más favorable para el trabajador.

En definitiva: Estatuto, Convenios Colectivos y Contrato individual, se complementan y pueden cada uno mejor al anterior en ese orden, siendo sus limites (LOS LIMITES A FAVOR DE CADA TRABAJADOR, QUE NO EN CONTRA!!!!) obligatorios para el posterior.

Por ejemplo: si el Estatuto te da 30 días naturales de vacaciones, el convenio puede darte más o hacer que se computen por días hábiles. El contrato individual puede mejorarlo y decir que tienes 3 días de vacaciones cada semana (144 días al año), aunque el Convenio diga 30 días por año.

Y si interpretamos a favor del trabajador........... ¿cual? ¿el que a va a fijo? ¿el que va a porcentajes?. Indudablemente, si leemos la oración gramatical del articulo 31, a favor de quien es sujeto del verbo (no poder) "ser contratado": el de sueldo fijo.(qué es la parte contratante y firmante en el acto que regula el art.31).
¿Aprobarían Lengua los del Sioya? (por lo menos el que ha copiado el art. no sabe copiar al dictado).

En cualquier caso, aquí no hace falta nada de esto ya que ni siquiera se contradice el Convenio, ya que por mucho que les joda al Sioya, el art.31 dice "AL CONTRATAR", y no "AL RENUMERAR" como dicen ellos.

Para saber de Derecho hay que estudiar e hincar los codos, ¡señores oficiales representados en el Sioya! (por supuesto....no todos los oficiales son unos paletos) no esperar que unos políticos te regalen un titulo haciendo un paripé de curso por muy universitario que sea (que ya me conozco esos paripés teatrales). Bien que la estáis colando al Ministerio de Educación. Menudo negocio. (aunque reconozco que desconozco quien organiza, quien es profesor y quien cobra esos cursos por su organización y gestión y/o por su desarrollo............ pero me imagino que será como los que hace UGT y CCOO).

Decía, a un trabajador se le contrata 1 VEZ, y se le renumera MENSUALMENTE (lo codiciado por las sanguijuelas del Sioya). Una vez contratado y respetados los limites impuestos por la normativa, convenio y estatuto, la relación Registrador-empleado, fluctúa y es cambiante.

Y sí, si que se respeta el limite del art.31.3 pues se refiere solo a 1 momento, el de la contratación. Cumplido el limite, queda cumplido las reglas del Convenio.

Si otros trabajadores cobran un porcentaje y llega a bajar tanto que queda por debajo de uno de los sueldos fijos….. mala suerte chaval. El convenio no dice “no podrá ser renumerado” aunque te lo inventes, el Convenio dice “no podrá ser contratado por encima de una cantidad” y ese limite quedó cumplido en 1 solo acto y momento: la contratación del trabajador.

No contentos, la oficialía registral (en general, no en terminos absolutos, insisto..... o por lo menos los del Sioya) con evitar y seguir evitando la promoción y ascenso de los de abajo y para quedarse con todo lo que puedan, antes -en los tiempo de bonanza- y ahora también....................... deciden : ¿por que no quitarles más todavía a los chavales? . Deciden: " a ver si podemos meter la zarpa en los bolsillos de nuestros lacayos y volver a subir un poquito... total , como somos los dueños del Registro, y como con la crisis los tenemos acojonaooos, o maman o maman".... "luego le invito a un café y le digo que me la siga mamando en agradecimiento por no estar en la calle". . (eso si antes no han conseguido que se despida a gente... los que no sean de su clan familiar, claro).

En las vacas gordas, lo bueno nos lo repartimos entre nosotros solos ( y damos migajas y no les dejamos subir)...
y en las vacas flacas, lo malo ya si que nos lo repartimos entre todos como buenos hermanos. (y seguimos dejándoles subir, no sea que regresen las gordas).

