FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA
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NOMINAS ENERO

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Mensaje  Admin Dom Oct 17, 2010 12:56 pm

Notapor JAVIER V-17 el Jue Ene 15, 2009 10:21 am

Hemos empezado año nuevo y dada la situación de crisis en la que estamos inmersos, creo que es el momento para replantear la cuestión de las nóminas. Tema que creo fundamental.

Hay muchos compañeros que, a partir del verano pasado han estado cobrando casi nada, por no haber casi ni para sueldos. Acudieron a su registrador respectivo en busca de ayuda y comprensión de su situación, con la esperanza de que al menos les abonase esos salarios mínimos garantizados que, aunque sean una ridiculez, siempre son algo mas que los 300€ que han salido ese mes. Recibieron como respuesta algo similar a “El salario mínimo garantizado lo es en cómputo anual y Vd. ya ha recibido en lo que lleva de año mas de ese mínimo. Por lo tanto, con los 300 € de este mes, tiene mas de lo que le corresponde.”

Pienso que parte de esta situación es derivada de la mala confección de las nóminas.

Veamos lo que ha ocurrido en las NOMINAS:
Hasta ahora, (al menos en el Registro donde estoy y en los de mi alrededor), en el apartado I. DEVENGOS en el concepto de Salario base se pone la cantidad que ha salido el mes. Si el mes ha sido abundante, el salario base es alto y si el mes ha salido escaso, el salario base es bajo. Creo que no hemos estado haciendo lo correcto para seguir con el Convenio de m….. que tenemos en materia de salarios mínimos.

Pienso que el salario base debe ser el salario mínimo garantizado establecido y lo demás que nos corresponde por nuestro porcentaje debe ponerse, al igual que la antigüedad, en el apartado de Complementos salariales.

¿Qué se consigue con esta pequeña modificación? Pienso que algo importante. Diferenciar de nuestros emolumentos, la parte que el registrador tiene que abonarnos obligatoriamente y la parte que, obligatoriamente también, nos abona por nuestro porcentaje.

Como he dicho al principio de este escrito, estamos en año nuevo. Por ello las nóminas de este mes de ENERO deben confeccionarse de este modo. Así, siguiendo el Convenio y el acuerdo que se adoptó por el Pleno de la Comisión de Vigilancia y Seguimiento, para poblaciones superiores a 100 mil habitantes, corresponde a cada Oficial: 1.120 € y a cada Aux. 1ª: 910 € de salario mínimo mensual.
Si este mes de Enero sale una cantidad superior, en el salario base figurarán los 1.120 € y en Complementos salariales lo restante en concepto de PARTICIPACION. Si por el contrario sale una cantidad inferior, en el salario base figurarán los 1.120 € y nada mas.
¿Qué pasará cuando, después de 2 ó 3 meses cobrando algo por el concepto de PARTICIPACION, algún mes posterior salga a cobrar una cantidad ridícula que no cubra ni por asomo el salario mínimo? Creo que debemos seguir percibiendo el salario base (salario mínimo) sin que lo cobrado en meses anteriores por el concepto de PARTICIPACION, sea el saco donde esté el dinero donde compensar lo cobrado mas otros meses.

Me gustaría saber opiniones de compañeros que sepan de este tema. Puedo estar equivocado y puedo estar planteando situaciones que mas que beneficiarnos nos perjudiquen. Estoy seguro que muchos de los que escribís por este foro, podéis dar mas luz. Nos interesa a todos/as.

Os doy las gracias anticipadamente y será bueno que se debata en profundidad.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor tboooo el Jue Ene 15, 2009 12:19 pm
con respecto a las nóminas, tengo una duda aparte del salario mínimo, en los casos de meses que haya que pagar los gastos de nuestros bolsillos, como se reparte estos gastos entre los empleados en participación?

¿el que tenga menos puntos es el más perjudicado porque no tiene una porcentaje por participación que le permita llegar por lo menos a una retribución mínima o que? ?se puede dar que el que tenga mayor participación pueda cobrar ese mes unos 300€ y el que tenga menos deba -300€.???


