DIVISION REGISTRO
FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: REGISTRO DE LA PROPIEDAD
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DIVISION REGISTRO
Notapor joder007 el Mar Sep 21, 2010 1:48 pm
Buenos días. Mi Registro se divide y mi pregunta es la siguiente: La comunidad autonoma nos debe un dinero que hemos facturado y pagado el iva, pero no hemos cobrados, si yo me voy al registro que no tiene la oficina liquidadora, ¿tengo derecho o no a que me pagen lo que me corresponde de ese dinero cuando la Comunidad Autonoma lo page?
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor SERVILIA el Mar Sep 21, 2010 3:27 pm
Tengo referencias de varios Registros de la Comunidad Valenciana, pero son dispares. En álgún Registro de Castellón, que se dividió, a las personas que pasaron al nuevo Registro sin Oficina Liquidadora, no le pagaron. Cruz y raya. En cambio en algún Registro de Valencia provincia, si que les reconocieron ese derecho, e incluso les fueron pagando los documentos que estaban despachados y pendientes de pago.
Es algo que no está regulado, y dependerá de la buena voluntad y generosidad de tu Registrador y de tus compañeros. Buena suerte!
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor experior el Mar Sep 21, 2010 4:54 pm
Me parece increible que tal y como está el patio aun estén dividiendo Registros, pero bueno, ellos mandan.
Mi Registro empezó a dividirse hace unos 3 años y medio, y se formó el Registro nuevo hace 2, es algo largo y farragoso. Y los compañeros aux. 1ª y oficiales que se fueron al Registro nuevo, y tenían pendiente pagar meses de liquidadora, les fueron pagando su parte correspondiente conforme iban pagando el importe de las mismas.
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor Nabucodonosor el Mar Sep 21, 2010 8:55 pm
Mi Registro también se dividió, y el nuevo Registro no tenía Oficina Liquidadora, pero se dejó abierta la cuenta bancaria del Registrador saliente, y se fueron haciendo liquidaciones mensuales con los documentos despachados y pendientes de pago que se iban abonando, así como los importes pendientes de abonar por la Comunidad Autónoma por los impuestos de la O.L, que fuimos cobrando el Registrador saliente y todos los empleados (los que se quedaron y los que no) con arreglo al porcentaje que teníamos antes de la división. Así que durante varios meses tuvimos dos nóminas, una del Registrador de origen con las liquidaciones mensuales de los documentos que iban pagando, y otra nómina del nuevo Registrador con los documentos despachados ya en el nuevo Registro. Saludos.
Saludos a tod@s.
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor el abuelo el Mié Sep 22, 2010 7:50 am
El tema que plantea joder007 no es para responder con los casos que nos han ocurrido a nosotros o a los Registros vecinos, sino lo que hay sobre el tema.
Yo lo tengo muy claro: El ingreso por parte de la Comunidad Autónoma, se debe. Lo que quiere decir es que se ha producido la factura, lo único que falta es el pago material de la misma. Por lo tanto tienes todo el derecho a percibir lo que te corresponda en proporció a tu participación. Además quien debe las facturas no es ni un particular ni una gestoría que ambos pueden desaparecer sin pagar y dejaros colgados sin cobrar. Es la Administración central de tu Comunidad la que tiene que ingresaros el dinero que, además y como tu dices, el IVA ya lo habéis pagado. Estos siempre pagan; con retraso, pero pagan. Por ello caben varias posibilidades, de las que apunto dos:
a) Se ve el dinero que falta por pagar la Comunidad y se paga la parte proporcional que corresponda a cada uno de los que se van al nuevo Registro sin O.L.
b) Conforme se vaya cobrando se hacen los números que toquen para que los que se han ido al nuevo Registro sin OL cobren lo que tenían pendiente al dividirse.
En mi opinión y por mi experiencia, lo mas recomendable a todos los efectos es el punto a), pues el/los que se van, lo hacen con todo liquidado y desprendidos totalmente, en cuanto a lo económico, del Registro matriz. El punto b) tiene la dificultad añadida de tenerte que hacer unas nóminas 2, 3 ó 6 meses después, un Registrador que ya no tiene nada que ver con el/los que se han ido, lo que fiscalmente es de difícil justificación y con cara a la Seg. Social, también. Además, en las fechas que estamos, es muy probable que cambie el año y todavía no se haya cobrado lo que adeuda la Administración. Esto dificultaría aún mas el tema fiscal y cara a la Seg. Social.
Yo recomiendo el punto a) por facilidad, claridad y evita roces e interpretaciones que pueden dar lugar a chispas.
