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CURSO AULA CIVIL IV

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Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 3:57 pm

Notapor LoLoR el Mié Oct 15, 2008 12:56 pm

Hola a todos/as

¿Hay alguien, que como yo, se haya inscrito el curso de los contratos a través del Colegio?

La verdad es que me gustaria que pudieramos resolver las dudas que nos surjan a traves de este tema y echarnos una mano y por que no comentarios varios.

Por si alguno lo hizo anteriormente
¿Sirvén realmente estos cursos?, ¿donde se realizan el examen presencial?


Hoy me estoy luciendo conectandome cada 2x3

Por cierto, estreno avatar, jejejeje


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor SIDDHARTHA el Jue Oct 16, 2008 5:31 pm
Yo he hecho todos los cursos (Civil, Ley General Tributaria y sus Reglamentos, Tributario-contratos- y sucesiones) y he de decir, que empezaron fuerte, resolviendo consultas en breves espacios de tiempo, y con mucha dedicación, pero que posteriormente perdieron fuerza y ya únicamente se dedicaban a colgar los apuntes y ejercicios.
Sin embargo, los cursos en sí son rigurosos, actualizados y realizan un estudio profundo de las materias que tratan; desgraciadamente solo tengo aprobados tres, porque en los dos últimos me he dormido un poco en los laureles, pero sin duda animo a apuntarse a cualquiera que quiera mejorar sus conocimientos, ya que para los que nos hemos tenido que buscarnos la vida para aprender a desarrollar nuestro trabajo, son una fuente inestimable de conocimientos,... Y GRATIS!!

Para presentarte a los exámenes tienes que presentar los ejercicios en plazo (con un margn de tres), y se realizan (por lo menos en mi Comunidad) en los Decanatos.

PD: En la entrega de diplomas (apto, o no apto) se montan un acto muy singular, con los Registradores de la región, canapés, foto finish, y demás fruslerias muy a gusto de nuestros jefes, jejeje.

Las 1ª preguntas

Notapor LoLoR el Vie Oct 17, 2008 12:21 pm
Bueno, aquí pongo las preguntas del 1er tema por si a alguien le interesa.


1.- Loly acaba de comprar una vivienda y necesita realizar la instalación de la luz, del teléfono, del gas... El contrato que realizará con las compañías suministradoras será un:
1 Contrato normado, submodalidad del contrato de adhesión.
2 Contrato reglamentado pues está sustraído a la autonomía de la voluntad.
3 Contrato forzoso y accesorio pues se justifica en función del contrato de compraventa del piso.
4 Contrato negociado con la empresa suministradora del servicio público.


2.- Adolfo ha creado una empresa vinícola, por ello compra la próxima cosecha de una Rolling Eyes (supongo que será uva) a todos los agricultores de la localidad de Fermoselle:
1 Es un contrato nulo porque recoge un acuerdo contrario a las buenas costumbres del lugar.
2 Es un contrato ilícito por estar el objeto del contrato fuera del comercio de los hombres
3 Es un contrato válido puesto que el objeto cumple los requisitos de ser posible, lícito y determinado.
4 Es nulo puesto que realmente es un contrato sin causa.


3.- Marta compra su primera vivienda a Maria Luisa:
1 En base al principio espiritualista de los contratos deberá constar el contrato de compraventa en documento público.
2 El contrato de compraventa necesita como forma ad solemnitatem el documento público para su inscripción registral.
3 La inscripción en el contrato de compraventa es de carácter constitutivo, de ahí que se exija su constatación en documento público.
4 El contrato de compraventa es obligatorio cualquiera que sea la forma en que se haya celebrado siempre que concurran las condiciones esenciales para su validez.


4.- Joaquín pacta un contrato de arrendamiento con Miguel. La fecha de iniciación del mismo tendrá lugar el 1 de septiembre y tendrá una duración de cinco años:
1 Se trata de un contrato sometido a término inicial y condición suspensiva.
2 Se trata de un contrato sometido a término inicial y término final.
3 Se trata de un contrato sometido a término inicial y condición resolutoria.
4 Se trata de un contrato sometido a término final.


5.- Cecilia dona a su sobrina Amparo su chalet en la playa con el gravamen de que los veranos deberán pasarlos juntas en dicho inmueble:
1 Es un contrato de donación con una condición resolutoria.
2 Es un contrato de donación con obligación modal.
3 Al imponerse el gravamen a la donación, pierde su carácter gratuito y la convierte en onerosa.
4 La carga o modo no es obligatorio, es un mero ruego impuesto a la donación.