Re: NOMINAS ENERO

Notapor Romeretes el Jue Ene 15, 2009 9:42 pm

"con respecto a las nóminas, tengo una duda aparte del salario mínimo, en los casos de meses que haya que pagar los gastos de nuestros bolsillos, como se reparte estos gastos entre los empleados en participación?"

.

No entiendo lo que planteas, o bien, resulta que en el mes a que te refieres, no se ha facturado nada de nada y solamente hay gastos.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor charlie el Jue Ene 15, 2009 9:49 pm
Si no he entendido mal tu propuesta, Javier, lo que tú pretendes es deslindar el concepto "Salario base" del concepto "Gratificaciones extraordinarias" o "Incentivos".

Si eso es así, tu propuesta sería un arma de doble filo: si bien es cierto que se definirían con toda claridad los "salarios base" de cada trabajador, a efectos de la Seguridad Social nos podríamos encontrar que, para aquellos casos en que los ingresos anuales de un trabajador superaran los mínimos establecidos en el Convenio, la cotización a la TGSS se habría reducido a la mínima expresión.

Si, por el contrario y como se viene haciendo hasta ahora, incluimos todos nuestros ingresos en el concepto "salario base", seguimos cotizando por lo que realmente cobramos y, por tanto, la cobertura que recibimos de la TGSS en caso de bajas, accidentes, jubilaciones, etc., es la más alta posible.

Para remediar el problema de los 300 euros lo que tiene que hacer el Registrador es pagar mes a mes los sueldos mínimos, que es lo que dijo la Resolución de la Comisión de Vigilancia de marzo de 2003 y es lo que dicta la lógica, el sentido común y la decencia humana, de las que estos señores parecen carecer.

Un saludo.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor JAVIER V-17 el Vie Ene 16, 2009 9:02 am
CHARLIE:
Quizás no me haya expresado bien o lo que haya dicho no sea conveniente, como tu dices. Pero veo que no hay desventaja alguna si se hace como digo que debería hacerse.

Yo he dicho que si ponemos en el concepto de salario base, el salario mínimo establecido por el Convenio y por la Comisión de Vigilancia y la diferencia entre este y lo que corresponde como complemento salarial, con vistas a la Seguridad Social será lo mismo, pues se cotiza por el total percibido, no solo por el salario base, ¿o no…?

Veamos con dos ejemplos:

PRIMERO: Un mes “bueno”:
Al Oficial le corresponde por su participación 3.000 € mas 120 € de antigüedad. En la nómina sería:

Con el sistema que se está haciendo hasta ahora:
Salario base: 3.000 €
Complementos salariales:
Antigüedad 120 €
Por su participación: -- -- €
TOTAL A PERCIBIR: 3.120 €

Con la fórmula planteada:
Salario base: 1.200 €
Complementos salariales:
Antigüedad 120 €
Por su participación: 1.800 €
TOTAL A PERCIBIR: 3.120 €

Según creo, y me gustaría que quien lo supiera cierto lo confirmara, a todos los efectos ese oficial cobra y paga su cotización a la Seguridad Social por 3.120 € por lo que a efectos de bajas, jubilaciones, accidentes, ese montante total, será el que se tendrá en cuenta. En ambos sistemas cobra lo mismo

SEGUNDO: Un mes “malo”
Al mismo Oficial le corresponde por su participación 400 € mas 120 € de antigüedad. En la nómina sería:

Con el sistema que se está llevando hasta ahora:
Salario base: 400 €
Complementos salariales:
Antigüedad: 120 €
Por su participación: -- --
TOTAL A PERCIBIR: 520 €

Con la fórmula planteada:
Salario base: 1.200 €
Complementos salariales:
Antigüedad: 120 €
Por su participación: -- --
TOTAL A PERCIBIR: 1.320 €

Aquí si que hay diferencias entre una manera y otra a todos los efectos: En primer lugar el económico, pues de cobrar 520 € a 1.320 € y en segundo lugar a los efectos de bajas, accidentes, jubilaciones, etc… también, pues de la primera forma se cotiza por 520 € y de la segunda por los 1.320 €.

Realmente no sé si perjudica o beneficia esta fórmula, pues en caso de acudir a algún tribunal de trabajo, es posible que se hable de cantidades que figuran en el salario base y se entienda que los complementos por TU PARTICIPACION no formen parte de tu sueldo.

