Incumplimiento del Convenio
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puck
Leolo
javiergarcia
7 participantes
FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: SINDICATO Y CONVENIO
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Incumplimiento del Convenio
Pues en mi Registro,los que estamos a sueldo cobramos una mierda y los que están a participación otro tanto. El Registrador ha dicho que no va a cumplir el Convenio y que el lo quiera reclamar se va a la calle via despido por causas objetivas. ¿Qué solución tenemos?. Callar y tragar?. Pues para eso no hace falta ni convenio ni pollas. Que el Gobierno diga que el Registrador en su Registro hace lo que le salga de los cojones y punto. Salud2
javiergarcia- Mensajes : 6
Fecha de inscripción : 28/03/2011
Re: Incumplimiento del Convenio
En ese caso me imagino que tendréis que negociar con el registrador un convenio de empresa.
Aquí tienes más información al respecto:
http://www.cuestioneslaborales.es/el-procedimiento-de-descuelgue/
Saludos.
Aquí tienes más información al respecto:
http://www.cuestioneslaborales.es/el-procedimiento-de-descuelgue/
Saludos.
Leolo- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 09/11/2010
Tu registrador no tiene ni puta idea de derecho laboral
No es que te sea de gran ayuda, pero me parece a mí que esa amenaza es una demostración de ignorancia pura. En todo caso, más que leerte las causas de descuelgue, o aconsejarte un convenio de empresa, si el amigo no puede pagar ni esos miserables mínimos mensuales en 12 pagas..., piensa si aceptar sueldos por debajo de los mínimos no te va a provocar un despido casi gratuito en unos meses. La situación es difícil, y la decisión es tuya. Léete en el PENDE II de SIOYA la sentencia firme del juzgado de lo social número 1 de Reus, y entenderás por qué conceptos como "un registrador" y "despido objetivo" son difíciles de unir en la misma frase, no te digo ya en una carta de despido y más defendibles ante un juez. En todo caso, con semejante macarra debes pensarte mucho tus acciones. Un saludo.
Última edición por puck el Jue Oct 17, 2013 7:27 pm, editado 1 vez
puck- Mensajes : 374
Fecha de inscripción : 29/11/2011
Una cosa más....
Para los que se crean la amenaza del descuelgue:
-Ganar menos del 60% NO ES TENER PÉRDIDAS.
- El registrador de la propiedad es un funcionario público amparado por una corporación denominada Colegio de ellos, que tiene un procedimiento expreso para el caso de pérdidas:
Artículo 59 Congrua de los Registradores
Podrán solicitar congrua los Registradores cuyos ingresos, por razón del Registro que sirvan en propiedad o en interinidad, no lleguen a la cantidad fijada por la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos a propuesta de la Junta de Gobierno para atender las necesidades del Servicio, incluyendo los costes del personal y su propia retribución. Consistirá en complementar los ingresos hasta dicha cantidad.
También podrá concederse a aquellos Registradores a los que, por circunstancias objetivas de servicio, la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos, a propuesta de la Junta de Gobierno, lo considere conveniente, y con las condiciones que la misma determine.
La liquidación y pago de dicha subvención se hará por trimestres vencidos a partir del día en que tome posesión del Registro y durará el tiempo que se sirva el Registro incongruo.
La petición de congrua se formulará mediante instancia dirigida al Decano, en la que se expresará la fecha de toma de posesión del Registro y los ingresos medios obtenidos en el trimestre anterior.
La solicitud deberá ingresar en el Colegio antes de que transcurran seis meses desde la indicada fecha de posesión o desde que surjan las circunstancias que aconsejen su concesión.
La Junta de Gobierno podrá anticipar a cuenta de la congrua hasta el 50 por 100 de la cantidad en que consista.
Por último, la doctrina jurisprudencial ya ha fijado que el registro como oficina pública no tiene capacidad para acreditar causa objetiva con derivación económica si se demuestra que la actividad del mismo ha aumentado, por ejemplo, con la asunción de los expedientes de nacionalidad, un trabajo al que dignamente se han ofrecido voluntarios a coste cero.
Un saludo.
-Ganar menos del 60% NO ES TENER PÉRDIDAS.
- El registrador de la propiedad es un funcionario público amparado por una corporación denominada Colegio de ellos, que tiene un procedimiento expreso para el caso de pérdidas:
Artículo 59 Congrua de los Registradores
Podrán solicitar congrua los Registradores cuyos ingresos, por razón del Registro que sirvan en propiedad o en interinidad, no lleguen a la cantidad fijada por la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos a propuesta de la Junta de Gobierno para atender las necesidades del Servicio, incluyendo los costes del personal y su propia retribución. Consistirá en complementar los ingresos hasta dicha cantidad.
