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Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 5:06 pm

Notapor hipotequeitor el Jue May 28, 2009 9:15 pm

Que pasa con los aspirantes a oficiales?

Ayer una hora antes que hoy ya se decía algo, y la diferencia en el examen era solo de media hora más de duración.

No quiero pensar mal, jejeje.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor JAVCIA el Jue May 28, 2009 9:50 pm
Bueno, pues yo acabo de llegar ahora a casa.
Respecto del examen:
Parte Teórica: La preguntas me han parecido rebuscadillas, han preguntando cosas que no esperaba como Agregación, Exencciones Objetivas, Finca Registral, en fin, nada de Telematica, nada de ANotaciones Preventivas, nada de VIgencia Asiento Presentación. He contestado 14, ya veremos que pasa. Pero fácil para mi gusto no ha sido.
Parte Práctica: LIQUIDACION PARCIAL DE GANANCIALES, HERENCIA, SEGREGACION Y DISOLUCIÓN DE COMUNIDAD: No me ha parecido difícil, pero sí largo, el problema es que falta tiempo para hacer este tipo de prácticos y más aún de forma manual. He terminado abreviando mucho, no sé al final que pasará, no estoy contento. Saludos


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor hipotequeitor el Jue May 28, 2009 9:59 pm
gracias JAVCIA por contestar.

Ya empezaba a preocuparme que ningún aspirante a oficial diera sus impresiones, tras tanta solicitud ayer de información sobre el exámen.

Veo que también han he hecho una buena criba igual que con nosotros.

Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor tboooo el Jue May 28, 2009 10:10 pm
El práctico directamente no daba tiempo. En mi tribunal lo querían todo todo todo. O sea nada de abreviar en descripciones. La gente no ha llegado a la certificación ni a minuta ni a nota de despacho. El test no me ha parecido más dificil que el de auxiliar de 1ª, pero respuestas igual de liantes y algunas que no se si contarán como dice el libro o según las últimas modificaciones. Ejemplo: si se pueden inscribir los documentos liquidados en una Oficina que no es la que correponde liquidar. Según el libro si, según últimas modificaciones tengo entendido que no. Toy de bajona. Crying or Very sad


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor carmela el Jue May 28, 2009 10:48 pm
bueno, yo tambien acabo de llegar a casa, al final mientras desentumeces la mano, comentas las cosas del examen con los compañeros y recoges, pues ahora mismo.
A ver, a mí el examen teorico me ha parecido medianamente normal, claro que me esperaba lo peor de lo peor, y es verdad q las preguntas salían x peteneras, que caracteriza a la finca registral, que es un documento presentable...mezclado con el supuesto del art.111 RRM... pero lo que ha sido una pasada es el práctico. Sí q daba tiempo en 3 horas pero con el ordenador y tecleando rápido, 2 herencias parciales, segregación de 3 fincas y extinción de condominio, yo he llegado a la certi, minuta y nota al titulo faltando 15 minutos pa entregar...y haciendo constar entre parentesis que me remitía a la descripción del título,xq sino aún estoy allí.
Eso sí, estoy AGOTADA, mental y fisicamente, y mañana turno de tarde y sabado.... QUE GUAY!!!!!! pero x lo menos lo peor ha pasado
ANIMO A TODOS


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor digo el Jue May 28, 2009 11:03 pm
CHICOS: ESTO YA ESTA PASADO!!! Sea cual sea el resultado, ya somos libreeees!!!! Hipotequeitor, es que nuestro examen ha durado una horita más!!! Yo acabo de llegar de la capi Very Happy . Coincido con los demás en todo: el teórico, bueno.... liosillo y el práctico eternamente largo. En fin, ya estamos TODOS con el verano por delante: sin libros y con buen humor!!!
Seguiremos comentando!!!
Saludos ya más relajados!


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor albertogarcia el Jue May 28, 2009 11:46 pm
14 preguntas contestadas, bueno, habia que jugársela a número par (total sacar 11 bien o 10 da igual y como la jodas en la 15....) El práctico yo he llegado con 10 minutos extra que nos han dado; estoy derrotado mentalmente y físicamente; por ha acabado todo...ahora a esperar al 4 o el 5 para ver si no hemos metido 3 horas y 10 minutos escribiendo hasta extenuarnos en balde. Un saludo; no puedo más y hasta mañana.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor helen el Vie May 29, 2009 12:25 am
HOLA A TODOS
YO HE LLEGADO HACE DOS HORITAS A CASA; PERO TODAVIA TENGO LA TENSION ACUMULADA Y NO PUEDO DORMIR; EL TEORICO ME HA PARECIDO REBUSCADO Y LIOSO PERO MEJOR DE LO QUE PENSABA; HE HECHO 16 A VER QUE TAL; Y EL PRACTICO NO ERA COMPLICADO, PERO DEMASIADO LARGO NO DABA TIEMPO A ORGANIZAR BIEN LAS IDEAS Y A HACER TODO; YO JUSTITO Y ABREVIANDO EN MUCHAS COSAS; ERAN DEMASIADAS INSCRIPCIONES, Y ENCIMA MANO CON SUS CORRESPONDIENES CONFRONTADOS SI TE DABA TIEMPO. BUENO AHORA TOCA ESPERAR, HASTA EL DIA 5 O 6 Y A VER QUE PASA
SUERTE A TODOS!


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor hilmawari el Vie May 29, 2009 8:44 am
Ayer llegue demasiado tarde a casa para colgar nada y que hubiera alguien esperando a leerlo. Mi impresión es que en el teórico la cague. Contesté 14 preguntas pensando que las tenía correctas, pero luego empiezan los nervios, las dudas, y ya no se si habré pasado la criba. El práctico no me pareció difícil, pero si extremadamente largo, sobre todo para hacerlo de forma manual. Nuestro tribunal al principio lo quería todo, pero a medida que corría el tiempo, nos iban permitiendo reducir datos (suponiendo que mantengan el mismo criterio para la corrección) y al final lo acabé, muy deprisa y con mala letra, pero llegue al final. Un beso a tod@s.

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Notapor J.J. el Vie May 29, 2009 9:35 am
Ayer llegue a las 2:00 a casa, despues de mas de 200 Km de viaje y una parada para tomar unos aperitivos.

conclusiones concisas:

Teorio: Se valora el conocimiento no la VELOCIDAD, veinte preguntas fáciles con cuatro respuestas REBUSCADAS no da tiempo material para pensar y deducir cual es LA MAS CORRECTAde todas, respondí 15, tuve durante la prueba un momento de euforia puesto que las ocho o nueve primera que apunte con un lectura rápida me dieron cierta confianza, el problema esta en el resto, ESA ES LA GRAN DUDA.

Practico. Hay notarios que autorizan escrituras casi perfectas confeccionadas por empleados a su cargo que saben perfectamente lo que estan poniendo, NO HA SIDO ESTE NUESTRO CASO, dolia la vista de ver una escritura tan mal confeccionada. Si lo que querían era un CHURRO pues ahí lo tienen.

Saludos J.J.

