MAS DE LOS SABADOS.
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FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: SINDICATO Y CONVENIO
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MAS DE LOS SABADOS.
Cuando estabamos recogiendo firmas para lo de los sabados, se me ocurrió enviar una petición desde la página del Ministerio de Justicia, que como veis, ha caído en saco roto. Estamos a merced de políticos y tecnócratas, y nuestros Jefes, pesan mas que nosotros.
De: "CAC" <CAC@mjusticia.es>
Fecha: 11 de abril de 2011 18:37:05 GMT+02:00
Para:
Asunto: RE: Petición de Contacto
En relación a su correo, el primer párrafo del artículo 360 del Reglamento Hipotecario establece “El Registro estará abierto al público a todos los efectos, incluido el de presentación de documentos, los días hábiles desde las nueve a las catorce horas y desde la dieciséis a las dieciocho horas, sin perjuicio de que los sábados se aplique el régimen establecido por el Ministro de Justicia”. Y el artículo 48.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo (LRJAPyPA), establece que sólo son inhábiles los domingos y los declarados festivos.
Según lo anterior, siendo el sábado día hábil el Registro debe estar abierto al público, con alguna excepción aprobada por el Ministro de Justicia. Debido a esto, por distintas órdenes del Ministerio de Justicia se han ido aprobando la apertura con un horario limitado para determinados sábados e incluso el cierre durante todo el día para un sábado determinado (el siguiente al viernes santo y los del mes de agosto).
Todas las anteriores son excepciones y por lo tanto no sería congruente una Orden Ministerial que permitiera el cierre del Registro todos los sábados del año pues se estaría contraviniendo no sólo el espíritu sino también la letra de la norma. Y esto es así pues el artículo 360 del Reglamento Hipotecario fue modificado por el Real Decreto de 30 de diciembre de 1987, siendo a su vez modificado por la disposición Adicional primera del R.D. 1039/2003, de 1 de agosto, habiendo desaparecido la remisión expresa que se hacia a los Juzgados y Tribunales para la determinación de los días inhábiles, por lo que ha de aplicarse la normativa que resulta del artículo 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA. Además de existir razones de atención a los ciudadanos que exigen que puedan acudir personalmente a la oficina registral los sábados para asuntos de su interés.
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA establece que la Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas, fijarán, con sujeción al calendario laboral oficial, en sus respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. Dicho calendario deberá publicarse antes de comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garantice el conocimiento por los ciudadanos. Así, la Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2010, a efectos de cómputo de plazo (B.O.E. de 9 de diciembre).
Atentamente.
Mientras los Registradores no se vean obligados a la asistencia mediante un control de presencia, nosostros no tendremos nada que hacer y seguiremos trabajando los sabados, o leyendo la prensa, o meditando sobre el bien y el mal.
De: "CAC" <CAC@mjusticia.es>
Fecha: 11 de abril de 2011 18:37:05 GMT+02:00
Para:
Asunto: RE: Petición de Contacto
En relación a su correo, el primer párrafo del artículo 360 del Reglamento Hipotecario establece “El Registro estará abierto al público a todos los efectos, incluido el de presentación de documentos, los días hábiles desde las nueve a las catorce horas y desde la dieciséis a las dieciocho horas, sin perjuicio de que los sábados se aplique el régimen establecido por el Ministro de Justicia”. Y el artículo 48.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo (LRJAPyPA), establece que sólo son inhábiles los domingos y los declarados festivos.
Según lo anterior, siendo el sábado día hábil el Registro debe estar abierto al público, con alguna excepción aprobada por el Ministro de Justicia. Debido a esto, por distintas órdenes del Ministerio de Justicia se han ido aprobando la apertura con un horario limitado para determinados sábados e incluso el cierre durante todo el día para un sábado determinado (el siguiente al viernes santo y los del mes de agosto).