A ver si hoy hablo con la Gestoría que nos tramita la documentación para la Seguridad Social y me saca de dudas. Cuando sepa algo lo dejaré aquí para conocimiento general.

Re: NOMINAS ENERO

Notapor matilde el Vie Ene 16, 2009 6:25 pm
por lo que he leído, y como siempre, poco o nada os importa a los oficiales la situación que estamos teniendo los contratos y los auxiliariares de 2ª...

Re: NOMINAS ENERO

Notapor JAVIER V-17 el Sab Ene 17, 2009 11:42 am
Para matilde:

No vees mas allá de tus gafas. Ves la pajita en el ojo ajeno y no ves la viga de madera que tienes en el tuyo.

Tu eres de las que: Los árboles no te dejan ver el bosque.

Te crees el ombligo del Personal Auxiliar.

Desde luego, personas como tú no sé que haceis por aquí.

¿Nunca te han dicho aquello de ¡Callaidta estás mas guapa!?. Pues eso. Sigue así, por favor.

Gracias.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor yimou el Dom Ene 18, 2009 11:23 am
Hola a todos, compañeros:
Llevo unos cuantos meses siendo lector asiduo de este foro, y ésta es la primera vez que me decido a participar. Soy empleado de Registro -de forma legal- desde hace algo más de doce años, aunque lo fui sin papeles durante períodos vacacionales durante casi un par de lustros, en el instituto y mientras estudiaba la carrera de derecho. Sí, a mi también me parece irónico que para ayudar a la familia a salir adelante un estudiante de leyes formara parte de la economía sumergida, pero esa era la España de Felipe González y a la que, me temo, nos encaminamos ahora.
No hace falta decir que me encuentro en la misma situación de preocupación y desesperanza que la mayoría de los que ya escribís aquí, ya lo hagáis desde hace tiempo, ya de forma reciente. Creo que vuestros posts han creado un verdadero colectivo con espíritu propio, algo que no existe en ninguno de los Registros que yo conozco -porque trabajo en un lugar donde hay unos cuantos-; así que, sinceramente, creo que nuestra deuda con el administrador de este foro es enorme, casi tan grande -a escala registral- como la que el mundo tiene con las mentes brillantes -cuya identidad desconozco- que hicieron posible la revolución que ha supuesto la implantación de internet como el medio de intercomunicación social más importante del mundo en que vivimos. Creo que también merece un reconocimiento especial el ponente Charlie: no por sus ideas concretas, con las que se puede o no estar de acuerdo; ni siquiera por el amor a esta profesión, que subyace en todas sus intervenciones -entusiasmo profesional que, por lo que a mí respecta, es ahora estoicismo, deviniendo de forma acelerada en verdadero asco-. No, lo realmente admirable es su omnipresencia, su encomiable esfuerzo en sintetizar y expresar tanto la información privilegiada de que dispone como sus opiniones, y la serenidad a la hora de encajar, estudiar y compartir las del resto de los participantes. Charlie, es usted el alma de este foro (te digo lo de usted sólo para enfatizar mi respeto hacia ti, compañero). Así que como pago a los meses que he estado recibiendo información y esperanza creo que debo, cuando menos, colaborar con este foro en lo que pienso que puedo ser útil.
Dicho esto entro de lleno en el objeto de mi intervención, que es de carácter técnico y relativa a esta discusión. En mi trabajo llevo tiempo encargándome de las nóminas, seguridad social y recursos humanos en general. Por supuesto que no soy un experto en derecho laboral, pero sí sé unas cuantas cosas, al menos en cuanto al tema salarial. En este aspecto concreto nuestro convenio vigente, así como el escasísimo desarrollo que le ha dado la ahora inexistente comisión de vigilancia, pecan de una indefinición tan grande que, si bien en los momentos en que todo marchaba bien -es decir, hasta hace no mucho- no planteaba problemas, en épocas como la que estamos sufriendo es, literalmente, una trampa mortal, una telaraña en la que las moscas -oséase nosotros- no tenemos posiblidad ninguna de supervivencia, quedando completamente a merced de la buena o mala voluntad del depredador arácnido que teje la letal red -ya se sabe quién es ese-. No hace falta que explique cómo se han venido confeccionando las nóminas del personal a porcentaje en la mayoría de los Registros -también en el mío- hasta ahora, porque ya lo han expuesto perfectamente otros compañeros en este y otros hilos del foro.
En cuanto a la posibilidad de hacerlo de otra manera, y con la salvedad -discutible- que al final expondré,y que podría suponer una sustancial mejora en algunos casos, no nos encontramos en un escenario que pueda calificarse precisamente como bueno. Se ha hablado aquí de la posibilidad de diferenciar un salario base -constituido por mínimos- y una participación. Voy a referirme a ello sólo desde el punto de vista técnico, obviando la discusión sobre su justicia o injusticia para unas categorías y otras. Efectivamente es una posibilidad encajable en el convenio colectivo pero, en el caso de optar por ella, no existen variantes o alternativas para su aplicación, pues la única modalidad posible es la siguiente:
En primer lugar se cierra el mes, se descuentan los gastos, se separan el cuarenta y el sesenta y, a continuación, independientemente de que el 40% sea o no suficiente para pagar al personal a sueldo -cuyos emolumentos nunca pueden ser menores de un año a otro, sino únicamente mantenerse o mejorar, salvo que el empresario tramite los despidos objetivos o expedientes ante las autoridades correspondientes que le habiliten para ello, o incurra en impago que se reclamará como corresponda-; pues bien, en ese caso se paga primero al personal a sueldo -en su totalidad, pues el convenio está reconociendo, como es de justicia, que, si no participan en lo bueno, tampoco lo hacen en lo malo-; después, también independientemente de que quede o no quede nada del 40%, hay que pagar a cada uno de los que están a porcentaje los salarios mínimos establecidos en su día por la comisión de vigilancia, lógicamente prorrateando el total anual -catorce pagas- en doce mensualidades, ya que el personal a porcentaje no suele cobrar extras. Todo ello puede recaer en el 40%, si da para ello, o en la parte del Registrador si la masa salarial no es suficiente. Este pago de los mínimos se hará en todo caso, porque estos mínimos no se pueden compensar más adelante por el empresario, incluso en el caso de que vinieran meses buenos que lo permitieran.
En el caso de que -una vez deducidos los mínimos de los partícipes y los sueldos de los que no están a participación- quede algo en el 40%, dicho resto se repartirá entre el personal a porcentaje de acuerdo con la cuota que tiene asignada. Y, una vez terminado el ejercicio anual, y sólo en este momento, hay que comprobar si alguno de los de porcentaje ha ganado menos en cómputo anual que el que menos gana de los contratados y, caso de que así ocurra, completar su sueldo hasta igualarlo con aquél -lógicamente a costa del Registrador, porque si se da este caso es porque la masa salarial no ha sido suficiente- y, además, realizar las liquidaciones complementarias necesarias a la Seguridad Social -rezando porque los funcionarios de la Tesorería entiendan cuál es la razón del retraso y no impongan a tu jefe una sanción que te cueste tu puesto de trabajo-. Obviamente parece claro lo que resulta legalmente garantizado para el que está a porcentaje: únicamente lo que cobre el que menos cobra de los contratados, y eso si el jefe de turno lo cumple, porque en otro caso te toca ir a juicio, aunque creo que la empresa lo perdería, porque esta interpretación parece incuestionable e indiscutible, salvo lo que digo a continuación, que pongo en punto y aparte por su importancia.
Existe reiterada jurisprudencia laboral -ahora no puedo daros datos concretos, pero se puede encontrar en http://www.expansionyempleo.com y posiblemente se recogerá en alguna otra web que trate temas laborales- en el sentido de que un trabajador, cuando asciende de categoría, no puede empeorar su situación económica; lo que, a sensu contrario significa que, en todo caso, cualquier trabajador debe tener como sueldo base, es decir, sin contar la antigüedad y otros posibles complementos, al menos lo mismo -o lógicamente algo más- que el que más gane de los que integran la categoría inmediatamente inferior. Es decir, un auxiliar de 2ª tiene que cobrar obligatoriamente tanto o más que el que más cobre de los contratados y, de ahí para arriba se aplica la misma regla. Ahora bien, esa es sólo mi opinión, que podría no sostenerse en un eventual proceso laboral.Bueno, espero haber sido de utilidad en esta discusión. Todo lo que explicado es únicamente la interpretación que yo creo que se puede dar al convenio colectivo vigente. Repito que no soy experto en derecho laboral, y que cualquiera puede tener una opinión diferente de la mía. Un saludo para todos y ánimo, que falta nos hace.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor yimou el Dom Ene 18, 2009 11:55 am
Ya sé que mi intervención anterior fue muy larga, pero debo completarla porque se me olvidó explicar, en apoyo de la tesis final, lo relativo a las indemnizaciones en caso de despido objetivo, por ejemplo cuando éste se basa en causas económicas -descenso de los ingresos que no permite la rentabilidad de la empresa-. Estas indemnizaciones -20 días de salario por año trabajado con el límite de 12 mensualidades, como mínimo- suelen tener como base el salario medio anual de los doce meses anteriores. Lo que quiere decir que la interpretación del Tribunal Supremo garantiza que, tras un año malo económicamente, no resulta más barato despedir a un trabajador de categoría superior que a uno de categoría inferior.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor JAVIER V-17 el Dom Ene 18, 2009 7:11 pm
Muchas gracias, Yimou por tu aportación. Me ha servido de mucho.