Pd. ahora la espera, al menos nos podemos dar un respiro en el estudio.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor jotajota el Vie May 29, 2009 1:35 pm
Hola, ayer me examiné de Oficial. Llevo trabajando en un Registro pequeño más de quince años, desde el principio despacho todo tipo de documentos, y en el práctico me surgieron más dudas que en años.
El historial estaba un poco lioso, ¿que me decís del confrontado de la inscripcion segunda, y del "digo" inconcluso? PARA DESPISTAR Y HACER PERDER TIEMPO. ¿y de las cargas de la inscripción primera? Como ya no constaban en la inscripción segunda y tercera y no podíamos comprobar el historial de la matriz, pues nos teníamos que creer que estaba sin cargas.
Lo de la afección de la cuota usufructuaria, sin comentarios... también para hacer perder tiempo, en el foro nadie ha hablado de ello, ¿todos teníais tan claro que había que arrastrarla? yo no, claro como un derecho gallego no tenía ni idea....
Lo de la liquidación por Sucesiones? Aún no sé porque la escritura no tenía la nota de presentación del impuesto de Sucesiones, aunque dijera que las herencias estaban liquidadas en documentos privado debía llevarla de no sujeto. Si se presenta un documento de Suc y Don con liquidaciones por TP, se puede presentar. Pero si un documento lleva las notas de liquidacion de TP, ¿tenemos que suponer que está presentado de Suc y Don?, yo creo que no.
Lo de escribir a mano tres segregaciones y resto, bueno, no somos máquinas, para eso tenemos el ordenador ¿no?, creo que era una cosa excesivamente larga, ¡que con una o dos segregaciones no demostramos ya que sabemos segregar!.
Faltando 15 minutos para finalizar el examen nos dicen que tenemos que poner las bases para calcular los aranceles....
El teórico ya me lo esperaba, era lioso. Creo que es excesivo que una respuesta mal reste un punto, y media hora es muy poco tiempo para las preguntas largas que pusieron.
SUERTE A TODOS
Un saludo y ánimo


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor JAVCIA el Vie May 29, 2009 2:14 pm
Pero, veis normal que no nos preguntaran nada de Vigencia de Asiento de Presentación, nada de Telemática, nada de Anotaciones Preventivas, nada de Certificaciones? Pues precisamente son los temas de más referencia de los que siempre se ha preguntado en Oficiales. Está claro que no han preguntado nada que no estuviera en el temario, pero insisto, han ido a mala leche con el tipo de preguntas para cargarse a la gente, no me cabe la menor duda. Lástima de horas perdidas estudiando dichos temas para nada. Respecto del práctico, he preferido no comentarlo con nadie, pues no me salió bien, largo como la madre que lo parió e insisto, no habia tiempo suficiente para hacer ese examen correctamente. Simplemente este año ha sido mucho más difícil, pues lo han puesto de tal forma que lo teníamos que hacer de forma manual, siendo que cuesta más tiempo hacerlo a mano y la extensión de dicho examen ha sido igual que si lo hubieramos tenido que hacer a máquina. No hay derecho.!!! Y que hacemos ahora? Nada, nos aguantamos y el año que viene más. Dónde están los Sindicatos que supuestamente defienden al personal de los Registros? Sí, los hay, pero para asuntos de examenes no están. Esto es todo un hazmereir y los señores Registradores harán siempre lo que quieran con nosotros, lo tengo muy claro.!!!


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor mapy el Vie May 29, 2009 4:57 pm
Hola compis.
Espero que no perdais la esperanza.
Me dirijo precisamente a JOTAJOTA, puesto que yo estoy en la misma situación que él.
Con respecto al practico y sus cargas:
Yo puse directamente SIN CARGAS, puesto que como tú bien dices en la última inscripción 3ª, constaba SIN CARGAS por lo que entendí que las cargas de la finca matriz ya estaban caducadas y no nos dieron el historial.
Con respecto a la afección de la cuota usufructuaria, "C R E O" que la mitad indivisa de la herencia se inscribiá una cuarta parte a favor de (herederos de Margarita) por mitades partes iguales e indivisas y con carácter privativo y la otra cuarta parte a favor de (los herederos de Juan) en cuanto a la viuda Doña ...... 1/8 por su mitad de gananciales y la otra 1/8 a favor de los hijos Don..... y Doña.....con la afección de la cuota usufructuaria a favor de la viuda.
Luego al hacer la segración y extinción de condominio de las dos primeras parcelas segregadas se inscribián en su totalidad a favor de Doña... en cuanto a 1/2 indivisa y a favor de Don.... y Doña....con la afección a la cuota usufructuaria a favor de Doña....., en cuanto a la restante 1/2.
En la otra parcela segregada no se arrastra la afección, simplemente se inscribe a favor de los otros de la otra herencia de Margarita, que eran sus padres, por mitades partes iguales e indivisas con carácter privativo, (puesto que la forma de adquisición fue por herencia de su madre, aunque ellos estuvieran casados en gananciales) títulos de Segregación y Extinción de Condominio.
Pero ¿Y en la finca resto, se arrastra o no?, si te soy sincera no me acuerdo, no se exactamente que hice con las prisas, pero creo que aunque se arrastre no tiene trascendencia puesto que en la siguiente inscripción a la del resto que supuestamente se hiciera, no se arrastraría, ya que solamente afectaba a la participación que ha sido ya segregada.
Con respecto a la liquidación de la herencia, yo directamente puse "Presentada a efectos de liquidación", ya que como constaba así en la escritura y aparentemente está calificada favorablemente en todos sus términos, me limité a poner lo de la escritura.

¿Por cierto, os disteis cuenta de la afección fiscal de la inscripción 3ª? Estaba caducada.

¿Como lo veis?

Si alguien ha visto algo más, por favor que lo cuente. Porque yo no se si boy a poder aguantar tanto tiempo sin saber que ha pasado.

Yo, no se, por lo que he visto, tanto en el foro de auxiliar 1ª como en el de Oficial, la cosa ha sido "FUERTE", lo del documento judicial de un embargo sobre un herecho de hipoteca, que creo que no lo ha visto, ni siquiera, el oficial que tengo y lleva 40 años en el Registro o, como el nuestro, escribir semejante documento a mano, QUE ESO YA HA QUEDADO OBSOLETO, puetos que todas las inscripciones que hacemos las pasamos a folios moviles, aunque estén en libro cosido, no tiene fundamento.


Bueno compis, sigo diciendo que no hay que perder la esperanza, nunca se sabe.

Un SALUDO y mucho ánimo.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor JAVCIA el Vie May 29, 2009 5:08 pm
Alguien puede colgar las pregustas del test de Oficiales? Gracias


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor SIDDHARTHA el Vie May 29, 2009 5:20 pm
Poooorrrr fin liiibreeeessssss!!!!
Hasta ahora no he podido conectarme, porque al igual que mis compañeros
llegamos a horas intempestivas a casa, y con el brazo derecho en cabestrillo.
En mi opinión el exámen, en general, no fue dificil, (lo cual no quiere decir, que
lo vaya a aprobar).
El teórico no fue excesivamente complicado, pero es cierto que algunas de las respuestas eran
ambiguas y dado que solo teníamos minuto y medio por pregunta,no daba tiempo
a pensar demasiado.
El práctico era sencillo, pero cuanto menos pensaras, mejor. Resulta
que había un montón de detalles (ya citados anteriormente en los post) que solo
contribuían a hacernos perder el tiempo, y como el exámen era INMENSAMENTE
largo, la dificultad radicaba precisamente en lograr acabarlo.
Me parece francamente mal, centrar la dificultad del practico en lo rápido que
copias en vez de en la capacidad para redactar una asiento complicado.
Pero entre el exámen de auxiliares y este, ha quedado demostrado, que efectivamente
han sido una chapuza.
PD: a quién se le ocurre darle a preparar el exámen a una registradora Gallega, con las
especialidades que su derecho conlleva, y no prepararlo en común varios registradores
PARA TODA ESPAÑA. En fin......

En cuatno a la pregunta de la presentación en oficina incompetente, ya me direis si como yo
habeis respondido conforme al nuevo art.54 del ITP o no.
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Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 5:08 pm


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor charlie el Vie May 29, 2009 5:31 pm
La afección de los bienes a la cuota vidual usufructuaria es la mayor trampa que he visto en los exámenes de los últimos años.