Todas las anteriores son excepciones y por lo tanto no sería congruente una Orden Ministerial que permitiera el cierre del Registro todos los sábados del año pues se estaría contraviniendo no sólo el espíritu sino también la letra de la norma. Y esto es así pues el artículo 360 del Reglamento Hipotecario fue modificado por el Real Decreto de 30 de diciembre de 1987, siendo a su vez modificado por la disposición Adicional primera del R.D. 1039/2003, de 1 de agosto, habiendo desaparecido la remisión expresa que se hacia a los Juzgados y Tribunales para la determinación de los días inhábiles, por lo que ha de aplicarse la normativa que resulta del artículo 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA. Además de existir razones de atención a los ciudadanos que exigen que puedan acudir personalmente a la oficina registral los sábados para asuntos de su interés.
El artículo 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA establece que la Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas, fijarán, con sujeción al calendario laboral oficial, en sus respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. Dicho calendario deberá publicarse antes de comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garantice el conocimiento por los ciudadanos. Así, la Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2010, a efectos de cómputo de plazo (B.O.E. de 9 de diciembre).
Atentamente.
Mientras los Registradores no se vean obligados a la asistencia mediante un control de presencia, nosostros no tendremos nada que hacer y seguiremos trabajando los sabados, o leyendo la prensa, o meditando sobre el bien y el mal.
SERVILIA- Mensajes : 75
Fecha de inscripción : 01/11/2010
Re: MAS DE LOS SABADOS.
Hay que tener presente ( si me equivoco, corregidme ) que la propia Ley Hipotecaria ( que no me la sé de memoria ) hace alusión a que incluso los meses de verano, julio y agosto ( normalmente este último, que es cuando se suele cerrar ) deberían incluso permanecer las oficinas registrales abiertas, cosa que he visto que en la praxis no se da ( que no estoy de parte '' de los de arriba '', tan solo enunció la misma ley que se invoca para evitar lo de los sábados ).
Así que deberían verse obligados a contratar a gente para suplir ese mes, esos 30-45 días que la gente suele cogerse de vacaciones veraniegas, y tampoco lo hacen.
Así que deberían verse obligados a contratar a gente para suplir ese mes, esos 30-45 días que la gente suele cogerse de vacaciones veraniegas, y tampoco lo hacen.
Jo.ma- Mensajes : 14
Fecha de inscripción : 02/04/2011
somos demasiado buenos si dejamos simplemente que nos contesten así
La solicitud de declarar los sábados inhábiles era una propuesta sensata, de sentido común, fundamentada en la situación REAL del país y más concretamente de nuestras oficinas. Fue dirigida al Ministerio de Justicia, lo que evidenciaba una iniciativa popular que no esperaba tener entrada como un RECURSO ADMINISTRATIVO sino que era una SOLICITUD DE UN COLECTIVO fundamentada en el sentido común y las necesidades sociales que pedía una respuesta POLÍTICA a la apertura de los sábados en nuestras oficinas en la actual situación de CRISIS, por parte de las personas que en principio, parece que deberían dedicarse al servicio público entendido como dar respuestas y soluciones al pueblo, en el que, de momento, se permite englobar a los empleados de estas oficinas.
Sin embargo, y a posteriori, la misma contenía una DUALIDAD argumentativa que podía, como de hecho así ha sucedido, hacer que se EVADIERA de una respuesta política, e inducir al error cometido y que fue remitido como contestación por un responsable lento –lo que tardó…-, incompetente –coge un artículo para contestar a una solicitud fundada en ese mismo artículo, vaya desarrollo…- y sin capacidad de lectura –no sabe o no quiere saber qué se pide-.
Esta dualidad consistía en pedir la declaración de sábados inhábiles, bien primero, por directa orden ministerial en uso de su facultad de reglar concretamente los sábados –interpretación del artículo igual de admisible que la que se utiliza para denegar la solicitud-, bien segundo, directamente MODIFICAR ese artículo del Reglamento Hipotecario –se entiende que para dejar claro que los sábados pasan a ser inhábiles-.