Bueno. Este es mi punto de vista.
Buenos días. Mi Registro se divide y mi pregunta es la siguiente: La comunidad autonoma nos debe un dinero que hemos facturado y pagado el iva, pero no hemos cobrados, si yo me voy al registro que no tiene la oficina liquidadora, ¿tengo derecho o no a que me pagen lo que me corresponde de ese dinero cuando la Comunidad Autonoma lo page?
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor SERVILIA el Mar Sep 21, 2010 3:27 pm
Tengo referencias de varios Registros de la Comunidad Valenciana, pero son dispares. En álgún Registro de Castellón, que se dividió, a las personas que pasaron al nuevo Registro sin Oficina Liquidadora, no le pagaron. Cruz y raya. En cambio en algún Registro de Valencia provincia, si que les reconocieron ese derecho, e incluso les fueron pagando los documentos que estaban despachados y pendientes de pago.
Es algo que no está regulado, y dependerá de la buena voluntad y generosidad de tu Registrador y de tus compañeros. Buena suerte!
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor experior el Mar Sep 21, 2010 4:54 pm
Me parece increible que tal y como está el patio aun estén dividiendo Registros, pero bueno, ellos mandan.
Mi Registro empezó a dividirse hace unos 3 años y medio, y se formó el Registro nuevo hace 2, es algo largo y farragoso. Y los compañeros aux. 1ª y oficiales que se fueron al Registro nuevo, y tenían pendiente pagar meses de liquidadora, les fueron pagando su parte correspondiente conforme iban pagando el importe de las mismas.
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor Nabucodonosor el Mar Sep 21, 2010 8:55 pm
Mi Registro también se dividió, y el nuevo Registro no tenía Oficina Liquidadora, pero se dejó abierta la cuenta bancaria del Registrador saliente, y se fueron haciendo liquidaciones mensuales con los documentos despachados y pendientes de pago que se iban abonando, así como los importes pendientes de abonar por la Comunidad Autónoma por los impuestos de la O.L, que fuimos cobrando el Registrador saliente y todos los empleados (los que se quedaron y los que no) con arreglo al porcentaje que teníamos antes de la división. Así que durante varios meses tuvimos dos nóminas, una del Registrador de origen con las liquidaciones mensuales de los documentos que iban pagando, y otra nómina del nuevo Registrador con los documentos despachados ya en el nuevo Registro. Saludos.
Saludos a tod@s.
Re: DIVISION REGISTRO
Notapor el abuelo el Mié Sep 22, 2010 7:50 am
El tema que plantea joder007 no es para responder con los casos que nos han ocurrido a nosotros o a los Registros vecinos, sino lo que hay sobre el tema.
Yo lo tengo muy claro: El ingreso por parte de la Comunidad Autónoma, se debe. Lo que quiere decir es que se ha producido la factura, lo único que falta es el pago material de la misma. Por lo tanto tienes todo el derecho a percibir lo que te corresponda en proporció a tu participación. Además quien debe las facturas no es ni un particular ni una gestoría que ambos pueden desaparecer sin pagar y dejaros colgados sin cobrar. Es la Administración central de tu Comunidad la que tiene que ingresaros el dinero que, además y como tu dices, el IVA ya lo habéis pagado. Estos siempre pagan; con retraso, pero pagan. Por ello caben varias posibilidades, de las que apunto dos:
a) Se ve el dinero que falta por pagar la Comunidad y se paga la parte proporcional que corresponda a cada uno de los que se van al nuevo Registro sin O.L.
b) Conforme se vaya cobrando se hacen los números que toquen para que los que se han ido al nuevo Registro sin OL cobren lo que tenían pendiente al dividirse.
En mi opinión y por mi experiencia, lo mas recomendable a todos los efectos es el punto a), pues el/los que se van, lo hacen con todo liquidado y desprendidos totalmente, en cuanto a lo económico, del Registro matriz. El punto b) tiene la dificultad añadida de tenerte que hacer unas nóminas 2, 3 ó 6 meses después, un Registrador que ya no tiene nada que ver con el/los que se han ido, lo que fiscalmente es de difícil justificación y con cara a la Seg. Social, también. Además, en las fechas que estamos, es muy probable que cambie el año y todavía no se haya cobrado lo que adeuda la Administración. Esto dificultaría aún mas el tema fiscal y cara a la Seg. Social.
Yo recomiendo el punto a) por facilidad, claridad y evita roces e interpretaciones que pueden dar lugar a chispas.
Bueno. Este es mi punto de vista.
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