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LIQUIDADORA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

5 participantes

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Mensaje  Vayavaya Lun Sep 26, 2011 11:52 am

Esperemos que hoy se resuelva algo en relación con el pago de la Liquidadora en la Comunidad Valenciana. Ya son 17 meses sin cobrar y parece ser que hoy se vuelven a reunir los Registradores y el Conseller para fijar un calendario de pago.
Crucemos los dedos!

Vayavaya

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Mensaje  Vayavaya Lun Sep 26, 2011 12:22 pm

Acabo de saber que lo que van a proponer los Registradores es una bajada del % que se llevan los Registros, a cambio de que paguen mensualmente.
¿Sabéis algo??

Vayavaya

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Mensaje  qixote Lun Sep 26, 2011 3:15 pm

¿17 meses sin cobrar? Que fuerte.

P.D. Este es mi primer post, desde que un compañero me recomendara la página. Así que un saludo, y espero que consigamos algo.

qixote

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Mensaje  anticresis Lun Sep 26, 2011 6:57 pm

Coincido con el compañero en relación a la reducción del porcentaje. Se habla también de que toda la deuda que se nos debe a las OOLL se refinancie a cinco años. Vamos, que cobraremos cuando ya no estemos trabajando en el Registro. Saludos.

anticresis

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Mensaje  el jubilao Miér Sep 28, 2011 9:10 pm

No entiendo lo de las Oficinas Liquidadoras. Es lo mismo que los documentos despachados de la Seg. Social, AEAT, Juzgado de lo Social, etc…. que como no se cobran de inmediato, no se dan por pagados.
Nosotros debemos trabajar “al devengo” no “al pago”, pues Hacienda así nos lo exige.
Debe estar bien claro lo que quiere decir “al devengo” y “al pago”. Al devengo es cuando se produce el devengo, es decir cuando se hace el trabajo. Y al pago es cuando se cobra. Para Hacienda, se deben hacer las cuentas “al devengo”. Y si para Hacienda es “al devengo”, por qué nosotros debemos cobrar “al pago”. No, señor/a Registrador/a, no estoy de acuerdo.
Nosotros no somos parte de la empresa, somos empleados por cuenta ajena y el Registrador/a debe pagar por el trabajo realizado, no por el cobrado. Él tiene medios para cobrar. Que los ponga en funcionamiento. Ese no debe ser nuestro problema.
Es como si en una fábrica de botellas de plástico, los representantes/vendedores y los operarios cobrasen cuando se pagasen las botellas que antes hemos vendido unos y fabricado otros. Los empleados no son los que se deben preocupar de que se cobren. El empresario (léase Registrador/a) es quien debe preocuparse de cobrar las botellas (léanse documentos y Liquidaciones), pero nosotros, que somos como los representantes/vendedores de las botellas, cobramos cuando se hace y sirve el producto, no cuando el fabricante (registrador/a) los cobra.
Sigo sin entender el funcionamiento a efectos reales:
¿Qué pasa cuando el Registrador/a concursa y se va a otro Registro? ¿pierde los documentos no cobrados y las liquidaciones no recibidas? Seguro que no.
¿Qué pasa cuando en un mes la Liquidadora ingresa de golpe 4 ó 6 meses atrasados? Ese mes la nómina se sale, mientras que los anteriores meses ha sido deficitaria.
¿Qué pasa si tienes que tomar la baja por enfermedad esos meses que la Liquidadora no ha ingresado y tu nómina es la mínima? Pues que tu baja es menos que mínima.
Y si estando de baja se cobran esos 6 meses de atrasos, como tu estas de baja, pues pasas la mano por la pared, pues a ti te está pagando la Seg. Social, no el Registrador. Y ese dinerito que has generado tu, no lo percibes y se lo reparten tus demás compañeros tan contentos.
¿A que esto último no lo veis bien? Pues es lo que debe ser.
¿Y qué pasa si el Registrador/a concursa, se va, pasa la interinidad y al nuevo titular le ingresan esos documentos atrasados o esas liquidaciones atrasadas? En primer lugar lo ingresarán a la cuenta del anterior titular. En segundo lugar la retención que se ha practicado e ingresado por la Seg. Soc, AEAT, etc… se ha efectuado a nombre del anterior Registrador. El anterior Registrador tendrá que hacer unas nóminas complementarias a los de participación estando en su destino nuevo, pero como si estuviese en tu Registro. Es decir, ahora, que está de Registrador en A Coruña, debe hacer unas nóminas de Cataluña y que son del año pasado…..
Realmente no sé cómo se come esto…….
En verdad, si sé cómo se come: Las facturas se contabilizan “al devengo” y problema resuelto. Las liquidaciones, mas de lo mismo: cada mes se contabiliza lo devengado.
Es por esto, por lo que no entiendo la preocupación en las Oficinas Liquidadoras de la Comunitat Valenciana. Que cada mes se contabilicen las liquidaciones que correspondan al igual que cada trimestre se ingresa el IVA de las facturas, sin haberlas cobrado aún. El Registrador/a es quien debe apechugar con lo bueno y lo menos bueno.