Dicha DUALIDAD era una manera de FACILITAR la argumentación técnica para solucionar el problema planteado a través de la posibilidad que establece el artículo 360 del Reglamento Hipotecario, en el que expresamente se FACULTA al Ministerio pueda definir la apertura de sábados; si bien claramente y al final de la misiva, para evitar una desviación cerril, que no por previsible ha dejado de producirse, SINO expresamente se solicitaba la MODIFICACIÓN del artículo 360 del Reglamento Hipotecario.
Recordar que esa facultad se establece literalmente de esta manera: “sin perjuicio de que los sábados se aplique el régimen establecido por el Ministro de Justicia”.
Por ello, EL SEÑOR MINISTRO en vez de estudiar políticamente las posibilidades de realizar un régimen aplicable a sábados, que puede comprender distintas soluciones imaginativas, de las que algunas luego se dirán, se limitó a realizarse una perversión típicamente disfuncional de los burócratas en que se han convertido nuestros políticos, que consistió en derivar una respuesta, primero a nuestra DIRECCIÓN GENERAL, que a su vez contestó a través de su directora general con una respuesta carente de más argumentación técnica que un "sería contradictorio con lo que hemos hecho hasta ahora y técnicamente no pienso estudiar mucho el tema".
Obviamente el funcionario que se encargó de redactar el escrito, en la confianza que semejante chapuza la firme pero no tenga por autora toda una directora general- no era un político, ni siquiera una persona competente y lega, sino tan sólo un señor/a que los viernes se va a su casa y no puede entrar a adoptar decisiones políticas, y que para contestar indebidamente a un RUEGO POPULAR transformado incomprensiblemente –o no tan incomprensiblemente si no somos bienintencionados…- en “RECLAMACION” ADMINISTRATIVA PARA LA ADOPCIÓN DE UNA ORDEN MINISTERIAL, no puede entender de argumentos como que hay crisis, que los gastos atosigan a los empleados de los registros, o que la viabilidad de nuestras oficinas está ahora en entre dicho y por tanto, también nuestros puestos de trabajo.
Por ello, el que de facto preparó la contestación a la Directora, respondió en vez de a lo REALMENTE SOLICITADO, a la parte que podía contestar él –con argumentos pseudo interpretativos de un artículo del Reglamento Hipotecario para evitar la respuesta política a una solicitud en virtud de una necesidad social de los trabajadores de los registros-. En este caso, no es un incompetente peyorativo sino evidentemente funcional, un político le pide que conteste algo que sólo el político debe tener capacidad de decidir y responder….
Nuestra señora directora “firma y se RESPONSABILIZA” una contestación diciendo que NO CORRESPONDE declarar los sábados inhábiles, lo que se argumenta con una base tan endeble como interpretar que siendo el sábado día hábil el Registro debe estar abierto al público, con alguna excepción aprobada por el Ministro de Justicia; esta interpretación evidentemente no es el TEXTO LITERAL del artículo, y le sirvió de fundamento para dar una contestación negativa, tras la reiterativa argumentación de que por ello por distintas órdenes el Ministerio de Justicia ha ido aprobando la apertura con un horario limitado para determinados sábados e incluso el cierre durante todo el día para un sábado determinado (el siguiente al viernes santo y los del mes de agosto).
Además -añado- releyendo el chapucero e insultante escrito, se nos dice "existir razones de atención a los ciudadanos que exigen que puedan acudir personalmente a la oficina registral los sábados para asuntos de su interés". Curioso, ese argumento no se utiliza en ninguna oficina de las que son reguladas por la ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y en esas oficinas curiosamente los ciudadanos no tienen que realizar "asuntos de su interés", de hecho como ciudadano me hubiera gustar "hablar" con la directora general un sábado, pero creo que va a ser que NO.
La huida hacia el artículo 48,1 y 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA, y demás referencias al régimen que en dicha ley se establece para la Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas, no tiene una continuidad en las excepciones que REGLAMENTARIA y "legalmente" se han dado para la existencia de oficinas de registro de entrada y las instrucciones sobre jornadas y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado, que establecen las jornadas y horarios especiales en las oficinas de información y atención al ciudadano y registro, ésto se les ha "olvidado".