A todos los currantes de verdad, a esos un abrazo, a los demás abur!, con especial cariño, al Sioya. (cada vez estoy mas convencido de que son un grupo de oficiales amigotes entre ellos, y los demás se afilian porque son los únicos que hay de los suyos)..... y dicen que tienen una Asesoría jurídica de expertos..........(expertos en manipular)........ ¡¡¡¡¡aaanda ya!!!!

(si alguien he ofendido lo siento mucho de antemano por generalizar, pero no puedo conocer la vida de miles de personas.... aparte, mis palabras, las palabras en general, no pueden tocar los bolsillos de nadie, los actos de otros, sí).


Re: no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Notapor mosquiado el Mié Jun 30, 2010 4:55 pm
Hola, disculpen, soy nuevo en el foro y quería preguntar si es cierto que los auxiliares no pueden cobrar al año menos que los de sueldo fijo y si es así de donde saldría ese dinero, del Registrador, de un seguro o de los de participaciones. Muchas gracias.


Re: no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Notapor elgorip1 el Mié Jun 30, 2010 8:31 pm
Macho no se de que registro eres, pero lo tiene que estar pasando "putas", solo habla de desprecio hacia los oficiales y hacia el Sioya y los antiguos, yo te puedo decir, que llevo mas de treinta años, y que gracias a que en un tiempo existio el sioya nos salvamos de la quema, si no se llega a firmar el convenio hubieramos estamos mucho peor que ahora, pero tu de eso creo que no sabe nada, solo sabe de "odio", y creo que te equivoca generalizando en cuanto a los oficiales, gracias a Dios, cada vez quedan menos oficiales de los llamados antiguos, de los que no comprendian nada mas que lo que decia el Registrador, y no tenian otro mundo que no fuera el registro, para ello no era concibibles que uno tuviera familiar, mpero eso en casi el 80 por ciento de los registros paso a la historia.
Creo que te debia de poner a luchar contra los Registradores y el Sioya no por esa cuestion que si los contratados debe de ganar mas o menos, te tenia que preocupar porque tenga promociones internas, se apruebe un nuevo convenio que corriga los errores de los anteriores, de los sabados inhabil, del bienestar de los empleados con su familia, de una oficina digna, etc. etc.,
Si en articulo 31 del Convenio dice Ningún Auxiliar 2ª ni el personal subalterno, ni el contratado temporalmente, podrá ser contratado con un salario que, en cómputo anual, sea superior al del empleado retribuido con porcentaje que menos cobre, a salvo los mínimos garantizados, significa que nunca podra ganar mas que los de plantillas con sueldo sujeto a porcentaje, el propio articulo lo dice, no te agarre al pie de la letra, solo al espiritu del articulo.

Y si me contesta piensa que en mi solo tiene un compañero, por mas señal oficial desde el año 1982 y luchador por la minoria desde hace mucho tiempo y gracias a mis compañeros tengo un registro con una gran calidad de vida y respeto, porque sobre todo nos hemos respetado todo desde el contratado hasta el sustituto, cosa que no pasa en muchos registros y de hay viene los problemas que tu dices, y como te he dicho antes es por lo que hay que luchar.-


Re: no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Notapor POSIT el Jue Jul 01, 2010 5:31 pm
ANDA YA...

http://www.abc.es/20100629/comunidad-va ... 00629.html


Re: no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Notapor kaikus el Vie Jul 02, 2010 11:56 am
Pues eso.
Anda ya.......
Y seguro que luego, para inscribir una escritura con una coma mal puesta será mas papista que el papa.
Asociación del Personal de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España -APeR- · -Asociaper.es-
Admin
Admin
Admin

Mensajes : 878
Fecha de inscripción : 14/10/2010

https://personalauxiliar.crearforo.net

Volver arriba Ir abajo

no habia suficiente y pario la abuela(Sioya) Empty Re: no habia suficiente y pario la abuela(Sioya)

Mensaje  Admin Miér Oct 27, 2010 1:25 am

+
Admin
Admin
Admin

Mensajes : 878
Fecha de inscripción : 14/10/2010

https://personalauxiliar.crearforo.net

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.