No había que poner nada. No había que crear ninguna carga. Al menos, eso es lo que me ha dicho esta mañana un Registrador a quien tengo por una persona muy brillante. Le he preguntado por la mención de derecho legitimario del art. 15 LH (aun a sabiendas de que la herencia era ab intestato) y, después de una breve e interesantísima disertación sobre la naturaleza de los bienes hereditarios en el derecho foral gallego (pars valoris) en contraposición con la del derecho común (pars bonorum) y, después de otra igualmente breve y fascinante disertación sobre la mención de derecho legitimario en relación con las transmisiones mortis causa en Cataluña (donde ha quedado como propia de derecho transitorio), Mallorca y Menorca, después de todo ello, digo, este Registrador me ha dicho que la afección no tiene nada que ver con los bienes adjudicados, porque se trataba de una adjudicación PARCIAL de herencia, que en el futuro se decidiría qué pasaría con la cuota usufructuaria de la viuda y que, tanto si se veía a la luz del derecho foral gallego como a la del común, no cabía crear carga alguna respecto de la participación de los hijos y estos adquirían en pleno dominio.

A mí esto me parece materia reservada exclusivamente para el señor Registrador. Creo que aquellos compañeros que aprueben el examen deberán ser propuestos de inmediato para cubrir las innumerables vacantes que se han producido en todos los registros de reciente creación, pero como REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD.

Un saludo.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor JAVCIA el Vie May 29, 2009 6:10 pm
Charlie, cuando me alegro de que hayas dado tu opinión que para mí siempre ha sido importante, pues has sido una persona que siempre nos has adelantado mucha información de antemano lo cual te agradezco mucho. Me examiné de Oficial y tengo que decirte que me salió mal, la parte teórica no es fue de todo difícil pero sí rebuscada, no habia nada de telematica, nada de vigencia asiento presentacion, nada de anotacion preventiva, nada de auditores y expertos, nada de cuentas anuales.., que pasan jubaban a despistarnos o que? Las preguntas que hicieron me parecieron hasta una chorrada para un oficial, eran más de auxiliares de 1ª (agregación, concepto de finca registral... etc). Y respecto del práctico, como se les ocurre siendo que ha se hacia manual, de poner un examen tan largo y con el mismo tiempo que si se hubiese hecho a máquina. No les da vergüenza? Estoy amargado, todas las horas de estudio que he perdido para nada, por que sí, para nada. Y aún me callaría si no hubiera estudiado lo suficiente para no pasar un examen de este tipo, pero ha sido todo lo contrario, le he dedicado esfuerzo. No creo que lo haya superado, la verdad, tengo esperanzas en la teoría pero la práctica sinceramente no, lo hice muy deprisa y creo que algo me dejé por poner. En fín.... hasta cuando tendremos que vivir de esta manera, nos putean como les da la gana!!! Saludos!


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor SIDDHARTHA el Vie May 29, 2009 6:51 pm
Pongo, por encima, un poco de las preguntas que yo recuerdo a ver si entre todos, completamos el exámen:

Bienes muebles.
1.Efectos que produce la inscripción en Registtro Bb muebles.------ yo puse, principio de legitimación, tambien estaban que yo recuerde, rogación, tracto sucesivo y prioridad.
2.Que no se puede inscribir en RBM----- Yo puse la de los precontratos, pero no recuerdo si decia algo tambien de los bienes no identificables.


Mercantil.
1.Podrá inscribirse algun documento por administrador no incrito. Yo puse lo del 111 RRm
2.Inscripcioón constitutva en RRm------ Nacimiento soc mercantiles y transformación, fusión escisión
3.Cuando legalizar libros de los empresarios.----- Dudas porque ponia : antes de su utilización en cualquier momento, y otra era cuando se formen despues de su utilización, encuadernados, primer folio blanco y de mas numerados cronologicamente.
4.Creo recordar que habia una de Quién esta legitimado para presentar en Registro, creo que mercantil, ojala me equivoque porque yo conteste que cualquiera que tenga interes en asegurar el derecho, cuando era la de que cualquiera que presente se tendrá por representante del que tiene obligaión de presentar.
5.Y hay otra (de ahí que espero equivocarmen en la anterior) que decía algo como quién esta obligado a llevar libros contables, o no recuerdo si a depositarlos--- y creo que me colé porque puse algo así como que todo quisqué, y va a ser que no.

Liquidadora.
1. La famosa preguntilla de si tienes un documento presentado en el libro diario, y liquidado en oficina incompetente, si se puede despachar. Conforme al NUEVO 54 del ITP, se supone que hay cierre Registral, pero no se qu querán que respondamos.
2.Que es la deuda tributaria: --- Cuota+demora+recargs extemporaneos+recargos periodo ejecutvo+recargos exigibles legalmente sobre las bases o ls cuotas
3.Que es la base imponible.--- Yo respondi que el valor que la administración tiene en cuenta para el calculo del impuesto, pero había otra que decía que era el valor obtenido por cualquiera de los medios de comprobación previstos en la LGT,y no se muy bien cual era la correcta.
4.Un supuesto de exención objetiva en el que solo cabía la de los actos y contratos reconocidos por convenios internacionales.

Propiedad.
1.Fases del procedimiento registral. las 6 del libro.
2.Que es finca registral.... Todo lo que abre folio, daba lugar a confusión otra que hablaba de inmuebles.
3.Formas de constar precio en compraventa. Confesado, Contado y Aplazado.
4.La de la agregación, que para mi era la respuesta en la que venía lo del quintuplo, etc..
5.Se puede certificar del asiento de presentación. Yo puse , que sí , y la´única respuesta en la que venia que había de ser literal.
6.Que ecurso cabe ante las rsoluciones de la DGRN, yo puse la del recurso ante el orden jurisdiccional civil.
7.Que documentos tienen la consideración de presentables. Despues de ver el libro, veo que la respuseta era (un poco de perogrullo en mi opinion) todo lo qu sea susceptible de causar asiento de presentación, y como me parecia absurdo yo puse todo lo que puede causar inscripción en el libro de inscripciones.
8.Que es el desisitiemiento. Puse, declaración de volunta expresa hecha por el presentante, antes del despacho y vigente el asiento de presentación de qu no se practique incripicón alguna.
9.Supuestos de suspensión de la fe publica. Los cinco que vienen en el libro.
y me faltaria una que espero que sea la que me sobra en Mercantl respecto a quién puede presentar titulos en Regitro del a "Propiedad", en que si es el que tenga interes en asegurar el derecho.

Suerte para todos, y a ver si entre todos lo completamos.

Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor carmela el Vie May 29, 2009 10:04 pm
yo espero q en el practico cuente más o menos todo en general xq no había tiempo para pensar, entre enterarte quien era quien, hacer un asiento de presentación interminable, y una inscripción 4ª más larga q la cuaresma, no había tiempo, de reeleer lo ya escrito. tal como voy pensando más en el examen empiezo a tener más dudas. Estoy con Charlie, a mí me llega esa escritura y se la doy al jefe del tirón pa q me diga qué coño hacer con la afección del usufructo viudal gallego... y no había tambien un cambio de nacionalidad en la viuda??
Ufffff, y encima mañana a currar a las 8 con el cansancio q tengo encima!!!!!!!!


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor charlie el Vie May 29, 2009 10:19 pm
Este mensaje es para JAVCIA en especial, pero también para todos:

Tú no estás frustrado porque has estudiado mucho tiempo. Al fin y al cabo, todos los años se estudia mucho. El año en que me tocó a mí tampoco los exámenes estaban muy claros, había problemas de organización (¿cuándo no los ha habido en la última década ominosa?) y todos andábamos tan irritables como lo estabais vosotros en las últimas semanas.

