Jubilacion....
FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: REGISTRO DE LA PROPIEDAD
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Jubilacion....
Notapor MONTSE el Jue Sep 06, 2007 6:39 pm
¿Que pasa con todos los diferentes empleados (con categoria y sin ella) de un Registro, cuando el Registrador se jubila?
nada de nada
Notapor albertogarcia el Jue Sep 06, 2007 9:27 pm
que viene uno nuevo y se subroga en el personal; en los contratados no sé, pero desde luego en el personal con categorÃa se subroga
se subroga
Notapor Pesan el Vie Sep 07, 2007 8:21 am
El Registrador entrante se subroga en el personal, tanto con categoria como sin ella, que conste en el censo de la Comisión de Vigilancia. En el único personal que creo que no tiene obligación de subrogarse es en el personal contratado que no tenga el BUP o equivalente y, por tanto, no pueda acceder a la categoria de Auxiliar de 2ª. Ese personal se entiende contratado "ad personam" por el Registrador saliente.
Saludos
¿Que pasa con todos los diferentes empleados (con categoria y sin ella) de un Registro, cuando el Registrador se jubila?
nada de nada
Notapor albertogarcia el Jue Sep 06, 2007 9:27 pm
que viene uno nuevo y se subroga en el personal; en los contratados no sé, pero desde luego en el personal con categorÃa se subroga
se subroga
Notapor Pesan el Vie Sep 07, 2007 8:21 am
El Registrador entrante se subroga en el personal, tanto con categoria como sin ella, que conste en el censo de la Comisión de Vigilancia. En el único personal que creo que no tiene obligación de subrogarse es en el personal contratado que no tenga el BUP o equivalente y, por tanto, no pueda acceder a la categoria de Auxiliar de 2ª. Ese personal se entiende contratado "ad personam" por el Registrador saliente.
Saludos
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