También podrá concederse a aquellos Registradores a los que, por circunstancias objetivas de servicio, la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos, a propuesta de la Junta de Gobierno, lo considere conveniente, y con las condiciones que la misma determine.
La liquidación y pago de dicha subvención se hará por trimestres vencidos a partir del día en que tome posesión del Registro y durará el tiempo que se sirva el Registro incongruo.
La petición de congrua se formulará mediante instancia dirigida al Decano, en la que se expresará la fecha de toma de posesión del Registro y los ingresos medios obtenidos en el trimestre anterior.
La solicitud deberá ingresar en el Colegio antes de que transcurran seis meses desde la indicada fecha de posesión o desde que surjan las circunstancias que aconsejen su concesión.
La Junta de Gobierno podrá anticipar a cuenta de la congrua hasta el 50 por 100 de la cantidad en que consista.
Por último, la doctrina jurisprudencial ya ha fijado que el registro como oficina pública no tiene capacidad para acreditar causa objetiva con derivación económica si se demuestra que la actividad del mismo ha aumentado, por ejemplo, con la asunción de los expedientes de nacionalidad, un trabajo al que dignamente se han ofrecido voluntarios a coste cero.
Un saludo.
puck- Mensajes : 374
Fecha de inscripción : 29/11/2011
menos mal todos igual
En mi Registro, el registrador cortó por lo sano y a todo el personal que estamos a participación nos ha dejado como estábamos, ha cogido el cincuenta por ciento del que dispone, y compensó al que tenía menos puntos con más participación de su cincuenta y al que tenía mas puntos con menos participación de su cincuenta por ciento, así que todos seguimos igual. No me parece mal, se iban a generar desigualdades y conflictos importantes. Los que mas curran menos participación porque no iban a cursos. Este convenio puede generar grandes desigualdades.
miguelpantaqui- Mensajes : 4
Fecha de inscripción : 22/02/2013
Incumplimiento
Puede el registrador incumplir el Convenio? Por favor explicarme. Es que mi registro puede ser especial.miguelpantaqui escribió:En mi Registro, el registrador cortó por lo sano y a todo el personal que estamos a participación nos ha dejado como estábamos, ha cogido el cincuenta por ciento del que dispone, y compensó al que tenía menos puntos con más participación de su cincuenta y al que tenía mas puntos con menos participación de su cincuenta por ciento, así que todos seguimos igual. No me parece mal, se iban a generar desigualdades y conflictos importantes. Los que mas curran menos participación porque no iban a cursos. Este convenio puede generar grandes desigualdades.
marmota- Mensajes : 18
Fecha de inscripción : 10/03/2011
Me parece un comentario muy interesante
A ver si tú concretamente estás de acuerdo con cómo está repartido el porcentaje, lógicamente tienes razón. No conozco tu oficina, lo que opinan tus compañeros, quizá lo mismo que tú, y evidentemente puedes trabajar en un océano de paz y solidaridad, en el que un registrador justo e imparcial haya sabido con sabiduría y objetividad remuneraros debidamente antes de la aplicación de este convenio. Si ésto es así, lógicamente, usar ese 50% para que nada cambie es PERFECTO.así que todos seguimos igual. No me parece mal, se iban a generar desigualdades y conflictos importantes. Los que mas curran menos participación porque no iban a cursos. Este convenio puede generar grandes desigualdades.
Ahora voy a ponerme en un supuesto distinto. Hay personas que curran más y se actualizan más, hay personas que "ordenan" que otros hagan los cursos, y ellos dirigen u ordenan que eso salga adelante..., hay personas que pasan de los cursos, y de cualquier novedad jurídica, legislativa o necesaria para el desarrollo de nuestro trabajo, y que llevan años viviendo de que los "nuevos" pringuen en esos cursos. En estos casos, quizá haya registros donde se adopte tu misma medida, y quizá no todos estén tan contentos o convencidos como tú, y piensen que lo que ha pasado es que las desigualdades que existían, el nuevo convenio debido al inmovilismo del registrador, no ha podido cambiar la situación de injusticia de la oficina.
El convenio no representa un bien absoluto, nada puede fijar un sistema justo e imparcial, inquebrantable e imponible no a todos los empleados, y menos simplemente a los registradores.
Claro que el registrador puede saltarse los convenios, los contratos, la legislación hipotecaria, y el código penal, si nos ponemos. Distinto es que los afectos por ello, se opongan, negocien -en cuyo caso, es un pacto legal-, o asuman ese acto.
En todo caso, salvo que no existan auxiliares de 2ª en tu oficina, vuestra situación cambiará el 1 de enero, me alegro que creas que tu jefe ha adoptado la mejor solución, sólo espero que tu opinión se corresponda con la de todos tus compañeros, con la de la mayoría, con lo que es justo... quién sabe, ¿Verdad?.
