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Incumplimiento del Convenio

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puck
Leolo
javiergarcia
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Incumplimiento del Convenio Empty Incumplimiento del Convenio

Mensaje  javiergarcia Mar Oct 15, 2013 9:20 pm

Pues en mi Registro,los que estamos a sueldo cobramos una mierda y los que están a participación otro tanto. El Registrador ha dicho que no va a cumplir el Convenio y que el lo quiera reclamar se va a la calle via despido por causas objetivas. ¿Qué solución tenemos?. Callar y tragar?. Pues para eso no hace falta ni convenio ni pollas. Que el Gobierno diga que el Registrador en su Registro hace lo que le salga de los cojones y punto. Salud2

javiergarcia

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Incumplimiento del Convenio Empty Re: Incumplimiento del Convenio

Mensaje  Leolo Miér Oct 16, 2013 1:38 am

En ese caso me imagino que tendréis que negociar con el registrador un convenio de empresa.

Aquí tienes más información al respecto:

http://www.cuestioneslaborales.es/el-procedimiento-de-descuelgue/

Saludos.

Leolo

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Incumplimiento del Convenio Empty Tu registrador no tiene ni puta idea de derecho laboral

Mensaje  puck Jue Oct 17, 2013 6:30 pm

No es que te sea de gran ayuda, pero me parece a mí que esa amenaza es una demostración de ignorancia pura. En todo caso, más que leerte las causas de descuelgue, o aconsejarte un convenio de empresa, si el amigo no puede pagar ni esos miserables mínimos mensuales en 12 pagas..., piensa si aceptar sueldos por debajo de los mínimos no te va a provocar un despido casi gratuito en unos meses. La situación es difícil, y la decisión es tuya. Léete en el PENDE II de SIOYA la sentencia firme del juzgado de lo social número 1 de Reus, y entenderás por qué conceptos como "un registrador" y "despido objetivo" son difíciles de unir en la misma frase, no te digo ya en una carta de despido y más defendibles ante un juez. En todo caso, con semejante macarra debes pensarte mucho tus acciones. Un saludo.


Última edición por puck el Jue Oct 17, 2013 7:27 pm, editado 1 vez
puck
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Incumplimiento del Convenio Empty Una cosa más....

Mensaje  puck Jue Oct 17, 2013 7:25 pm

Para los que se crean la amenaza del descuelgue:

-Ganar menos del 60% NO ES TENER PÉRDIDAS.
- El registrador de la propiedad es un funcionario público amparado por una corporación denominada Colegio de ellos, que tiene un procedimiento expreso para el caso de pérdidas:

Artículo 59 Congrua de los Registradores

Podrán solicitar congrua los Registradores cuyos ingresos, por razón del Registro que sirvan en propiedad o en interinidad, no lleguen a la cantidad fijada por la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos a propuesta de la Junta de Gobierno para atender las necesidades del Servicio, incluyendo los costes del personal y su propia retribución. Consistirá en complementar los ingresos hasta dicha cantidad.

También podrá concederse a aquellos Registradores a los que, por circunstancias objetivas de servicio, la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos, a propuesta de la Junta de Gobierno, lo considere conveniente, y con las condiciones que la misma determine.

La liquidación y pago de dicha subvención se hará por trimestres vencidos a partir del día en que tome posesión del Registro y durará el tiempo que se sirva el Registro incongruo.

La petición de congrua se formulará mediante instancia dirigida al Decano, en la que se expresará la fecha de toma de posesión del Registro y los ingresos medios obtenidos en el trimestre anterior.

La solicitud deberá ingresar en el Colegio antes de que transcurran seis meses desde la indicada fecha de posesión o desde que surjan las circunstancias que aconsejen su concesión.

La Junta de Gobierno podrá anticipar a cuenta de la congrua hasta el 50 por 100 de la cantidad en que consista.


Por último, la doctrina jurisprudencial ya ha fijado que el registro como oficina pública no tiene capacidad para acreditar causa objetiva con derivación económica si se demuestra que la actividad del mismo ha aumentado, por ejemplo, con la asunción de los expedientes de nacionalidad, un trabajo al que dignamente se han ofrecido voluntarios a coste cero.