Pero aquellos eran otros tiempos. Los Registros tenían papel. El trabajo abundaba. Había problemas con los compañeros, con los sueldos, con los jefes, pero a fin de mes se cobraba más o menos. Quien más quien menos tenía esperanzas de que el futuro le sería mejor. Ya llegaría el momento de alcanzar una participación no como la de los años 70, pero sí al menos digna.

El problema es que ahora hay HAMBRE en los Registros. El problema es que nuestros jefes están condenándonos a sueldos miserables, a participaciones de mierda. Y si no, el problema es que hay gente a la que le están despidiendo en cuanto pueden. El problema es que no vemos futuro a la institución, por mucho que los más avezados de nuestros empresarios hayan conseguido deshacerse de una directora generala demasiado generala y muy poco directora, y por mucho que parezca que la institución ya no corre peligro.

Los que corremos peligro somos nosotros. Llevamos un tiempo aguantando humillaciones, desplantes, chulerías, lo que quieran estos señores, para quienes somos meros peones cuya destreza se paga barata. Hemos aguantado una temporada larga de envites, bien por parte de los Registradores, bien por culpa de la Administración, y ahora con lo que nos encontramos es con una nueva forma de humillación planteando unos exámenes chapuceros y estúpidos como pocos.

Eso duele.

Un saludo.

Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor Copernica el Vie May 29, 2009 10:47 pm
Se debe valorar si un empleado tiene conocimientos suficientes o no para ascender a Oficial, y en este examen, en su parte práctica, lo que más importaba era la velocidad que el examinado tenía a la hora de escribir... a mano.

PARTE PRACTICA:
Esta parte práctica era, a priori, fácil, pero no daba tiempo a su elaboración completa. Personalmente creo que lo que se debe poner es alguna inscripción con trampa, enrevesada o incluso dificil, pero que dé tiempo a pensarsela y a escribirla... y este año especialmente deberían tener en cuenta que se hacÍa a mano. Es decir, poniendo una escritura enrevesada se podrán evaluar los conocimientos del aspirante, poniendo una fácil como esta, pero larguisima, solo se evaluará la velocidad de copiado.

-Es imperdonable, o lo hacen para joder, que las descripciones de las cuatro o cinco fincas fueran amplias, cuando habia que copiarlas a mano, incluso más de una vez. Lo lógico sería que pusieran descripciones de un par de líneas, linderos brevisimos, cuota directamente sin ponerle todo aquello de "A los efectos determinados en la Ley de Propiedad Horizontal, a esta finca se le asigna una cuota de participación en los elementos comunes, con relación al valor total del inmueble,...". Venga, que de caligrafía y velocidad o copiado de textos ya nos examinamos hace años, lo que se debería trata ahora es de ver nuestros conocimientos en otras cosas.

-Se hace aun más imperdonable que las inscripciones de segregación de las dos primeras fincas segregadas (Departamentos DOS-A y DOS-B) fueran EXACTAMENTE IGUALES. En cualquier Registro usariamos el "copiar y pegar", pero aquí es a mano. A joderse y a copiar treinta líneas o así dos veces.... a mano. Y luego, a mayores, una tercera segregación.

-Las herencias, idem de idem. Dos casi iguales... "a medio de acta de notoriedad de declaración de herederos fueron declarados herederos... bla bla bla". A copiarlas dos veces... a mano.

-¿El confrontado y digo de la inscripción 2ª mal hechos?.- A mi me hizo perder unos cinco minutos, porque como el examen no era dificil buscaba alguna trampa y por aquí podía andar. Pero por más que miraba en la "decimosegunda línea" no encontraba las palabras que decían....y eso que conté una y otra vez... y luego empeorado aún con el digo ese inconcluso. Una verdadera chapuza.

-Y otra cosa, que veo que nadie dijo, y desconozco el porqué: creo que ninguna inscripción estaba firmada, con lo cual no es descabellado pensar que ahí estaba la trampa, y que no se podía inscribir nada sin antes poner la correspondiente nota: En la práctica, si falta la firma primero hay que poner algo así como "Omitida la firma, lo hago yo, bajo mi responsabilidad, al amparo del artículo 319 del Reglamento Hipotecario". En este caso surge la duda: ¿si no pongo nada me suspenden porque caigo en la trampa, o si lo pongo estoy haciendo la gilipollas y perdiendo un tiempo precioso que luego voy a necesitar para lo verdaderamente importante?. No sé, es que no se si se hizo a posta para joder o fue un descuido del cerebro que hizo el examen que también nos puede hacer perder tiempo.

Bueno, no os mareo más por ahora. Ya atacaré pronto al teórico, que también tuvo tela. Solo comentar que el práctico me salió bastante bien, pero tras tres horas y trece folios escritos a mano, no me quedó tiempo para los aranceles, y la certificación fue "de aquella manera". Menos mal que con suerte podría leerlo al Tribunal, porque sino mucho dudo que entiendan mi letra en las ultimas hojas.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor digo el Sab May 30, 2009 9:56 am
Para jotajota: yo no me preocuparía con el tema de la minuta. En nuestro tribunal insistieron -y así consta en las bases, creo- en que únicamente se trataba de señalar el número de arancel aplicable a cada concepto. Me parece el colmo del potreo que os pidieran calcular honorarios!!! Y no os hicieron entregar el examen dando volantines hasta la mesa del tribunal???? VAMOS, HOMBRE!!! Te digo que pases: el criterio era unitario para todos los tribunales.
Animo y suerte!!!
Un saludo!


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor plinio el Sab May 30, 2009 9:58 am
Ayer intente colgar mi opinión sobre el examen, no se porqué no apareció, pero voy a volver a intentarlo, porque después de dos días mi cabreo sigue in crescendo.
Sobre el teorico, que quereis que os diga. Las preguntas eran rebuscadas pero podrían definirse como normales. Se podría aprobar, si no fuera porque las respuestas estaban echas con la finalidad de confundir y suspender. No lo han conseguido. Para eso estudié lo mío.
Pero lo que no perdono es lo del práctico. Entre en un Registro en 1994, y desde ese mismo año hago inscripciones, muchas inscripciones, de todas clases y por eso creedme que se lo que me digo. Puesieron un exámen práctico que era FISICAMENTE IMPOSIBLE terminarlo en el plazo de tres horas. He practicado miles de inscripciones de herencia, de segregaciones, de adjudicaciones por disolución de condominio y muchas de ellas a la vez. Y es físicamente imposible hacerlo en tres horas. Osea, que lo que han hecho es provocarnos una vez más, un exámen más, con un ejercicio imposible, pero del todo imposible de acabar.
Pero esta vez me he CABREADO y mucho. Estoy esperando la comunicación de los resultados para irme directamente a un juzgado. Porque el que ha puesto el examen tiene nombre y apellidos y yo lo voy a averiguar. Y le voy a exigir responsabilidades (y espero no calentarme demasiado no vaya a ser que le de algo más). Estoy muy, pero muy indignado y estoy dispuesto a llegar hasta el final. Lo tengo muy claro. Han jugado una vez más con nosotros. con nuestro esfuerzo. Han echo una convocatoria completamente ilegal, que no hay por donde cojerla y se han reido de nosotros , pero esta vez no cuela. Os lo repito, es imposible acabar ese examen en tres horas. Hasta los registradores que estaban en el tribunal lo reconocieron. Y yo estoy harto de seguir callado y trabajando ante todas las zancadillas que me ponen. Ya no aguanto más. Así que lo primero de todo es poner nombre y apellidos a todos los responsables


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor digo el Sab May 30, 2009 10:03 am
Rectifico: releyendo a jotajota he visto que no se os pidió calcular honorarios, sino poner la base de cada concepto.
Ratifico: me parece igualmente descabellado querer rizar el rizo cuando el tiempo era totalmente desproporcionado a lo que se exigía en ese examen de amanuenses!
Otro saludo!