La imprimiré y leeré con mas detenimiento, pues quiero analizar etapa a etapa lo que expones, pero después de 2 lecturas lo encuentro totalmente equánime.

Además, el Viernes contacté con el Gestor y le pregunté si había alguna variacion poniendo como salario base el total percibido o el salario mínimo y el resto (caso de haberlo) como Complemento salarial. Me dijo que daba igual a todos los efetos, como tu dices, y al comprobar que tu opinas lo mismo, pues me quedo mas confiado.

Una duda, que me gustaría me respondieras, si sabes y/o puedes: Yo hablo de poner en SALARIO BASE el SALARIO MINIMO, que puede o no ser lo mismo. ¿A tu entender sería posible que en el sitio donde pone salario base, se podría exigir al Registrador que ponga el salario mínimo aprobado por la Comisión o el que se acuerde ahora?

Lo que no me gusta es lo que has indicado en el párrafo añadido en post aparte, pero es la auténtica realidad.

Quedo a la espera de tu colaboración.

Un saludo. Javier V-17


Re: NOMINAS ENERO

Notapor yimou el Dom Ene 18, 2009 7:47 pm
Para Javier V-17:
En primer lugar me alegro de que estés de acuerdo conmigo, y además ahora me doy cuenta que por supuesto yo también debo confirmarte que, en el escenario de que hablamos, los complementos salariales como el porcentaje y la antigüedad forman parte junto con el salario base, a todos los efectos de cotización, del propio "salario".
Respecto de la pregunta que me haces, tengo las mismas dudas que tú. Me imagino que en el acuerdo que adopten los sindicatos y la patronal deberían aclarar ese extremo. Si no, va a dar igual lo que aprueben porque, como exista ambigüedad, lo que ocurrirá es que en la práctica no se producirá cambio alguno del sistema actual.
En otro orden de cosas, creo que el acuerdo de marras debería haberse forzado cuando las cosas iban bien. Negociar cuando las cosas van mal te sitúa en posición de desventaja frente a quien conoce tu debilidad. Nosotros estamos ahora mismo como una población sitiada por el enemigo durante interminables meses de asedio, sin víveres y sin fuerzas. Y además con el agravante, que ya he expuesto en otro hilo del foro, de que no creo que haya un ejército de refuerzo, puesto que creo que el personal sin porcentaje -que es muy numeroso- no tiene ningún motivo para apoyar las posibles movilizaciones que se decidan, pues un acuerdo a favor de los de participación puede suponer un peligro potencial para sus puestos de trabajo.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor charlie el Dom Ene 18, 2009 9:04 pm

no creo que haya un ejército de refuerzo, puesto que creo que el personal sin porcentaje -que es muy numeroso- no tiene ningún motivo para apoyar las posibles movilizaciones que se decidan, pues un acuerdo a favor de los de participación puede suponer un peligro potencial para sus puestos de trabajo.