6.- El principio de autonomía de la voluntad de las partes implica que los contratantes pueden introducir los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente sin limitaciones (art. 1.255 CC).
1 Verdadero
2 Falso


7.- Carmen, administradora única de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, compra para sí misma un inmueble propiedad de dicha empresa que ella misma vende. Es un autocontrato no prohibido en general por el Código Civil, y que cabría en este supuesto al tratarse de dos patrimonios claramente diferenciados, existir poder válido de venta y no haber conflicto de intereses.
1 Verdadero
2 Falso


8.- Daniel contrajo hace tiempo una deuda con Cesar, deuda que pagó en su momento. Ahora, pasados 3 años, Daniel vuelve a reiterar el pago puesto que no se acuerda si se lo pagó. Transcurridos unos meses, comprueba que la deuda fue abonada en su momento. Se dan todos los requisitos del enriquecimiento sin causa.
1 Verdadero
2 Falso


9.- Es posible la conversión del negocio nulo en válido.
1 Verdadero
2 Falso


10.- Un contrato celebrado por un menor (por si sólo) es rescindible y no anulable.
1 Verdadero
2 Falso


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor aprendiz1 el Vie Oct 17, 2008 1:11 pm
HOLA YO ESTOY APUNTADO. HE VISTO QUE SE HA COLGADO EL CUESTIONARIO EN EL FORO. NO SE EN QUE PARTE DE LA PAGINA DEL COLEGIO PUEDO OBTENER EL TEMARIO COMO EL CUESTIONARIO. Me lo podeis indicar? Gracias

CURSO AULA CIVIL IV

Notapor LoLoR el Lun Oct 20, 2008 9:25 am
Hola, buenos días

Dentro del apartado Aula Civil de la página del colegio tienes que pinchar en "Acceso al curso"

Introduces tu usuario y contraseña, (que te mandaron a tu correo electrónico cuando te notificaron que habias sido aceptado), y a la izquierda de la pantalla que se abrirá tienes diferentes opciones como son acceder al temario y cuestionarios.

Un saludo.


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor aprendiz1 el Lun Oct 20, 2008 11:33 am
gracias por las indicaciones.


CURSO AULA CIVIL IV

Notapor LoLoR el Vie Oct 24, 2008 11:49 am
Cagon tó lo que se menea

He tenido en el primer ejercicio 4 fallos

Tengo una duda: ¿como se califica esto? Es decir, cuenta el número de aciertos errores en las prácticas o solo cuenta el presencial.

¿Si hago todas la prácticas y no voy al presencial me dan el título?

Por si a alguien le interesa y no ha enviado todavia las respuestas:

1.1
2.3
3.4
4.2
5.2
6.2
7.2
8.1
9.1
10.2


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor SIDDHARTHA el Vie Oct 24, 2008 4:40 pm
No cuenta la nota obtenida en los ejercicios, pero sí que los envies en plazo. Para obtener el diploma de aprovechamiento(apto), tienes que haber enviado los ejercicios y aprobar el exámen, si no solamente te dan el de asistencia (no apto).
Un dato curioso; en el último exámen que hice, me dijeron Shocked que para aprobar, necesitaba haber tenido bien 6 preguntas de 10, y no solo cinco como yo tenía Question Exclamation Exclamation , inmaginad mi sorpresa.

2º TEMA

Notapor LoLoR el Lun Oct 27, 2008 2:35 pm
Bueno, pues ya está aquí el 2º tema, con nuevas y apasionantes preguntas.

Por cierto la respuesta 1 de la pregunta 3, Shocked , que "cohones" tiene el que la hizo.

Vamos a ver si esta vez mejoro algo, en cuanto tenga las respuestas correctas las paso, aunque si alguien se quiere tirar el detalle.... :mrgreen:

1.- Conociendo las notas que definen un derecho de crédito, pertenece a esta categoría:
1 La servidumbre de paso permite al titular de una finca pasar por la del vecino.
2 El usufructo vitalicio, esto es, el derecho que una persona tiene de usar y disfrutar de una cosa mientras viva.
3 El arrendamiento de local de negocio.
4 Ninguna de las anteriores.


2.- La cesión gratuita de un local para usarlo durante las fiestas locales, es:
1 Un arrendamiento.
2 Un derecho real de uso.
3 Un derecho de precario.
4 La mera posesión del local.


3.- La tradición instrumental:
1 En el caso de un local de negocio se realiza mediante la entrega de los instrumentos de trabajo.
2 Recibe ese nombre por su carácter accesorio o instrumental.
3 Se produce mediante el otorgamiento de la escritura, que equivale a la entrega si de la misma no resulta o se deduce lo contrario.
4 Es un tipo de tradición real.


