Renunciar a la participación
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FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: REGISTRO DE LA PROPIEDAD
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Renunciar a la participación
Buenas.
Me gustaría saber qué es lo que debo hacer para renunciar a mi participación, ya que después de 3 meses de haberle consultado a mi Registrador, parece que o no lo sabe o no le importa.
Gracias.
Pd. Soy auxiliar de primera.
Me gustaría saber qué es lo que debo hacer para renunciar a mi participación, ya que después de 3 meses de haberle consultado a mi Registrador, parece que o no lo sabe o no le importa.
Gracias.
Pd. Soy auxiliar de primera.
proscojoncio- Mensajes : 1
Fecha de inscripción : 06/02/2014
Re: Renunciar a la participación
Dáselo por escrito.
Ahora bien, si con el nuevo convenio la participación se reparte sobre el sobrante (de haberlo) después de descontar los salarios garantizados y trienios de la masa salarial (el 40 o 38), la renuncia a la participación sólo puede generarte pérdida, pues tendrías derecho exclusivamente a los mínimos garantizados, siendo el de aux. 1ª (Empleados del Grupo IV) Doce pagas de 1100€ con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias, sin posibilidad alguna de incrementar estas pagas los meses en que hubiera sobrante.
La diferencia del nuevo convenio con respecto al antigüo es que ahora no se reparte el 40 o 38 sino lo que sobre después de haber quitado los mínimos garantizados y trienios DE TODOS.
Por otra parte: "Las mejoras salariales contenidas en los contratos firmados por el Registrador, con posterioridad a la entrada en vigor del presente convenio que contravengan los límites salariales fijados en este artículo, serán sufragadas con cargo a los ingresos líquidos del Registrador firmante, en la parte que exceda de dichos límites salariales."
Si lo que pretendes es una mejora salarial con motivo de la renuncia a tu participación, lo veo difícil salvo que el Registrador decida hacértela con su dinero o salvo que lo pacteis todos los compañeros y registrador, toda vez que se pueden firmar convenios en cada registro con las condiciones que querais.
Ahora bien, si con el nuevo convenio la participación se reparte sobre el sobrante (de haberlo) después de descontar los salarios garantizados y trienios de la masa salarial (el 40 o 38), la renuncia a la participación sólo puede generarte pérdida, pues tendrías derecho exclusivamente a los mínimos garantizados, siendo el de aux. 1ª (Empleados del Grupo IV) Doce pagas de 1100€ con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias, sin posibilidad alguna de incrementar estas pagas los meses en que hubiera sobrante.
La diferencia del nuevo convenio con respecto al antigüo es que ahora no se reparte el 40 o 38 sino lo que sobre después de haber quitado los mínimos garantizados y trienios DE TODOS.
Por otra parte: "Las mejoras salariales contenidas en los contratos firmados por el Registrador, con posterioridad a la entrada en vigor del presente convenio que contravengan los límites salariales fijados en este artículo, serán sufragadas con cargo a los ingresos líquidos del Registrador firmante, en la parte que exceda de dichos límites salariales."
Si lo que pretendes es una mejora salarial con motivo de la renuncia a tu participación, lo veo difícil salvo que el Registrador decida hacértela con su dinero o salvo que lo pacteis todos los compañeros y registrador, toda vez que se pueden firmar convenios en cada registro con las condiciones que querais.
El que faltaba- Mensajes : 234
Fecha de inscripción : 16/11/2011
Re: Renunciar a la participación
Estoy ansioso por saber en qué ha quedado este tema, aunque creo que proscojoncio no nos lo va a contar.
El que faltaba- Mensajes : 234
Fecha de inscripción : 16/11/2011
Re: Renunciar a la participación
Pues claro que no los va a contar, pero eso estamos en donde estamos, si en fondo lo tenemos merecido; pactos oscuros firmados entre algunos, perjudicando la cada más precaria situación laboral de los compañeros...
alucinada- Mensajes : 9
Fecha de inscripción : 27/10/2013
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