Si, tal y como dicen las malas lenguas, los sindicatos de nuestro gremio sólo representaran a la parte del personal a participación, nada habría sido más fácil que llegar a la drástica solución de 'aliviar' el porcentaje pactando con los Registradores un buen número de despidos convenidos, no demasiado costosos para los bolsillos de ambos sectores.

Puesto que tal cosa no ha sucedido (antes bien, el SIOYA ha exigido datos objetivos con el propósito de controlar la supuesta procedencia de los despidos), hemos de suponer que el planteamiento que se hace en esta crisis es que TODOS somos empleados del Registro y que TODOS debemos tener salarios dignos que, además, deben ser completados por quien dispone del 60% de beneficios empresariales.

La cuestión no ofrece ninguna duda: un señor que gana 18.000 euros mensuales netos no puede ratearles 4.000 euros a sus empleados.

Un saludo.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor quenopaselodel93 el Dom Ene 18, 2009 9:38 pm
Charlie, tranquilo no te enciendas, al menos tu no!!!.

Antes el despido de contratados podia aliviar algo, ahora sin documentos, la verdad es que no implica nada para los de participación (menos de nada es nada), todo lo contrario encima aún nos tocará pagarlos, aunque se que no nos corresponde, pero no te engañes Charlie si el Registrador dice que va al 40%, quien será el Oficial prehistorico que le dice que no? a los Auxiliares de Primera solo nos que ir a magistratura, y si no tienes un duro como vas? mejor opción es la que se propone en el otro post, hacer pública nuestra situación, necesitamos a un buen orador, que tal GUSTAVO LOBETO.

Un saludo.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor yimou el Dom Ene 18, 2009 10:21 pm
A Charlie: antes de nada te reitero mi admiración. No quiero hacerte la pelota, creo que es sentimiento general de este foro.
A Charlie y a quenopase...: yo también estoy a porcentaje, aunque llevo poco tiempo, así que no he participado de lo bueno y me voy a comer lo malo.
A los dos nuevamente: no dudo de la buena voluntad actual del SIOYA en defender los puestos de trabajo. Yo no soy de Comisiones ni me he planteado afiliarme a ellos, pero estoy seguro de que los que están a sueldo no confían con carácter general en la fuerza sindical -en ninguna de las implicadas en nuestro ámbito-, por lo menos según lo que oigo en mi ciudad. Es más, el planteamiento que escucho sin parar es el siguiente: "si al que le tocaba cobrar según su participación 300 euros ahora le van a dar 1.800, ¿de dónde va a salir la diferencia de 1.500?" No hace falta ser laboralista para hacer la cuenta de la vieja y deducir que el que tiene el dinero -el Registrador- va a intentar no perder, o perder lo menos posible. Puede que alguno de los registradores no lo haga, pero a muchos sí les duelen esos 1.500, tenedlo por seguro, y lo sabéis tan bien como yo. Y tampoco me digáis que los de porcentaje no notan la diferencia, porque la tienes ahí. Es más, me dáis la razón: cuando las cosas iban bien no se notaba la diferencia por subir los sueldos de acuerdo con el IPC, y no he visto que los sindicatos lucharan para que esa subida fuera obligatoria.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor yimou el Dom Ene 18, 2009 11:07 pm
Otra vez me ha pasado que no he explicado bien la última parte de mi post anterior, esto es, lo de la diferencia entre lo de los 300 y los 1.800. Supongo que tenía prisa en contestar. Habrá alguno que piense que la diferencia a mi favor de 1.500 sale del 40%. Supongo que pensándolo detenidamente, se dará cuenta de que no, pero por si acaso lo voy a explicar, ya que yo hago nóminas: bueno, partimos de que a mí este mes me toca cobrar 300: casi todos tienen más porcentaje que yo, pero ninguno tiene cinco veces más que yo. Aun así, vamos a suponer que hay uno -o varios- que lo tienen, así que le/s toca cobrar 1.500. En el acuerdo de sueldos resulta que a mí me toca cobrar 1.800 y a los oficiales 2.400. Está claro que la diferencia a mi favor no sale del 40%, ni tampoco la diferencia a favor de los oficiales, porque en el 40% sólo hay para darme a mí 300 y a ellos 1.500. Para que la diferencia a mi favor saliese del 40% sería necesario que los oficiales cobrasen, al menos, bastante más de 2.400 -y eso sería bastante más de cinco veces mi porcentaje-. El auxiliar de segunda cobra, pongamos, 1.300, que salen del 40%. Si el registrador tiene que pagarme a mí 1.500 más de lo yo ganaría, y que no están en el 40%, lo lógico es que quiera que esa diferencia sí esté en el 40%, o la mayor parte de ella; y no sólo la mía, sino también la de los demás, así que si despide a los que no tienen porcentaje sale ganando indudablemente, o pierde menos.
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Mensaje  Admin Dom Oct 17, 2010 12:56 pm