4.- La escritura pública:
1 Hace prueba frente a todos de todo lo que contiene.
2 Sólo prueba frente a todos la fecha de su otorgamiento y el hecho que la motiva.
3 Únicamente prueba su fecha.
4 No prueba nada de lo que contiene.


5.- La compraventa:
1 Es el único modo derivativo de adquirir el dominio.
2 Transmite directamente la propiedad de la cosa vendida.
3 Puede servir de título para adquirir el dominio.
4 Equivale a la tradición instrumental.


6.- En España, para transmitir el dominio basta el acuerdo del transmitente y del adquirente.
1 Verdadero
2 Falso


7.- En España, para transmitir una finca se requiere escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad.
1 Verdadero
2 Falso


8.- El derecho real de hipoteca no existe si no se inscribe la escritura de constitución en el Registro de la Propiedad.
1 Verdadero
2 Falso


9.- El otorgamiento de la escritura pública siempre equivale a la entrega
1 Verdadero
2 Falso


10.- La determinación del precio de la compraventa puede dejarse al arbitrio de un tercero, pero no a la voluntad de una de las partes.
1 Verdadero
2 Falso


GRACIAS

Notapor LoLoR el Lun Oct 27, 2008 2:37 pm
Se me olvidaba:

Gracias Siddhartha por la información.


Respuestas tema 2

Notapor LoLoR el Lun Nov 03, 2008 11:51 am
Este tema se me ha dado mejor

9/10

Bueno aquí van las respuestas:

1.3
2.3
3.3
4.2
5.3
6.F
7.F
8.V
9.F
10.V

Espero que os sirvan.

Tema 3

Notapor LoLoR el Lun Nov 10, 2008 12:17 pm
Otra quincena pasó y ya vamos por el tema 3

Aquí teneis las preguntitas

1.- La maquinaria situada en una nave industrial:
1 Tiene la consideración de bien mueble al poderse separar sin detrimento del inmueble.
2 Es bien inmueble en todo caso, al seguir la naturaleza del bien en que se encuentra.
3 Sólo es inmueble si se destina a satisfacer las necesidades de la explotación industrial que se realiza en la nave.
4 Es un bien inmueble por sus características de tamaño e inmovilidad.


2.- La disposición de bienes inmuebles de los menores emancipados:
1 Es libre.
2 Requiere el consentimiento de los padres o del curador.
3 Necesita autorización judicial.
4 Ninguna de las anteriores.


3.- En una venta de finca, si ésta resulta menor de lo expresado en el contrato:
1 Si la venta se hizo por precio alzado, el comprador debe soportar la menor cabida
2 El comprador sólo puede pedir la rebaja del precio si la menor cabida es superior a la vigésima parte.
3 El comprador puede pedir la anulación del contrato.
4 El comprador puede exigir la venta de más superficie de la expresada.


4.- En la compraventa civil, la pérdida de la cosa no fungible:
1 Si produce antes de la perfección de la venta, obliga a entregar otra de igual especie o calidad.
2 Si se produce después de la perfección de la venta, se entiende que el vendedor debe soportar el riesgo.
3 Si produce antes de la perfección de la venta, hace inexistente el contrato.
4 Si se produce después de la perfección de la venta, el vendedor debe indemnizar al comprador.


5.- La pérdida total de la cosa por causa del vicio oculto que padece:
1 Sólo obliga al vendedor de mala fe a abonar el precio.
2 Permite al comprador reclamar el precio con una rebaja del valor de la cosa al tiempo de la venta.
3 Obliga al vendedor de mala fe a devolver el precio con los intereses.
4 Si no media mala fe del vendedor, éste debe abonar el precio y los gastos.


6.- Para el Derecho Patrimonial, para que una cosa sea bien basta que sea útil o aprovechable.
1 Verdadero
2 Falso


7.- La venta en escritura pública es compatible con que el vendedor retenga la cosa.
1 Verdadero
2 Falso


8.- En caso de condición resolutoria explícita, incumplido el pago del precio, la venta se resuelve automáticamente.
1 Verdadero
2 Falso


9.- Algunos derechos obligacionales pueden tener acceso al Registro de la Propiedad en casos especialmente admitidos.
1 Verdadero
2 Falso


10.- En la venta mercantil de cosa determinada el riesgo es del vendedor hasta que haya puesto la cosa a disposición del comprador.
1 Verdadero
2 Falso


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor peruano el Vie Nov 21, 2008 6:43 pm
LOLOR YO TE ESTOY MUY AGRADECIDO POR LAS RESPUESTAS DEL CURSO.
SI HACES EL FAVOR LAS DEL TEMA 3. MIL MILLONES DE GRACIAS.