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor ARNOLD el Sab May 30, 2009 11:11 am
Hola, he estado visitando el Foro con frecuencia, sobre todo esta última semana con los exámenes, pero es la primera vez que intervengo. En primer lugar enhorabuena por este Foro donde podemos intecambiar opiniones; y haber si se animan los del exámen de Oficial a exponer sus opiniones, impresiones y respuestas en el Exámen, porque claramente se ve que hay mas movimiento en el subforo del exámen de Auxiliares de 1ª, -debe ser la edad ?-.
Entrando en materia, hay DOS PREGUNTAS del exámen teórico, que me llevan loco dandoles vueltas y no me dejan dormir porque de ellas puede depender un aprobado, y es que son dos preguntas que en un principio las vi claras, pero que cuanto mas las revisas dudas, y puede que sean preguntas trampa.
En primer lugar la pregunta de "SE PUEDE DESPACHAR UN DOCUMENTO PRESENTADO EN EL LIBRO DIARIO QUE SE HAYA LIQUIDADO EN ADMINISTRACION TRIBUTARIA INCOMPETENTE"; yo contesté que SI puede despacharse sin necesidad de dar conocimiento a la Agencia Tributaria Competente; y es que el Libro de Monreal, en su página 429, dentro del tema de la calificación, y a la pregunta ¿Pueden los Registradores rechazar los documentos liquidados en Oficina incompetente?, responde clara y categoricamente que la respuesta ha de ser negativa, los Registradores no están habilitados para intervenir en problemas de competencia en relación a tributos cedidos; los Registradores unicamente pueden rechazar el documento en los casos en los que no se justifique el previo pago del Impuesto, pero si se acredita, se deberá admitir el documento con independencia de la competencia o incompetencia de la Administración que percibió el ingreso, y así era según el Artículo 254 de la Ley Hipotecaria, y Artª 54.1 del Texto Refundido del I.T.P y A.J.D.; ahora bien hace poco me he enterado precisamente en este Foro de que el citado Artª 54.1 del Texto Refundido del I.T.P y A.J.D. tiene una nueva redacción por Ley 4/2008 de 23 de Diciembre "Ningún documento que contenga actos o contratos sujetos a este impuesto se admitirá ni surtirá efecto en Oficina o Registro Público sin que se justifique el pago de la deuda tributaria a favor de la Administración Tributaria competente para exigirlo, conste declarada la exención por la misma, o, cuando menos, la presentación en ella del referido documento. De las incidencias que se produzcan se dará cuenta inmediata a la Administración interesada", no se cuales son los efectos de esta nueva redacción, parece ser que ahora no se puede despachar, pero no se si se necesita autorización de la administración competente o nueva autoliquidación; pero de lo que se trata es de ACLARAR SI NOSOTROS TENEMOS QUE ESTAR AL CORRIENTE DE CUALQUIER MODIFICACION LEGAL QUE SE PRODUZCA ANTES DEL EXAMEN, esta concretamente incluso despues de su convocatoria, Y SOBRE TODO PORQUE EN EL TEMARIO PARA EL EXAMEN NOS REMITEN LITERALMENTE AL INDICE DEL LIBRO DE PRACTICA REGISTRAL DE DON LUS FRANCISCO MONREAL EN SU 5ª EDICION, que ya tiene algunos años y logicamente no está actualizada en algunos temas; nosotros no somos juristas que tengamos obligación de conocer todas las novedades de la Ley, la obligación de los que convocaron el examen sería la de habernos proporcionado un texto actualizado para preparar el exámen, y si aun así han puesto esta pregunta para pillarnos a sabiendas de que en el libro dice otra cosa, han actuado claramente de mala fe.
Y la otra pregunta es la siguiente: "CUALES SON LAS CARACTERISTICAS QUE DEBE REUNIR UNA FINCA PARA CALIFICARLA COMO FINCA REGISTRAL", a primera vista y seguro que a todos os ha parecido así, y no habeis dudado nada, es una pregunta facil, con una respuesta clara que es la que yo elegí y supongo que la mayoría "La finca registral tiene por CARACTERISTICA ABRIR UN FOLIO REGISTRAL"; así lo dice tambien claramente y de forma reiterada el Libro de Monreal en sus paginas 108, 109, 111 y 112, donde repite hasta la saciedad que la finca registral es "todo aquello susceptible de abrir folio registral"; ahora bien si empezamos a darle vueltas a la pregunta, en primer lugar tenemos que el enunciado habla de caracteristicas en plural -aunque puede ser simplemente mala redacción-, lo cual descartaría las respuestas C y D que solo hablan de una caracteristica, descartada la B por identificar con el catastro, quedaría la respuesta A, pero esta respuesta A según el libro de Monreal se refiere a las caracteristicas comunes que de la normativa se deducen para las fincas registrales -yo entiendo que para las fincas registrales normales- por que las fincas especiales como puede ser una concesión administrativa, las aguas, las minas, ferrocarriles, explotaciones industriales de producción o distribución de energía electrica, etc. no son un espacio fisico, y mas que bienes inmuebles son derechos sobre bienes inmuebles; por otra parte tambien da lugar a confusión la respuesta D donde habla de bien inmueble que abre un folio registral en el Libro de inscripciones del Registro, en realidad, la finca registral si que habre un folio registral en el Libro de inscripciones, ¿en que otro sitio puede abrirlo?, pero habla de bien inmueble, cuando podemos entender que hay fincas especiales que no son bienes inmuebles, sino derechos sobre bienes inmuebles como ocurre con las Concesiones Administrativas; ahora bien según el Artículo 334 del Código Civil tienen tambien la consideración de bienes inmuebles las concesiones administrativas de obras publicas y los derechos reales sobre bienes inmuebles; pero es que si utilizaramos ese concepto amplio de bien inmuebles entonces sería valida tanto la respuesta C, como la D, e incluso la A. En fin espero que en este galimatias no hayan ido a pillarnos con consideraciones del tipo de que lo que se pregunta es caracteristicas previas que debe tener la finca para pasar despues a ser registral abriendo folio, en cuyo caso la respuesta podría entenderse que es la A; o que estén hablando de bienes inmuebles en ese sentido amplio del que he hablado; sería verdaderamente retorcido. En cualquier caso yo me quedo con lo que dice Monreal, y otros manuales que he consultado, y está claro que FINCA REGISTRAL ES TODO AQUELLO SUSCEPTIBLE DE ABRIR FOLIO REGISTRAL, de forma que por ejemplo una concesión administrativa es una finca registral, cuando en realidad no es finca material, es mas es que ni siquiera es una cosa, sino un derecho -aunque legalmente ese derecho sobre inmueble se considere bien inmueble-; ESPERO QUE NO LE DEN LA VUELTA A LA PREGUNTA A SU CONVENIENCIA.
Bueno para ser la primera vez me he enrollado mucho, espero vuestras opiniones, UN SALUDO.

CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor miguelbcn el Sab May 30, 2009 12:06 pm
Juer CHARLIE me has dejao planchao con eso de "porque se trataba de una adjudicación PARCIAL de herencia, que en el futuro se decidiría qué pasaría con la cuota usufructuaria de la viuda y que, tanto si se veía a la luz del derecho foral gallego como a la del común, no cabía crear carga alguna respecto de la participación de los hijos y estos adquirían en pleno dominio"...
Desconocía por completo ese extremo (porque no hago muxas herencias y no he encontrado ningún sitio en que lo expliquen con fundamentos legales), así que entre las prisas y tal le adjudiqué el usufrcto de 1/2 (ya me vale XD) de las ent. 2A y 2B a la viuda en aplicación del derecho catalan que es el que conozco ya que el derecho común no es de aplicación en galicia según consulta a un compañero de esa CO, así que como desconozco el Dº Gallego aplique el que me dió la gana, eso si explicando lo que hacia y pork (a ver si cuela)... lo que me he tragado es que no tendria que adjudicar el usufructo a la viuda por el tema de la adjudicación parcial....
en fin espero que esten de buen humor los días 5 y 6

Por cierto para aprobar el de liquidadoras bastaba con poner "prescrito" XDXDXD

saludos


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor charlie el Sab May 30, 2009 12:18 pm
Arnold, el libro de García Hinojal está actualizado a febrero de este año. El de Monreal, en cambio, lleva un retraso de 5 años.