Saludos desde la Comunitat Valenciana. Shocked
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Mensaje  Vayavaya Jue Sep 29, 2011 10:03 am

Que buena es la teoría y que mala la práctica.
Por supuesto que estoy con el Jubilao. Deberíamos cobrar cuando hacemos el trabajo, pues somos trabajadores y es el Registrador el que nos debería pagar y asumir el impago. Estoy hasta....

Y, por cierto, como es que no se habla del tema?? que hay ordenes de...?? Claro, a ver si al final no nos pagan...
Siempre con el miedo...

Vayavaya

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Mensaje  el jubilao Jue Sep 29, 2011 3:08 pm

Ah!, se me olvidaba.
Los Registradores/as se quejan con voz bien alta que tienen que adelantar el IVA de los “Premios de liquidación” no percibidos.
¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿Y no son capaces de pagar a los trabajadores que les han producido ese “Premio de Liquidación” ??????????
Los autónomos, que en españa son muchíiiiiiiisiimos, tienen que adelantar el IVA de los productos entregados, facturados y NO cobrados. Pagan a sus empleados religiosamente.
Pero los Registradores/as son de otra madera y eso no va con ellos.

Vayavaya, dices que una cosa es la teoría…..
¡No, de teoría nada!
Tan sólo hay que decírselo y que sea el Registrador/a la que diga que no lo hace así porque ella no adelanta nada.
No creo haga falta decirte dónde está la Delegación de Hacienda mas cercana.
Es así de fácil.

Saludos desde la Comunitat Valenciana Shocked
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Mensaje  el jubilao Jue Sep 29, 2011 3:39 pm

Es que debo volver a insistir en el tema, pues me calienta una cosa mala…..
Supongamos que quedo embarazada y cojo la baja por parto que son unos 4 meses, le añado las vacaciones y medio mes por la hora de lactancia y suman casi 6 meses.
Durante el tiempo que estoy de baja por parto, me paga íntegra y directamente la Seguridad Social. Mi participación se la distribuyen en el Registro de la forma que les venga mejor.
El mes de vacaciones y la lactancia me lo paga el Registro como si estuviese sentada en mi puesto de trabajo.
Si durante mi baja por parto se pagan los atrasos del “Premio de liquidación” de los últimos 6 u 8 meses. ¡Como a mi me paga la Seg. Social y no estoy en el Registro para enterarme, pues mis compañeros se reparten lo que se ha ingresado ese mes: Los documentos cobrados durante el mes, mas el Premio de liquidación que se ha cobrado ese mes. La participación que me correspondería por esa suma se la reparten los demás en la proporción que mejor les convenga.
Lo mismo digo, pero al contrario: Lo que se ha liquidado en esos casi 4 meses que estoy de baja, como yo no he estado en la Oficina, no me corresponde nada……
No vale decir aquello de “Lo uno por lo otro” y menos si uno es mayor o menor que lo otro.
¿Veis cómo no es fácil si se hace ”al pago”. Haciendo las cuentas “al devengo” esos problemas desaparecen y TODOS CONTENTOS Y COBRANDO LO QUE CORRESPONDE.
El Registrador/a podrá dormir tranquila, que habrá cumplido correctamente con sus obligaciones.

Mas saludos desde la Comunitat Valenciana. Embarassed

el jubilao
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LIQUIDADORA EN LA COMUNIDAD VALENCIANA Empty DE ILUSION TAMBIEN SE VIVE

Mensaje  SERVILIA Vie Sep 30, 2011 12:41 pm

Si no hay dinero para el agape del 9 de Octubre, y si están pensando en retrasar el vencimiento de los Bonos Patrioticos que vencen el mes que viene, y esta semana Alberto Frabra, casi se queda a dos velas. ¿Alguien se cree que esta cerca el pago de las Liquidadoras?.
El problema es que hay tanto miedo de que se pierdan que se aguantan carros y carretas.

SERVILIA

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