Un saludo.
puck
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Incumplimiento del Convenio Empty menos mal todos igual

Mensaje  miguelpantaqui Sáb Oct 19, 2013 7:59 am

En mi Registro, el registrador cortó por lo sano y a todo el personal que estamos a participación nos ha dejado como estábamos, ha cogido el cincuenta por ciento del que dispone, y compensó al que tenía menos puntos con más participación de su cincuenta y al que tenía mas puntos con menos participación de su cincuenta por ciento, así que todos seguimos igual. No me parece mal, se iban a generar desigualdades y conflictos importantes. Los que mas curran menos participación porque no iban a cursos. Este convenio puede generar grandes desigualdades.

miguelpantaqui

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Incumplimiento del Convenio Empty Incumplimiento

Mensaje  marmota Sáb Oct 19, 2013 9:06 am

miguelpantaqui escribió:En mi Registro, el registrador cortó por lo sano y a todo el personal que estamos a participación nos ha dejado como estábamos,   ha cogido el cincuenta por ciento del que dispone, y compensó al que tenía menos puntos con más participación de su cincuenta y al que tenía mas puntos con menos participación de su cincuenta por ciento,  así que todos seguimos igual. No me parece mal, se iban a generar desigualdades y conflictos importantes. Los que mas curran menos participación porque no iban a cursos.  Este convenio puede generar grandes desigualdades.
Puede el registrador incumplir el Convenio?   Por favor explicarme.  Es que mi registro puede ser especial.

marmota

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Incumplimiento del Convenio Empty Me parece un comentario muy interesante

Mensaje  puck Sáb Oct 19, 2013 9:59 pm

así que todos seguimos igual. No me parece mal, se iban a generar desigualdades y conflictos importantes. Los que mas curran menos participación porque no iban a cursos. Este convenio puede generar grandes desigualdades.
A ver si tú concretamente estás de acuerdo con cómo está repartido el porcentaje, lógicamente tienes razón. No conozco tu oficina, lo que opinan tus compañeros, quizá lo mismo que tú, y evidentemente puedes trabajar en un océano de paz y solidaridad, en el que un registrador justo e imparcial haya sabido con sabiduría y objetividad remuneraros debidamente antes de la aplicación de este convenio. Si ésto es así, lógicamente, usar ese 50% para que nada cambie es PERFECTO.

Ahora voy a ponerme en un supuesto distinto. Hay personas que curran más y se actualizan más, hay personas que "ordenan" que otros hagan los cursos, y ellos dirigen u ordenan que eso salga adelante..., hay personas que pasan de los cursos, y de cualquier novedad jurídica, legislativa o necesaria para el desarrollo de nuestro trabajo, y que llevan años viviendo de que los "nuevos" pringuen en esos cursos. En estos casos, quizá haya registros donde se adopte tu misma medida, y quizá no todos estén tan contentos o convencidos como tú, y piensen que lo que ha pasado es que las desigualdades que existían, el nuevo convenio debido al inmovilismo del registrador, no ha podido cambiar la situación de injusticia de la oficina.

El convenio no representa un bien absoluto, nada puede fijar un sistema justo e imparcial, inquebrantable e imponible no a todos los empleados, y menos simplemente a los registradores.

Claro que el registrador puede saltarse los convenios, los contratos, la legislación hipotecaria, y el código penal, si nos ponemos. Distinto es que los afectos por ello, se opongan, negocien -en cuyo caso, es un pacto legal-, o asuman ese acto.


En todo caso, salvo que no existan auxiliares de 2ª en tu oficina, vuestra situación cambiará el 1 de enero, me alegro que creas que tu jefe ha adoptado la mejor solución, sólo espero que tu opinión se corresponda con la de todos tus compañeros, con la de la mayoría, con lo que es justo... quién sabe, ¿Verdad?.

Un saludo.
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Incumplimiento del Convenio Empty Artículo 59 congrua

Mensaje  Chupatintas Lun Oct 21, 2013 8:18 pm

PUCK, y entonces cual es la razón por la cual los registradores no piden esa ayuda del artículo 59 que refieres?????????????
puck escribió:Para los que se crean la amenaza del descuelgue:

-Ganar menos del 60% NO ES TENER PÉRDIDAS.
- El registrador de la propiedad es un funcionario público amparado por una corporación denominada Colegio de ellos, que tiene un procedimiento expreso para el caso de pérdidas:

Artículo 59 Congrua de los Registradores

Podrán solicitar congrua los Registradores cuyos ingresos, por razón del Registro que sirvan en propiedad o en interinidad, no lleguen a la cantidad fijada por la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos a propuesta de la Junta de Gobierno para atender las necesidades del Servicio, incluyendo los costes del personal y su propia retribución. Consistirá en complementar los ingresos hasta dicha cantidad.