En cualquier caso, creo firmemente que un buen empleado de Registros debe estar al día de cualquier novedad normativa que se produzca, sobre todo cuando tenemos a nuestro alcance esta ventana tan cómoda y tan útil que es internet.

En el examen de oficial había una pregunta (Qué es una finca registral) cuyo tratamiento en el libro de Monreal ha quedado obsoleto tras la aprobación de la Ley del Suelo 2/2008. Lo lógico es que puntúen con arreglo a esta última ley.

Un saludo.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor carmela el Sab May 30, 2009 12:44 pm
Para arnold, lo siento, yo precisamente esas 2 preguntas las dejé en blanco xq me creaban muchas dudas, creo q la de la finca registral era para contestar literal lo q pone el libro, y yo la verdad no me acordaba. en cuanto al despacho de documento liquidado en oficina incompetente, pues lo mismo, me surgieron dudas xq hablaron de impuestos en plural, y no me queda claro si en sucesiones y donaciones tambien se cierra el registro si no liquidas en oficina competente, así que en blanco tambien.
en cuanto al práctico, cada vez me acojono más... ya ni siquiera me acuerdo de lo q escribí... lo q sí recuerdo es q ante la duda de la afección a la cuota usufructuaria, lo dejé tal cual ponía la escritura: "mitad pleno dominio pa la madre y la otra mitad por parte iguales entre los 2 hijos sujeta a la cuota ...." ante la mi duda, digo yo q sabrá más el señor notario, no?
dios mío, con la feliz q estaba el jueves sólo x haber acabado y ahora pa´trás como los cangrejos...

Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor digo el Sab May 30, 2009 2:49 pm
Para Charlie: Hola compañero. Ya ha pasado casi todo y una vez más acudo a tí, porque te has granjeado la confianza de todos nosotros y sé que tus respuestas están cargadas de razón y tus fuentes son fidedignas - si bien no puedo dejar de decirte que creo que se te fue un poco la mano, en cuanto a las formas, en tu alusión a Aragorn de hace unos días-. También felicitarte por la situación personal, sea la que sea, que te ha llevado a estar missing por el foro hace unas semanas. Espero que dure!!!!
Bueno, al grano: primero, gracias por atender a todos los que acabamos de examinarnos, siendo que tú ya pasaste por esto y no es ahora mismo un problema que te incumba directamente. Mi pregunta es: visto lo visto en cuanto a las pruebas de este año, SE PUEDE HACER ALGO? Hay algún medio eficaz de hacer llegar a la Comisión o al Tribunal Central y Provinciales nuestras quejas u opiniones? No hablo ya de la chapuza de la convocatoria, porque ya no procede, y porque ya me desahogué repetidamente en el foro en ese sentido. Me refiero a la incongruencia de las pruebas en sí. Te agradecería un montón que, si pudieras, nos indicaras cual es la pauta a seguir para que TODO ESTO LLEGUE REALMENTE a quien corresponda: que lo tengan en cuenta o no es ya problema de sus CONCIENCIAS.
Muchas gracias, como siempre, por tu apoyo!!!
Un saludo y buen finde!

Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor ARNOLD el Sab May 30, 2009 6:20 pm
Haber CHARLIE, estamos de acuerdo en que el libro de García Hinojal está actualizado, y el de Monreal, en cambio, lleva un retraso de 5 años; pero te recuerdo que en la Convocatoria de exámenes por la Comisión, de 25 de Noviembre de 2.008, se incluye el TEMARIO PARA OFICIALES, el cual es una fotocopia literal del Indice del libro de Monreal, es mas hasta de su primera página donde se puede leer bien claro "Quinta Edición corregida y aumentada", luego es a ese temario estrictamente al que debe de ceñirse la evaluación de conocimientos; y si no era así por que no nos han notificado que hay ciertas partes del libro que no están actualizadas y por que manual debiamos estudiarlas -así ha ocurrido con los Auxiliares de 1ª a los que les han puesto el libro de Garcia Hinojal para estudiar el exámen-; en cualquier exámen, que no sea una chapuza como este, el temario por lo menos debe estár perfectamente delimitado y actualizado, es de cajón, por lo menos debes de saber lo que te tienes que estudiar, luego el que te lo estudies o no es tu problema, luego no te pueden evaluar de cosas que no están en el temario; que yo sepa no hemos recibido ninguna notificación de la Comisión de que ese temario variara en ningún aspecto; por otro lado te puedo decir que he hecho muchos exámenes en la facultad de Derecho, y que siempre si habia alguna reforma que afectara a alguna parte del libro-temario, al menos se nos advertía de que debiamos prepararlo por otro manual actualizado o de la norma que lo modificaba, por que está claro que el Derecho es un organismo vivo, y que las normas varían cada día; al respecto tambien tengo que decir que nunca he visto un exámen test en el que se penalizara una pregunta bien por cada una mal, por que ello lejos de evitar que la gente haga el exámen como una quiniela, lo que prima es que ante la mas minima y lógica duda no puedas contestar, no se prima el conocimiento sino al que menos arriesga, en la Universidad a lo sumo cada dos preguntas mal te quitaban una bien.
En cuanto a lo que sea o no un buen empleado de Registros, no se en que parte de nuestro Convenio o Contratos dice que se debe estar al día de cualquier novedad normativa que se produzca, que yo sepa nosotros somos Personal Auxiliar, no Registradores, y nuestro trabajo consiste en confeccionar materialmente las inscripciones, ojo, de documentos que previamente han sido perfectamente Calificados por el Registrador en todos los aspectos legales que abarca la calificación, por ejemplo un documento liquidado en oficina incompetente -si es que ahora no se puede despachar- no llegaría nunca a mi mesa para despacharlo, porque previamente el Registrador lo habrá calificado y rechazado, luego no nos adjudiquemos una tarea que no es nuestra; en fin podríamos hablar mucho de lo que se puede considerar un buen empleado de Registro, como esa "bonita frase" que tambien viene en el manual de Monreal entre los deberes del personal auxiliar "guardar la mas rigurosa disciplina y fidelidad en su trabajo, acatando y cumpliendo las ordenes e instrucciones del Registrador", parece un contrato de matrimonio, les ha faltado decir: "en la salud y en la enfermedad, durante todos los días de tu vida, y hasta que la muerte os separe, Amen"; creo sencillamente que ni tu, ni yo, ni nadie podemos decirle a ningún compañero lo que es un "buen empleado de un Registro", lo será simplemente el que haga bien su trabajo, y además trabaje con diligencia todo lo que pueda, como en todo trabajo, que hay muchos que viven del cuento y de la antiguedad en la categoría, cuando son otros los que realmente hacen el trabajo, o no estamos de acuerdo?
Finalmente haber si me puedes aclarar por que ha quedado obsoleta la definición de finca registral en el libro de Monreal tras la aprobación de la Ley del Suelo 2/2008; porque he estado viendola y no veo nada que me indique que una finca registral sigue siendo simplemente todo aquello que abre folio registral; desde las fincas normales, a las especiales, abrir folio registal no solo lo hace una finca material, sino que tambien una concesión administrativa sobre bienes inmuebles- ya sea de minas, ferrocarriles, lineas de energía electrica, aprovechamientos de agua, etc..., que no son una cosa o bien, sino un derecho, incluso abre folio registral una anotación preventiva de suspensión por falta de inmatriculación.
En definitiva, luchare por que se me califique el exámen conforme al temario aprobado para le mismo-. aunque a lo mejor estamos hablando de mas y efectivamente es así.
Con cariño y respeto, aunque discrepemos, un saludo.
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Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 5:09 pm