Tal vez si la propuesta hubiera venido de otros, y por cauces más oscuros y sibilinos, estos hachas se hubieran dignado a considerar que ese artículo reglamentario permite diferenciar entre todos los días hábiles a los sábados de los demás, entendiendo que respecto a éstos, se pueden tener determinadas iniciativas –ESTABLECER UN RÉGIMEN PARA DICHOS DÍAS COMO SE HA HECHO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Y LAS AUTONÓMICAS-, como por ejemplo un sistema de guardias centralizadas –para entradas de documentación, como ellos bien que se cuidan de tener en su ministerio- o simplemente declararlos de cierre de las oficinas aunque para los plazos recogidos en la legislación hipotecaria se computen como hábiles o inhábiles -según sea más beneficioso para el usuario-, en estos tiempos de crisis… o otras tantas soluciones como registradores y notarios tienen adscritos a esa dirección general, cada día se sabe menos para qué.
Dichas soluciones eran más complejas de lo que parece EN NUESTRAS OFICINAS ya que debían adecuarse al resto de la legislación hipotecaria, que establece deberes y actuaciones a los registradores, si bien y por ello, nada impedía empezar a asumir que una reforma de estas características engloba la inaceptable actual situación del colectivo de los trabajadores de estas oficinas que son en realidad quiénes cargan con el peso de las obligaciones que la ley hipotecaria impone a los registradores y que se limitan a cumplir sus empleados –que no ellos en realidad-.
Por otra parte es lógico que esto haya sucedido, ya que si los propios registradores –salvo honrosas y escasas excepciones, estadísticamente inapreciables-, en su altiva ignorancia, han sido capaces de no sólo no apoyar nuestra correcta iniciativa, sino que parece incluso que algunos, olvidando otros artículos que regulan sus funciones y obligaciones –que con esta propuesta dejarían de incumplir sistemáticamente- han decidido voicotearla; pues qué se puede decir de ese funcionario/a que redactó el escrito que luego firmó una directora general que es conocida en todo el ministerio por ser el alto cargo que está todos los sábados en su puesto para darnos ejemplo de formas y corrección en nuestra función.
Siempre me quedará la duda de si fue la propia Directora la que tuvo a bien contestar personalmente, en cuyo caso, todas las referencias a los tan denostados funcionarios deberían entenderse realizadas a una persona que con semejantes capacidades y conocimientos, y con esa tremenda celeridad en la contestación, se gana un dineral por un puesto que evidentemente debería requerir conocimientos técnicos y jurídicos mayores, aparte de una cierta capacidad de trabajo.
La iniciativa se encontró con esa lamentable contestación, ni fue mía ni por mi adhesión a la misma, que realicé con gusto, ni puedo atribuírmela en mérito e iniciativa, y mucho menos tengo fuerzas para criticar que a la misma no siguiera una RÉPLICA CRÍTICA DIRECTA Y UN ALZAMIENTO SOCIAL DE TODOS LOS QUE LA APOYAMOS.
Hagamos autocrítica, sale muy BARATO MENOSPRECIARNOS Y ASÍ NO VAMOS A NINGUNA PARTE.
Yo os pregunto, si ahora los registradores la retoman por su cuenta, y se acepta, ¿Cómo deberíamos de sentirnos?
Un saludo.
Sin embargo, y a posteriori, la misma contenía una DUALIDAD argumentativa que podía, como de hecho así ha sucedido, hacer que se EVADIERA de una respuesta política, e inducir al error cometido y que fue remitido como contestación por un responsable lento –lo que tardó…-, incompetente –coge un artículo para contestar a una solicitud fundada en ese mismo artículo, vaya desarrollo…- y sin capacidad de lectura –no sabe o no quiere saber qué se pide-.
