prescripción del impuesto de sucesiones y donaciones.
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FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: REGISTRO DE LA PROPIEDAD
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prescripción del impuesto de sucesiones y donaciones.
Estoy con este tema en el libro para ascenso a oficial, y la verdad es que es un auténtico tostón. Es más, no me entero de nada. Yo diría que no se entera ni el que ha hecho el libro.
No sé si hay que atender a lo que dice el art. 64 LGT y siguientes, -4 años-, o lo que dice el Reglamento -4 años y 6 meses- o yo que sé.
¿Alguien me puede ayudar a comprenderlo?. gracias.
No sé si hay que atender a lo que dice el art. 64 LGT y siguientes, -4 años-, o lo que dice el Reglamento -4 años y 6 meses- o yo que sé.
¿Alguien me puede ayudar a comprenderlo?. gracias.
sinley- Mensajes : 11
Fecha de inscripción : 18/10/2011
Re: prescripción del impuesto de sucesiones y donaciones.
Pues eso que tú dices. Creo que el que ha hecho el libro no sabe ni lo que ha puesto, por que yo tampoco me entero de nada. Vamos es que hay cosas que no entiendo ni papa.
PELOPO- Mensajes : 2
Fecha de inscripción : 17/09/2011
Re: prescripción del impuesto de sucesiones y donaciones.
yo también me presentó a oficial, (ya es la tercera vez) y siempre la he cagao con oficina liquidadora, A mi tampoco me gusta este libro, yo me estoy ayudando con el práctica registral de Monreal, y la verdad es que es mucho mejor.
A ver si te puedo ayudar:
El Impuesto de Sucesiones mortis causa y seguros de vida, prescribe a los cuatro años, seis meses y un día del fallecimiento del causante. (Art. 25 Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones)
Un saludo y suerte, que buena falta nos hace.
A ver si te puedo ayudar:
El Impuesto de Sucesiones mortis causa y seguros de vida, prescribe a los cuatro años, seis meses y un día del fallecimiento del causante. (Art. 25 Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones)
Un saludo y suerte, que buena falta nos hace.
kai- Mensajes : 8
Fecha de inscripción : 04/11/2011
alejandrina
Hola, yo también me presento al exámen y creo que os puedo aclarar los plazos de prescripción del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es sencillo: después de sucesivas modificaciones el plazo de prescripción tanto para sucesiones y donaciones es de 4 años desde el día que finaliza el plazo reglamentario de presentación; esto es 6 meses para el caso de herencias (mortis causa) y 1 mes para el caso de donaciones (actos y negocios gratuítos inter vivos). Por lo tanto prescribe para las herencias 4 años y 6 meses y para las donaciones 4 años y 1 mes.
alejandrina- Mensajes : 19
Fecha de inscripción : 08/10/2011
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