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor charlie el Sab May 30, 2009 9:12 pm

Bueno, al grano: primero, gracias por atender a todos los que acabamos de examinarnos, siendo que tú ya pasaste por esto y no es ahora mismo un problema que te incumba directamente. Mi pregunta es: visto lo visto en cuanto a las pruebas de este año, SE PUEDE HACER ALGO? Hay algún medio eficaz de hacer llegar a la Comisión o al Tribunal Central y Provinciales nuestras quejas u opiniones? No hablo ya de la chapuza de la convocatoria, porque ya no procede, y porque ya me desahogué repetidamente en el foro en ese sentido. Me refiero a la incongruencia de las pruebas en sí. Te agradecería un montón que, si pudieras, nos indicaras cual es la pauta a seguir para que TODO ESTO LLEGUE REALMENTE a quien corresponda: que lo tengan en cuenta o no es ya problema de sus CONCIENCIAS.



La gente que está en la Comisión Delegada para los exámenes es perfectamente consciente de lo que ha sucedido. No sé si fue ayer o esta mañana, pero un compañero nuestro ha comentado en este foro que había hablado personalmente con doña Isabel Lapuente. Otros compañeros han enviado cartas de protesta. Gustavo Lobeto es perfectamente consciente de lo que sucede. Somos un colectivo numeroso, pero cuando interesa o cuando la realidad es un clamor, las noticias vuelan a toda prisa.

La cuestión es, ¿qué decisión deben tomar? ¿Dar un aprobado general, anular los exámenes, cambiar las reglas de corrección? Ninguna es una decisión correcta. Lo correcto, y por lo que yo abogo, es la celebración inmediata de otros exámenes cumpliendo escrupulosamente todas las normas contenidas en el Convenio, trabajando por que el examen sea lo más proporcionado posible y tratando con equidad y justicia a todos nuestros compañeros. De lo que se trata es de hacer las cosas BIEN Y A TIEMPO. No es muy complicado, sólo requiere trabajo, seriedad y tomarse en serio a la gente.


te recuerdo que en la Convocatoria de exámenes por la Comisión, de 25 de Noviembre de 2.008, se incluye el TEMARIO PARA OFICIALES, el cual es una fotocopia literal del Indice del libro de Monreal, es mas hasta de su primera página donde se puede leer bien claro "Quinta Edición corregida y aumentada", luego es a ese temario estrictamente al que debe de ceñirse la evaluación de conocimientos; y si no era así por que no nos han notificado que hay ciertas partes del libro que no están actualizadas y por que manual debiamos estudiarlas -así ha ocurrido con los Auxiliares de 1ª a los que les han puesto el libro de Garcia Hinojal para estudiar el exámen-; en cualquier exámen, que no sea una chapuza como este, el temario por lo menos debe estár perfectamente delimitado y actualizado, es de cajón, por lo menos debes de saber lo que te tienes que estudiar, luego el que te lo estudies o no es tu problema, luego no te pueden evaluar de cosas que no están en el temario;



El hecho de que el temario sea una fotocopia bastante cutre del índice del Monreal no significa que ese contenido no deba estar actualizado. De hecho, no entiendo que en ningún examen se espere que el examinando dé una respuesta evidentemente errónea según las leyes actuales, porque lo que estudiamos es la materia viva y no historia del derecho.


En cuanto a lo que sea o no un buen empleado de Registros, no se en que parte de nuestro Convenio o Contratos dice que se debe estar al día de cualquier novedad normativa que se produzca, que yo sepa nosotros somos Personal Auxiliar, no Registradores, y nuestro trabajo consiste en confeccionar materialmente las inscripciones, ojo, de documentos que previamente han sido perfectamente Calificados por el Registrador en todos los aspectos legales que abarca la calificación, por ejemplo un documento liquidado en oficina incompetente -si es que ahora no se puede despachar- no llegaría nunca a mi mesa para despacharlo, porque previamente el Registrador lo habrá calificado y rechazado, luego no nos adjudiquemos una tarea que no es nuestra; en fin podríamos hablar mucho de lo que se puede considerar un buen empleado de Registro, como esa "bonita frase" que tambien viene en el manual de Monreal entre los deberes del personal auxiliar "guardar la mas rigurosa disciplina y fidelidad en su trabajo, acatando y cumpliendo las ordenes e instrucciones del Registrador", parece un contrato de matrimonio, les ha faltado decir: "en la salud y en la enfermedad, durante todos los días de tu vida, y hasta que la muerte os separe, Amen"; creo sencillamente que ni tu, ni yo, ni nadie podemos decirle a ningún compañero lo que es un "buen empleado de un Registro", lo será simplemente el que haga bien su trabajo, y además trabaje con diligencia todo lo que pueda, como en todo trabajo, que hay muchos que viven del cuento y de la antiguedad en la categoría, cuando son otros los que realmente hacen el trabajo, o no estamos de acuerdo?



No estoy de acuerdo. Y te voy a decir claramente por qué:

Mi mujer de la limpieza cobra 9 euros brutos por hora, lo que hace un total de 1440 euros mensuales brutos si trabajase 40 horas semanales. Su trabajo no requiere de grandes destrezas ni implica una gran responsabilidad.

Un Registrador cobra por arancel porque se juega su dinero (cualquier otra explicación de la existencia del arancel es absurda).

Un empleado de Registro que gana 1440 euros al mes (como mi señora de la limpieza) debe tener una destreza y debe asumir una responsabilidad propias de una persona que cobra 1440 euros al mes. Cualquier otra posibilidad es injusta.

Por lo tanto, un oficial de Registro que tiene la posibilidad de ganar la cantidad 1440 euros multiplicada por dos, por tres o por cuatro, debería hacer malabares con el coxis o, al menos, saberse las leyes más o menos actualizadas. Tampoco estoy pidiendo tanto: no somos mineros, ni tenemos un trabajo arriesgado ni asumimos grandes responsabilidades como un juez o un médico o un conductor de un tren o un maestro de primaria. Somos meros oficinistas que cumplimos las órdenes que nos dan pero que, a diferencia de la mayor parte de los administrativos, cobramos un pastón. ¿Cómo justificamos esos sueldos? Por nuestra capacitación técnica. TENEMOS LA OBLIGACIÓN DE CONOCER LA LEGALIDAD DE LA MEJOR FORMA POSIBLE.


Finalmente haber si me puedes aclarar por que ha quedado obsoleta la definición de finca registral en el libro de Monreal tras la aprobación de la Ley del Suelo 2/2008; porque he estado viendola y no veo nada que me indique que una finca registral sigue siendo simplemente todo aquello que abre folio registral; desde las fincas normales, a las especiales, abrir folio registal no solo lo hace una finca material, sino que tambien una concesión administrativa sobre bienes inmuebles- ya sea de minas, ferrocarriles, lineas de energía electrica, aprovechamientos de agua, etc..., que no son una cosa o bien, sino un derecho, incluso abre folio registral una anotación preventiva de suspensión por falta de inmatriculación.



La Ley del Suelo dice que finca registral es todo aquello que abre folio registral (art. 17.1 Ley del Suelo). En el Monreal, aunque también se da esta definición, se recogen en letra pequeña otras cuatro definiciones que coinciden con la respuesta letra a) del test del examen.

Con cariño y respeto, aunque discrepemos, un saludo.