Re: NOMINAS ENERO

Notapor quenopaselodel93 el Dom Ene 18, 2009 11:48 pm
Yimou ---- Deberias leer la propuesta del nuevo convenio de SIOYA, entenderias un poco de donde se plantea reducir los gastos del 40%, que pasen al 60%, pero hasta que llegue ese momento se pide que de su 60% paguen la diferencia, que en muchos casos si no pasaran segun que gastos ya llegarian a pagarnos no?, tu haces las cuentas que te voy a contar, - Charlie, si me equivocado en algo del nuevo convenio, por favor rectificame -, esta claro que deben pagarnos de su 60% si el 40% no da para cobrar, haz numero en computo anual, en mi Registro hay gente a sueldo cobrando casi como el sueldo que se propone a los oficiales, si es sontenible para pagar a estas personas por que no lo va a ser para pagarnos al resto. Te piensas por un momento que si despide a una persona podrá hacer frente a todo, si cada mes de su bolsillo debe poner una media de 6 oficiales * 2480E = 17369E y 3 Auxiliares de Primera* 1880 = 6580, */- 24000 Euros mensuales, cuanto meses debera pasar para amortizar un despido, deberia despedir a 10 para mensualmente lo notara el 40%, hablamos de un Registro grande ido a menos, 400 documentos mes.
Tu sabes mas de numeros, si cuentas anualmente y con la Seg Soc, puede salir bien, con un credito a 5 o 10 años, pero se arriesga a despachar fuera de plazo, si remonta!!!!!!
Los Registradores han gastado lo que han ganado, o lo tienen en patrimonio, y no lo arriesgaran para pedir creditos, quitarse 24000 del 100%, mejor dicho la diferencia que le falte al 40%.
Es tarde y mañana hay que trabajar, para este mes cobrar 910E sino son otra vez 780E, buenas noches.


Re: NOMINAS ENERO

Notapor el abuelo el Mar Ene 20, 2009 9:09 am
Desde que apareció este hilo de "NOMINAS ENERO" quise participar en él, pero las respuestas que aparecieron y los comentarios que se hicieron, fueron suficientes para no ser necesaria mi intervención, pues mis dudas se resolvieron. GRACIAS a todos.

No obstante me queda una duda todavía: Según he entendido, Yimou dice los meses que no haya para salarios mínimos Convenidos, éstos no se podrán compensar con los meses en los que la masa salarial lo permita. Es decir que, lo cobrado ya es nuestro y que el mes que no haya ¿lo pone el Jefe? Entonces por qué este año 2008 se han basado en esa teoría para no pagar los sueldos mínimos Convenidos y nosotros hemos estado convencidos que tienen toda la razón?

No acabo de entenderlo. Agradezco la aclaración pertinente por quien pueda.
Un saludo para todos y todas. el abuelo


Re: NOMINAS ENERO

Notapor empleado el Mar Ene 20, 2009 10:22 am
Abuelo una cosa es lo previsto y acordado y otra lo que hacen los "dioses"
estos se saltan a al torera los acuerdos, lo interpretan como les da la gana y hacen lo que quieren y el resto se lo pasan por el arco del triunfo...