Esta dualidad consistía en pedir la declaración de sábados inhábiles, bien primero, por directa orden ministerial en uso de su facultad de reglar concretamente los sábados –interpretación del artículo igual de admisible que la que se utiliza para denegar la solicitud-, bien segundo, directamente MODIFICAR ese artículo del Reglamento Hipotecario –se entiende que para dejar claro que los sábados pasan a ser inhábiles-.
Dicha DUALIDAD era una manera de FACILITAR la argumentación técnica para solucionar el problema planteado a través de la posibilidad que establece el artículo 360 del Reglamento Hipotecario, en el que expresamente se FACULTA al Ministerio pueda definir la apertura de sábados; si bien claramente y al final de la misiva, para evitar una desviación cerril, que no por previsible ha dejado de producirse, SINO expresamente se solicitaba la MODIFICACIÓN del artículo 360 del Reglamento Hipotecario.
Recordar que esa facultad se establece literalmente de esta manera: “sin perjuicio de que los sábados se aplique el régimen establecido por el Ministro de Justicia”.
Por ello, EL SEÑOR MINISTRO en vez de estudiar políticamente las posibilidades de realizar un régimen aplicable a sábados, que puede comprender distintas soluciones imaginativas, de las que algunas luego se dirán, se limitó a realizarse una perversión típicamente disfuncional de los burócratas en que se han convertido nuestros políticos, que consistió en derivar una respuesta, primero a nuestra DIRECCIÓN GENERAL, que a su vez contestó a través de su directora general con una respuesta carente de más argumentación técnica que un "sería contradictorio con lo que hemos hecho hasta ahora y técnicamente no pienso estudiar mucho el tema".
Obviamente el funcionario que se encargó de redactar el escrito, en la confianza que semejante chapuza la firme pero no tenga por autora toda una directora general- no era un político, ni siquiera una persona competente y lega, sino tan sólo un señor/a que los viernes se va a su casa y no puede entrar a adoptar decisiones políticas, y que para contestar indebidamente a un RUEGO POPULAR transformado incomprensiblemente –o no tan incomprensiblemente si no somos bienintencionados…- en “RECLAMACION” ADMINISTRATIVA PARA LA ADOPCIÓN DE UNA ORDEN MINISTERIAL, no puede entender de argumentos como que hay crisis, que los gastos atosigan a los empleados de los registros, o que la viabilidad de nuestras oficinas está ahora en entre dicho y por tanto, también nuestros puestos de trabajo.
Por ello, el que de facto preparó la contestación a la Directora, respondió en vez de a lo REALMENTE SOLICITADO, a la parte que podía contestar él –con argumentos pseudo interpretativos de un artículo del Reglamento Hipotecario para evitar la respuesta política a una solicitud en virtud de una necesidad social de los trabajadores de los registros-. En este caso, no es un incompetente peyorativo sino evidentemente funcional, un político le pide que conteste algo que sólo el político debe tener capacidad de decidir y responder….
Nuestra señora directora “firma y se RESPONSABILIZA” una contestación diciendo que NO CORRESPONDE declarar los sábados inhábiles, lo que se argumenta con una base tan endeble como interpretar que siendo el sábado día hábil el Registro debe estar abierto al público, con alguna excepción aprobada por el Ministro de Justicia; esta interpretación evidentemente no es el TEXTO LITERAL del artículo, y le sirvió de fundamento para dar una contestación negativa, tras la reiterativa argumentación de que por ello por distintas órdenes el Ministerio de Justicia ha ido aprobando la apertura con un horario limitado para determinados sábados e incluso el cierre durante todo el día para un sábado determinado (el siguiente al viernes santo y los del mes de agosto).
Además -añado- releyendo el chapucero e insultante escrito, se nos dice "existir razones de atención a los ciudadanos que exigen que puedan acudir personalmente a la oficina registral los sábados para asuntos de su interés". Curioso, ese argumento no se utiliza en ninguna oficina de las que son reguladas por la ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y en esas oficinas curiosamente los ciudadanos no tienen que realizar "asuntos de su interés", de hecho como ciudadano me hubiera gustar "hablar" con la directora general un sábado, pero creo que va a ser que NO.