Un saludo.
puck- Mensajes : 374
Fecha de inscripción : 29/11/2011
Artículo 59 congrua
PUCK, y entonces cual es la razón por la cual los registradores no piden esa ayuda del artículo 59 que refieres?????????????
puck escribió:Para los que se crean la amenaza del descuelgue:
-Ganar menos del 60% NO ES TENER PÉRDIDAS.
- El registrador de la propiedad es un funcionario público amparado por una corporación denominada Colegio de ellos, que tiene un procedimiento expreso para el caso de pérdidas:
Artículo 59 Congrua de los Registradores
Podrán solicitar congrua los Registradores cuyos ingresos, por razón del Registro que sirvan en propiedad o en interinidad, no lleguen a la cantidad fijada por la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos a propuesta de la Junta de Gobierno para atender las necesidades del Servicio, incluyendo los costes del personal y su propia retribución. Consistirá en complementar los ingresos hasta dicha cantidad.
También podrá concederse a aquellos Registradores a los que, por circunstancias objetivas de servicio, la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos, a propuesta de la Junta de Gobierno, lo considere conveniente, y con las condiciones que la misma determine.
La liquidación y pago de dicha subvención se hará por trimestres vencidos a partir del día en que tome posesión del Registro y durará el tiempo que se sirva el Registro incongruo.
La petición de congrua se formulará mediante instancia dirigida al Decano, en la que se expresará la fecha de toma de posesión del Registro y los ingresos medios obtenidos en el trimestre anterior.
La solicitud deberá ingresar en el Colegio antes de que transcurran seis meses desde la indicada fecha de posesión o desde que surjan las circunstancias que aconsejen su concesión.
La Junta de Gobierno podrá anticipar a cuenta de la congrua hasta el 50 por 100 de la cantidad en que consista.
Por último, la doctrina jurisprudencial ya ha fijado que el registro como oficina pública no tiene capacidad para acreditar causa objetiva con derivación económica si se demuestra que la actividad del mismo ha aumentado, por ejemplo, con la asunción de los expedientes de nacionalidad, un trabajo al que dignamente se han ofrecido voluntarios a coste cero.
Un saludo.
Chupatintas- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 23/02/2012
ese es el auténtico truco...
Si no lo piden por que superan los mínimos que se marcan para cubrir sus ingresos y los de sus empleados, cómo pueden alegar pérdidas si están subsidiados para cubrir su remuneración y las de sus empleados y no lo hacen por que no pueden ya que no rebajan los mínimos... Si lo hacen, deben ser ayudados, y entonces, si no lo son, de qué se quejan, y si lo son, cómo cojones pueden decir que son meros empresarios... Digamos que el sistema de arancel y de congruas deja un margen muy estrecho al papel de empresario del registrador a estos efectos... Si no lo son para el 44 ET, tampoco, obviamente para ésto. Un saludo.
puck- Mensajes : 374
Fecha de inscripción : 29/11/2011
Re: Incumplimiento del Convenio
Nítido y preciso. Muchas gracias
Chupatintas- Mensajes : 26
Fecha de inscripción : 23/02/2012
Re: Incumplimiento del Convenio
Cada registrador debe cumplir el nuevo convenio, aunque evidentemente hay un margen de discrecionalidad. En cada registro hay unas condiciones particulares y el convenio podría llegar a ser muy injusto en muchos casos. La mayoría de los de 2ª, están muy contentos, y los de 1ª que trinan... y no es para menos.. en enero se equiparan todos y salvese quien pueda dependiendo de cada registro. EN estos momentos algunos de 2º, con sueldo elevados, creen q van a pasar a mejor vida, pero si se aplica el convenio en sentido estricto, quizá sea el fin de la vidorra que se pegan... , y quizá no sea tan fácil eso de lo que presumen.. de q ningún contratado va a poder cobrar de lo que van a pasar a cobrar ellos.. jijijaviergarcia escribió:Pues en mi Registro,los que estamos a sueldo cobramos una mierda y los que están a participación otro tanto. El Registrador ha dicho que no va a cumplir el Convenio y que el lo quiera reclamar se va a la calle via despido por causas objetivas. ¿Qué solución tenemos?. Callar y tragar?. Pues para eso no hace falta ni convenio ni pollas. Que el Gobierno diga que el Registrador en su Registro hace lo que le salga de los cojones y punto. Salud2
En los registros, como en cualquier otro sector, se remunera según valía, capacitación, y nivel de estudios, y con la ley en la mano, ante cualquier juzgado ya no vale decir "soy auxiliar, no se hacer nada, pero lo dice mi convenio".
avelino3- Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 27/10/2013
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