Que yo haya contestado así a Aragorn no quiere decir que yo conteste así a todo el mundo. De hecho, soy el forero con mayor número de mensajes del foro y pueden contarse con los dedos de una mano los mensajes en los que me dejo llevar por mi carácter iracundo y atrabiliario.

Un saludo.


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor PRIOR TEMPORE el Dom May 31, 2009 12:23 am
ALGUIEN HA OBSERVADO QUE EN UNA PREGUNTA DE LIQUIDADORA PONIA "PERIODO EFECTIVO" EN LUGAR DE "EJECUTIVO", CUAL DE LAS RESPUESTAS CONTESTASTEIS, SI ERA ESA INDUCE A ERROR, Y SOBRE EL PRACTICO SE TRASLADA O NO LO DE LA AFECCION AL PAGO DE LA CUOTA LEGAL USUFRUCTUARIA EN LA ISCRIPCION, CABE PONER QUE LA HERENCIA SE ADJUDICABA A LOS HIJOS EN CUANTO A 1/16 AVA PARTE EN PLENO DOMINIO A CADA UNO DE ELLOS CON LA AFECCION O SIN ELLA, GRACIAS Y SUERTE A TODOS


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor galgani el Dom May 31, 2009 10:45 am
Vamos a ver, yo me examine para aux. 1ª; el examen también fue jodido para mí, pero,...., después de todo el esfuerzo, hablais de anular examenes y hacerlos en condiciones,???? y la gente que ha aprobado????? DIOS!!!! qué pasa?????Recuerdo charlieque cuando se mencionaba la impugnación de los examenes había quien¿¿¿???? decía que es un derecho que tenemos todos a examinarnos, y bla bla bla, ahora que veis que ha sido una jodienda, hablais de hacer unos nuevos, pues me niego en rotundo, porque si he suspendido volveré a intentarlo en el próximo, pero la gente que ha aprobado, pero bueno, qué pasa con esas personas????? Y por cierto claro que el "sindicato mayorista" tiene conocimiento del tema, hombre!!!! es lo que faltaba, que no lo supieran, o qué nos creemos que este foro es para exclusivamente para gente como yo????? los mindunguis, pues no,...., esto lo lee to kiski. Lo que veo que se tendría que tener un poco de manga ancha por lo ambiguo y problematico de los examenes, por el tiempo, preguntas que por su inexactitud admiten varias respuestas..., pero ya está hecho, y si no que se hubiesen intentado impugnar antes, porque yo lo comenté por el foro, que esto se veia venir,....
Por cierto Charlie, me da que todo se tenia previsto, o lo de poner un asiento que vencía el cuatro de junio es casualidad,....
Ahora vienen las quejas y las lamentaciones, pero cuando tuvimos la oportunidad, viendo el cachondeo que había con lo de hoy me reuno y dentro de dos meses otra vez, y así sucesivamente, no hicimos lo que teniamos que hacer y es decir abiertamente que las cosas claras y el chocolate espeso, y además, nos lo han dado hasta con churritos, para que la acidez de estómago nos dure...
El caso, es que la cosa ahora está complicada, y no vamos a echarle las culpas a unos o a otros, todos somos culpables, no hemos sabido hacer las cosas bien, ni unos ni otros, y estas son las consecuencias, hemos creado un efecto invernadero en nuestra profesión, y ahora nos toca corregir para que no se produzca una catastrofe...


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor tiñosa el Dom May 31, 2009 6:12 pm
Buenas tardes, ¿alguien sabe si las listas de aprobados estan colgadas en la red?


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor jlrv el Dom May 31, 2009 10:45 pm
Hola estoy decidio a enviar un escrito a la comisión para tratar de impuganar algunas de las preguntas del examen de oficial. Yo creo que debemos de hacerlo ya, antes de que se publiquen las notas, alguien sabe a donde hay que remitir el escrito, a la atención de quien y por que medio hacerlo, e-mail, fax, carta etc. GRACIAS
Arnold te dejo mi mail para que te pongas en contacto conmigo, ok, jlrvi@hotmail.com


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor jotajota el Lun Jun 01, 2009 10:47 pm
Hola, por fin , tengo un rato para hablar del examen de oficial. Hemos cambiado hoy de Registrador y como ya sabreis algunos es un lío bestial. Lo que me faltaba para hacer el examen, la semana de antes preparar todo el papeleo....
Alguien podría colgar el examen teórico completo?, para comprobar más o menos las preguntas y hacerme a la idea de volver a estudiar Sad -.
Del práctico prefiero ya no pensar. cuantas más vueltas le doy peor lo veo....
Lo de la nota de afección al pago de Impuesto caducada sí lo ví, pero ya no me acuerdo si lo puse en la nota de despacho...
¿Alguien sabe cuando nos dirán si hemos aprobado el teórico?

ÁNIMO Y SUERTE A TODOS, PENSAD QUE TENEMOS UN AÑO PARA ESTUDIAR, BUFFFFFF, (ES POR VER EL LADO POSITIVO)


Re: CONCLUSIONES EXAMEN OFICIAL

Notapor jotajota el Mar Jun 02, 2009 9:18 am
Hola otra vez, he revisado los mensajes anteriores, perdonad, no había visto vuestras respuestas.
Os voy a contar mi examen práctico, es una crónica de ir contrareloj, supongo que como todos, porque lo hemos dicho mucha veces ya en este foro, pero ES QUE ERA LARGUÍSIMO, sobre todo para escribir a mano.
Tardé una hora y media en leer y comprender la escritura, redactar el asiento de presentación y decidirme a arrastrar o no lo del derecho gallego. Estaba en un mar Cantábrico de dudas: adjudicar a la viuda ¼ parte de usufructo y el resto a los hijos, arrastrarlo como una carga de la participación de los hijos, o como era una adjudicación de herencia parcial no arrastrarlo, (puesto que faltan bienes por partir, ya se adjudicará su parte cuando hagan la herencia del resto de fincas), como ha dicho Charlie, poniendo el dedo en la llaga. Reuní la fuerza suficiente, consulté al olimpo, y lo arrastré…. Ya veremos como me vá en la corrección, con permiso del teórico, claro.
Cuando estaba redactando la primera segregación, se oye por megafonía “LAS DE LOGROÑO QUE SE ABSTENGAN”, perdón esto de es un chiste, que algún día os contaré, lo que dijeron fue, “FALTA UNA HORA Y CUARTO PARA TERMINAR”. Me tuve que decidir por segunda vez en la tarde, o seguía con las inscripciones y no terminaba, o empezaba con todo lo que me faltaba, nota despacho, certificación, honorarios, nota al margen diario…. Acabé como pude la primera segregación, y dejé dicho como se hacían las otras dos para terminarlas después.
Redacté nota despacho, certificación, detalle honorarios, inscripción del resto y extinción de comunidad, y cuando estaba haciendo la nota al margen del asiento de presentación (vaya chorrada para un examen de oficial, es totalmente una nota mecánica, ¿demostramos haciéndola bien nuestro conocimientos teóricos y prácticos?), cogen otra vez el dichoso micrófono y se oye “SI NO LES DA TIEMPO, PUEDEN RESUMIR UN POCO LAS DESCRIPCIONES DE LAS FINCAS”; sin megafonía se oyó una voz cabreada que hablaba por boca de todos “PUES PODÍAN HABERLO DICHO HACE DOS HORAS!!!”. No sé que efectos tendrá en la corrección, pero creo que ya solo faltaban unos veinte minutos, nadie pudo aprovecharse de esta benevolencia de última hora….
Escribiendo como locos oímos: “HAY QUE PONER LA BASE DE LOS HONORARIOS”, y ahí ya nadie tenía tiempo de protestar….. y creo que ganas tampoco.
Ya veremos……
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