La huida hacia el artículo 48,1 y 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA, y demás referencias al régimen que en dicha ley se establece para la Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas, no tiene una continuidad en las excepciones que REGLAMENTARIA y "legalmente" se han dado para la existencia de oficinas de registro de entrada y las instrucciones sobre jornadas y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado, que establecen las jornadas y horarios especiales en las oficinas de información y atención al ciudadano y registro, ésto se les ha "olvidado".
Tal vez si la propuesta hubiera venido de otros, y por cauces más oscuros y sibilinos, estos hachas se hubieran dignado a considerar que ese artículo reglamentario permite diferenciar entre todos los días hábiles a los sábados de los demás, entendiendo que respecto a éstos, se pueden tener determinadas iniciativas –ESTABLECER UN RÉGIMEN PARA DICHOS DÍAS COMO SE HA HECHO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Y LAS AUTONÓMICAS-, como por ejemplo un sistema de guardias centralizadas –para entradas de documentación, como ellos bien que se cuidan de tener en su ministerio- o simplemente declararlos de cierre de las oficinas aunque para los plazos recogidos en la legislación hipotecaria se computen como hábiles o inhábiles -según sea más beneficioso para el usuario-, en estos tiempos de crisis… o otras tantas soluciones como registradores y notarios tienen adscritos a esa dirección general, cada día se sabe menos para qué.
Dichas soluciones eran más complejas de lo que parece EN NUESTRAS OFICINAS ya que debían adecuarse al resto de la legislación hipotecaria, que establece deberes y actuaciones a los registradores, si bien y por ello, nada impedía empezar a asumir que una reforma de estas características engloba la inaceptable actual situación del colectivo de los trabajadores de estas oficinas que son en realidad quiénes cargan con el peso de las obligaciones que la ley hipotecaria impone a los registradores y que se limitan a cumplir sus empleados –que no ellos en realidad-.
Por otra parte es lógico que esto haya sucedido, ya que si los propios registradores –salvo honrosas y escasas excepciones, estadísticamente inapreciables-, en su altiva ignorancia, han sido capaces de no sólo no apoyar nuestra correcta iniciativa, sino que parece incluso que algunos, olvidando otros artículos que regulan sus funciones y obligaciones –que con esta propuesta dejarían de incumplir sistemáticamente- han decidido voicotearla; pues qué se puede decir de ese funcionario/a que redactó el escrito que luego firmó una directora general que es conocida en todo el ministerio por ser el alto cargo que está todos los sábados en su puesto para darnos ejemplo de formas y corrección en nuestra función.
Siempre me quedará la duda de si fue la propia Directora la que tuvo a bien contestar personalmente, en cuyo caso, todas las referencias a los tan denostados funcionarios deberían entenderse realizadas a una persona que con semejantes capacidades y conocimientos, y con esa tremenda celeridad en la contestación, se gana un dineral por un puesto que evidentemente debería requerir conocimientos técnicos y jurídicos mayores, aparte de una cierta capacidad de trabajo.
La iniciativa se encontró con esa lamentable contestación, ni fue mía ni por mi adhesión a la misma, que realicé con gusto, ni puedo atribuírmela en mérito e iniciativa, y mucho menos tengo fuerzas para criticar que a la misma no siguiera una RÉPLICA CRÍTICA DIRECTA Y UN ALZAMIENTO SOCIAL DE TODOS LOS QUE LA APOYAMOS.
Hagamos autocrítica, sale muy BARATO MENOSPRECIARNOS Y ASÍ NO VAMOS A NINGUNA PARTE.
Yo os pregunto, si ahora los registradores la retoman por su cuenta, y se acepta, ¿Cómo deberíamos de sentirnos?
Un saludo.
Última edición por puck el Dom Dic 11, 2011 1:25 am, editado 3 veces
puck- Mensajes : 374
Fecha de inscripción : 29/11/2011
Re: MAS DE LOS SABADOS.