También podrá concederse a aquellos Registradores a los que, por circunstancias objetivas de servicio, la Asamblea de Decanos Territoriales o Autonómicos, a propuesta de la Junta de Gobierno, lo considere conveniente, y con las condiciones que la misma determine.

La liquidación y pago de dicha subvención se hará por trimestres vencidos a partir del día en que tome posesión del Registro y durará el tiempo que se sirva el Registro incongruo.

La petición de congrua se formulará mediante instancia dirigida al Decano, en la que se expresará la fecha de toma de posesión del Registro y los ingresos medios obtenidos en el trimestre anterior.

La solicitud deberá ingresar en el Colegio antes de que transcurran seis meses desde la indicada fecha de posesión o desde que surjan las circunstancias que aconsejen su concesión.

La Junta de Gobierno podrá anticipar a cuenta de la congrua hasta el 50 por 100 de la cantidad en que consista.


Por último, la doctrina jurisprudencial ya ha fijado que el registro como oficina pública no tiene capacidad para acreditar causa objetiva con derivación económica si se demuestra que la actividad del mismo ha aumentado, por ejemplo, con la asunción de los expedientes de nacionalidad, un trabajo al que dignamente se han ofrecido voluntarios a coste cero.

Un saludo.

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Incumplimiento del Convenio Empty ese es el auténtico truco...

Mensaje  puck Lun Oct 21, 2013 9:05 pm

Si no lo piden por que superan los mínimos que se marcan para cubrir sus ingresos y los de sus empleados, cómo pueden alegar pérdidas si están subsidiados para cubrir su remuneración y las de sus empleados y no lo hacen por que no pueden ya que no rebajan los mínimos... Si lo hacen, deben ser ayudados, y entonces, si no lo son, de qué se quejan, y si lo son, cómo cojones pueden decir que son meros empresarios... Digamos que el sistema de arancel y de congruas deja un margen muy estrecho al papel de empresario del registrador a estos efectos... Si no lo son para el 44 ET, tampoco, obviamente para ésto. Un saludo.
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Incumplimiento del Convenio Empty Re: Incumplimiento del Convenio

Mensaje  Chupatintas Lun Oct 21, 2013 10:44 pm

Nítido y preciso. Muchas gracias

Chupatintas

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Incumplimiento del Convenio Empty Re: Incumplimiento del Convenio

Mensaje  avelino3 Dom Oct 27, 2013 1:26 pm

javiergarcia escribió:Pues en mi Registro,los que estamos a sueldo cobramos una mierda y los que están a participación otro tanto. El Registrador ha dicho que no va a cumplir el Convenio y que el lo quiera reclamar se va a la calle via despido por causas objetivas. ¿Qué solución tenemos?. Callar y tragar?. Pues para eso no hace falta ni convenio ni pollas. Que el Gobierno diga que el Registrador en su Registro hace lo que le salga de los cojones y punto. Salud2
Cada registrador debe cumplir el nuevo convenio, aunque evidentemente hay un margen de discrecionalidad. En cada registro hay unas condiciones particulares y el convenio podría llegar a ser muy injusto en muchos casos. La mayoría de los de 2ª, están muy contentos, y los de 1ª que trinan... y no es para menos.. en enero se equiparan todos y salvese quien pueda dependiendo de cada registro. EN estos momentos algunos de 2º, con sueldo elevados, creen q van a pasar a mejor vida, pero si se aplica el convenio en sentido estricto, quizá sea el fin de la vidorra que se pegan... , y quizá no sea tan fácil eso de lo que presumen.. de q ningún contratado va a poder cobrar de lo que van a pasar a cobrar ellos.. jiji
En los registros, como en cualquier otro sector, se remunera según valía, capacitación, y nivel de estudios, y con la ley en la mano, ante cualquier juzgado ya no vale decir "soy auxiliar, no se hacer nada, pero lo dice mi convenio".

avelino3

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Incumplimiento del Convenio Empty Re: Incumplimiento del Convenio

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