Los salarios minimos no pueden compensarse con los meses que los supera. Punto. Asi de simple
Los "dioses" pensaban que no se iba a dar el caso nunca...
cuando ha empezado a darse , lo han interpretado por COMPUTO ANUAL...., es lo que les convenia en ese momento, año 2.008

Pero, llega el 2.009 con iguales perspectivas, y como se come lo de "computo anual", no llegamos al minimo ningun mes....

SOLUCION: O sueldos fijos para siempre..... con eso sminimos como sueldos.... o simplemente OS JODEIS...

que mi 60% es mio y eso ni tocarlo......
Ahhh, se me olvidaba, ningun documento fuera de plazo, las horas necesarias para el buen funcionamiento del registro, etc.....

Re: NOMINAS ENERO

Notapor ahora o nunca el Mar Ene 20, 2009 5:06 pm
Estimados abuelo y empleado: Dos cosas claras. 1.- Hasta ahora, lo único que por "convenio" teniamos medio claro es que ningún auxliar de 2ª puede cobrar EN COMPUTO ANUAL más que el último auxiliar 1ª. ¿que ha ocurrido? en algunos registros esto se ha cumplido por los pelos. ¿Que va a pasar?, averigua que se le ocurrirá al lumbreras de turno. O baja el sueldo del cotratado o Auxiliar 2ª (cosa lamentable y que en ningun caso ningun compañero oficial, auxiliar 1ª, debería consentir) o busca soluciones internas en su Registro para que esta circunstancia no se produzca (Aliviar el 40% pagando algunos gastillos o pagandolo de su bolsillo). 2.- Que nos den un salario fijo digno acorde a nuestra preparación y dedicación y ADEMÁS una participación en beneficios. Y NO HAY OTRA. ESO ES LO QUE HAY QUE PELEAR. No se están dando cuenta que los sueldos que se están produciendo en ciertos Registros no se pueden consentir y que pueden traer "problemas", ya que el ser humano tiene que comer, cuidado con eso. Si el cajero de un banco no tiene para comer y tanto dinero por sus manos todos los días... (POR FAVOR NO MAL INTERPRETEIS MIS PALABRAS, PERO LOS QUE YA LLEVAMOS MAS DE TREINTA AÑOS EN UN REGISTRO SABEMOS LO QUE PASABA EN ALGUNOS SITIOS ANTIGUAMENTE, que si un favorcillo, que me despaches esto rapidillo..), cuidado con esto, no adulteremos nuestra digna profesión. El empleado debe estar bien pagado y punto. Tan sencillo como eso.


Re: Y RENUNCIAR A LA PARTICIPACIÓN...???

Notapor regispro el Mié Ene 21, 2009 1:10 am
A lo mejor lo que voy a decir no es del gusto de muchos, pero lo que se está viendo por parte de muchos compañeros tampoco está siendo de mi agrado.

Lo que se está escribiendo y diciendo me parece INADMISIBLE por parte de los compañeros que están proponiendo como medidas el despido de aux. 2ª y contratados. Que se esté diciendo por parte de algunos compañeros del foro - por llamarles de alguna forma - que el sueldo de estas dos categorías sale de "su 40 % "" y que SE QUEJEN de que los despidos también se cargan a su 40, me parece hasta INMORAL. Los que lo dicen, saben perfectamente como funciona ésto, y que el 60 es innegociable por parte de los dioses - ¿es que no hay lo que tiene que haber para decirles que cedan de su parte ?. Del 40 se tienen que descontar TODOS LOS GASTOS, para después repartir los beneficios entre los de participación, beneficios que durante 7 ú 8 años atrás han sido muy, muy, muy cuantiosos para todos los que ahora tanto se quejan. Y sin embargo estas dos categorías, han estado a verlas venir.

No digo que si este año que acabamos de empezar sigue todo igual, se pueda mantener la situación, pero decir que de medio año para acá, esto no se mantiene, con lo que hasta entonces ha habido, y que es el momento de empezar a despedir gente empezando por los de abajo, pues que quereis que os diga...

Siempre les quedará una salida: Que pidan salir de participación y estar a sueldo fijo. Me dá que de 100, 99'9 no querrían el cambio.

Un saludo de un desengañado.
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