Yo os pregunto, si ahora los registradores la retoman por su cuenta, y se acepta, ¿Cómo deberíamos de sentirnos?
Pues nos sentiríamos igual que nos sentimos ahora, es decir: ninguneados, ignorados, sometidos, avasallados, menospreciados,... jodidos, vamos.
norman- Mensajes : 39
Fecha de inscripción : 22/11/2010
Re: MAS DE LOS SABADOS.
Yo os pregunto, si ahora los registradores la retoman por su cuenta, y se acepta, ¿Cómo deberíamos de sentirnos?
De puta madre, -con perdón- , mas vale tarde que nunca, y es verdad no lo conseguimos por culpa de ellos, y si ahora ellos dan el paso, el beneficio es para nosotros, aunque lo hagan para su propio beneficio. No nos engañemos, sábados inhábiles, SEA COMO SEA!!!!.
La exposición de puck es brillante, sólo le faltaría destacar en mayúsculas que ha sido la uncia iniciativa que ha conseguido mas del 90% de Registros de España, y eso en nuestro colectivo es único, y agradezco a todos/as y cada uno/a de los/las compañeros/as que lo hicieron posible, y a esa persona que hizo algo por nosotros en el Ministerio, y que no tiene la culpa de nuestros jefes tocaron a la directora para que dijera que no, después de su esfuerzo!!!.
El otro día, visité a varios compañeros, y hablando con ellos, me di cuenta que el problema es nuestro, y podemos matar a los Sindicatos (SIOYA, SRC, CCOO, UGT, CIGA, y otros), pero los que seguiremos teniendo el problema seremos nosotros. Estuve con un sindicalista (encargado de una sectorial que no es la nuestra) tomando un café, -y me dijo-, cuando la patronal no quiere sentarse a negociar sólo hay un camino, que es llamar su atención publicamente, estáis preparados para llamar su atención?
Un saludo.
jordiempleats- Mensajes : 75
Fecha de inscripción : 02/11/2010
JORDI CUÉNTANOS... CUÉNTANOS....
y a esa persona que hizo algo por nosotros en el Ministerio, !!y que no tiene la culpa de nuestros jefes tocaron a la directora para que dijera que no, después de su esfuerzo!.
De lo que cuentas deduzco que teníamos un TOPO en el ministerio... o sea que es cierto, hay personas que trabajan allí. Además de registradores, notarios adscritos, directoras generales y cargos políticos, hay "curritos" que sintieron piedad de nosotros.... esto merece un emoticón:
me di cuenta que el problema es nuestro, y podemos matar a los Sindicatos (SIOYA, SRC, CCOO, UGT, CIGA, y otros), pero los que seguiremos teniendo el problema seremos nosotros. Estuve con un sindicalista (encargado de una sectorial que no es la nuestra) tomando un café, -y me dijo-, cuando la patronal no quiere sentarse a negociar sólo hay un camino, que es llamar su atención publicamente, estáis preparados para llamar su atención?
Bienvenido al club, mi diagnóstico era el mismo hace 7 años. Tras la huelga me quedé dubitativo, y tras un largo periodo de estudio y concetración mental en mi yo interior , de repente me dí cuenta que no se puede luchar en semejante inferioridad a terreno abierto.
Tengo ideas , pero hoy día pre-examen, intentaré no inquietar al foro, más de lo que ya lo he hecho...
En todo caso yordi, esas cosas deberían de saberse aquí, y REPETIRSE a cada momento que alguién, quién sea, viene a dudar de si nuestros jefes son "bondadosos" para con sus empleados, y así no sería necesario que yo tuviera que salir a dejar claro quién es el enemigo cada vez que leo que si los pobres registradores no pueden hacer otra cosa que..., que al principio me parecía sencillo, pero no me dí cuenta de la cantidad de curro que iba a tener, oye.
Un saludo.[b][u]
puck- Mensajes : 374
Fecha de inscripción : 29/11/2011
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