Artº 288 L.H. y artº 548 R.H.
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FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: REGISTRO DE LA PROPIEDAD
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Artº 288 L.H. y artº 548 R.H.
Artículo 288 L.H.
"Los Registradores no podrán ausentarse del punto de su residencia oficial en los días no feriados y durante las horas de oficina sino en los casos siguientes:
Cuando tuvieren que hacerlo con objeto de entregar los fondos recaudados por el impuesto de derechos reales y transmisión de bienes o por otra justa causa, pero dando parte por medio de comunicación al Presidente de la Audiencia, así del día en que se ausenten como del motivo que a ello les obliga, y dejando al sustituto encargado del Registro. En estas ausencias no podrán invertir más que el tiempo que prudencialmente necesiten para cumplir aquel deber o para atender a la causa que las motiva, dando conocimiento al mismo Presidente de su regreso.
Cuando hayan obtenido licencia. La Dirección podrá concedérsela por el plazo máximo, en cada año, de dos meses, siempre que, a su juicio, medie justa causa. El Ministro podrá prorrogar este plazo por otro mes.
Los Presidentes de las Audiencias darán cuenta inmediata a la Dirección de la fecha en que se ausenten y regresen los Registradores."
"Los Registradores no podrán ausentarse del punto de su residencia oficial en los días no feriados y durante las horas de oficina sino en los casos siguientes:
Cuando tuvieren que hacerlo con objeto de entregar los fondos recaudados por el impuesto de derechos reales y transmisión de bienes o por otra justa causa, pero dando parte por medio de comunicación al Presidente de la Audiencia, así del día en que se ausenten como del motivo que a ello les obliga, y dejando al sustituto encargado del Registro. En estas ausencias no podrán invertir más que el tiempo que prudencialmente necesiten para cumplir aquel deber o para atender a la causa que las motiva, dando conocimiento al mismo Presidente de su regreso.
Cuando hayan obtenido licencia. La Dirección podrá concedérsela por el plazo máximo, en cada año, de dos meses, siempre que, a su juicio, medie justa causa. El Ministro podrá prorrogar este plazo por otro mes.
Los Presidentes de las Audiencias darán cuenta inmediata a la Dirección de la fecha en que se ausenten y regresen los Registradores."
Artículo 548 R.H.
"Los Registradores residirán en la capital del Registro, y sólo podrán ausentarse de ella en los días no feriados y durante las horas de oficina, cuando hubieren obtenido licencia de la Dirección, prórroga del Ministro de Justicia o nombramiento para desempeñar alguna comisión o agregación de las autorizadas por la Ley o por este Reglamento.
Las ausencias para la entrega de fondos recaudados por el Impuesto de Derechos Reales o por otra causa justa se ajustarán estrictamente a lo dispuesto en el caso 1 del artículo 288 de la Ley Hipotecaria. Las ausencias por justa causa no excederán de ocho días, y durante el año no se podrán utilizar mas de cuatro."
"Los Registradores residirán en la capital del Registro, y sólo podrán ausentarse de ella en los días no feriados y durante las horas de oficina, cuando hubieren obtenido licencia de la Dirección, prórroga del Ministro de Justicia o nombramiento para desempeñar alguna comisión o agregación de las autorizadas por la Ley o por este Reglamento.
Las ausencias para la entrega de fondos recaudados por el Impuesto de Derechos Reales o por otra causa justa se ajustarán estrictamente a lo dispuesto en el caso 1 del artículo 288 de la Ley Hipotecaria. Las ausencias por justa causa no excederán de ocho días, y durante el año no se podrán utilizar mas de cuatro."
¿Alguien me podría confirmar si estos dos artículos están vigentes? Creo que sí, pero como casi ningún Registrador los cumple...
Habría que denunciar el incumplimiento de estos dos artículos, y así los Registradores se verían obligados a solicitar la modificación de la Ley Hipotecaria y su Reglamento, pudiendo modificar de paso el horario de apertura de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España.
Es solo una idea, pero entendedme, es sábado y estoy de guardia, no tengo documentos para despacho ni personas que atender en recepción ni por teléfono. Y mi jefe estará con su familia disfrutando de su merecidísimo fin de semana tras haber ido dos días al Registro en toda la semana, a razón de 2 o 3 horas por día.
Habría que denunciar el incumplimiento de estos dos artículos, y así los Registradores se verían obligados a solicitar la modificación de la Ley Hipotecaria y su Reglamento, pudiendo modificar de paso el horario de apertura de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España.
Es solo una idea, pero entendedme, es sábado y estoy de guardia, no tengo documentos para despacho ni personas que atender en recepción ni por teléfono. Y mi jefe estará con su familia disfrutando de su merecidísimo fin de semana tras haber ido dos días al Registro en toda la semana, a razón de 2 o 3 horas por día.
Nabucodonosor- Mensajes : 12
Fecha de inscripción : 28/10/2010
Re: Artº 288 L.H. y artº 548 R.H.
Te entiendo, te comprendo, me pongo de tu lado, pero ese no es el problema.
El problema somos nosotros. Nosotros nos pisoteamos por todo, por nada...
Tú has estado este fin de semana de guardia... A mí me toca ésta, pero no estamos uno solo, estamos CUATRO personas, para no hacer nada, porque el encargado, que es como los toreros, el que más se arrima, le sale de sus santos webs que vengamos CUATRO cada fin de semana. Así se escaquea más y está entre el viernes por la tarde y el sábado TODO EL DÍA EN LA CALLE, y si se lo dices, porque se lo dices, te contesta mal y con saña "que yo doy más horas que nadie aquí" y encima el ser supremo, no el que tenemos ahora, sino TODOS, le rien la gracia, porque cuando por una casual casualidad llama a horas que ya no tiene que haber nadie en el curro, resulta que él si está, haciendo lo que le da la gana... Lo primero, respetarnos nosostros, después el horario, y después, ponernos de acuerdo entre tod@s y conseguir lo que consiguen otros colectivos, pero siempre pasa lo mismo... estamos coaccionados por el sistema retributivo. Y ahora que estamos tan mal económicamente, los que han estado "muy bien" ahora están bien, y los que han estado regular "están fatal", y seguro que hay mucha más gente que está fatal que la que está bien, y posiblemente lleguemos a un acuerdo "por lo bajini" porque a esto hay que darle una solución YA.
Un saludo.
El problema somos nosotros. Nosotros nos pisoteamos por todo, por nada...
Tú has estado este fin de semana de guardia... A mí me toca ésta, pero no estamos uno solo, estamos CUATRO personas, para no hacer nada, porque el encargado, que es como los toreros, el que más se arrima, le sale de sus santos webs que vengamos CUATRO cada fin de semana. Así se escaquea más y está entre el viernes por la tarde y el sábado TODO EL DÍA EN LA CALLE, y si se lo dices, porque se lo dices, te contesta mal y con saña "que yo doy más horas que nadie aquí" y encima el ser supremo, no el que tenemos ahora, sino TODOS, le rien la gracia, porque cuando por una casual casualidad llama a horas que ya no tiene que haber nadie en el curro, resulta que él si está, haciendo lo que le da la gana... Lo primero, respetarnos nosostros, después el horario, y después, ponernos de acuerdo entre tod@s y conseguir lo que consiguen otros colectivos, pero siempre pasa lo mismo... estamos coaccionados por el sistema retributivo. Y ahora que estamos tan mal económicamente, los que han estado "muy bien" ahora están bien, y los que han estado regular "están fatal", y seguro que hay mucha más gente que está fatal que la que está bien, y posiblemente lleguemos a un acuerdo "por lo bajini" porque a esto hay que darle una solución YA.
Un saludo.
ferrari- Mensajes : 28
Fecha de inscripción : 28/10/2010
Localización : Andalucía
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