PREGUNTAS TEMA 4

Notapor LoLoR el Lun Nov 24, 2008 10:26 am
Antes de nada, PERUANO lo siento, me he despistado y no puse las respuestas del tema 3, con todo el follón que estamos viviendo, se me pasó completamente Embarassed

Voy a estar mas atento, esta vez. Hoy mando mis respuestas y supongo que para el miercoles - jueves las podré subir.

Bueno, vamos al lio.


Tema IV. Transmisión de bienes y derechos (III). Transmisiones de valores. Transmisiones de créditos y derechos. Transmisión de patrimonio empresarial.


1.- El derecho incorporado al título-valor:
1 Permite su ejercicio con la mera presentación del título.
2 Es literal y autónomo.
3 Se transmite por la simple entrega del título.
4 Se ve sometido a excepciones que no constan en el título.


2.- En caso de embargo de las participaciones sociales:
1 Se anotará el embargo en el libro-registro.
2 Las participaciones embargadas privan a su titular del ejercicio de sus derechos.
3 Los socios no pueden adquirir las participaciones embargadas.
4 Celebrada la subasta, se aprobará el remate y la correspondiente adjudicación de las participaciones.


3.- Para la cesión de un crédito, es necesario:
1 Notificación al deudor.
2 Que el crédito sea transmisible.
3 Forma pública.
4 Consentimiento del deudor para la transmisión del crédito.


4.- El leasing implica:
1 Compraventa, arrendamiento y opción de compra.
2 Compraventa y opción de compra.
3 Arrendamiento.
4 Adquisición del uso y disfrute del bien.


5.- La fusión puede llevarse a cabo mediante:
1 Absorción y creación de una nueva sociedad.
2 Absorción.
3 Creación de una nueva sociedad.
4 Extinción.


6.- Tras la aparición de las anotaciones en cuenta, ha quedado prohibida la emisión de títulos-valores en papel.
1 Verdadera
2 Falsa


7.- La transmisión de títulos-valores en masa requiere para su validez la intervención de un fedatario público.
1 Verdadero
2 Falso


8.- Las sociedades anónimas no pueden emitir acciones nominativas.
1 Verdadero
2 Falso


9.- La fusión y la escisión de sociedades son supuestos de transmisión de patrimonio empresarial
1 Verdadero
2 Falso


10.- Los administradores de la sociedad anónima no pueden realizar actos contrarios al objeto social de la sociedad.
1 Verdadero
2 Falso

Respuestas TEMA 4

Notapor LoLoR el Lun Dic 01, 2008 12:34 pm
Bueno, esta quincena no se me ha olvidado, como la anterior Embarassed

Aquí teneis las respuestas, recien sacadas del horno Very Happy

1: 2
2: 1
3: 2
4: 1
5: 1
6: 2
7: 2
8: 2
9: 1
10: 1

El lunes que viene pondré las nuevas preguntas

Saludos a todos/as
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Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 3:59 pm


AL RICO TEMA 5

Notapor LoLoR el Mar Dic 09, 2008 11:38 am
Bueno, bueno...

Pues ya hemos recorrido una tercera parte indivisa del temario.

¿Como lo llevais? ¿Lo veis interesante, util? ¿Fallais mucho?

Aquí las preguntas del nuevo tema, disfrutadlas...... Exclamation Exclamation Exclamation

1.- El contrato de permuta:
1 Basta por sí sólo para transmitir la propiedad de las cosas permutadas.
2 Transmite la propiedad de los bienes objeto del mismo, siempre que además concurra el modo.
3 No puede nunca transmitir la propiedad porque ambos contratantes ocupan la posición jurídica del vendedor.
4 Transmite la propiedad sólo en aquellos casos en los que a cambio de una cosa, además de otra, se entrega una compensación en dinero.


2.- Si el menor está sujeto a tutela:
1 El tutor no puede permutar sus propios bienes con los del pupilo porque el acto sería contrario al artículo 221 del CC, y por tanto, nulo.
2 El tutor y el pupilo podrán permutar sus bienes respectivos siempre que una autorización judicial así lo permita.
3 El tutor y el pupilo podrán permutar sus propios bienes siempre que exista la intermediación de un defensor judicial.
4 Ninguna de las anteriores.


3.- En las daciones en pago:
1 Están expresamente contempladas en el artículo 1156 CC como una de las formas de extinción de las obligaciones
2 Se produce una transmisión de la propiedad de los bienes del deudor al acreedor, y conllevan la extinción de la obligación.
3 Sólo se extingue la obligación cuando el valor de los bienes entregados al acreedor es al menos, igual al valor de la deuda.
4 No trasmiten la propiedad de los bienes, sino sólo su posesión.


4.- La inmatriculación de una finca tiene lugar:
1 Cuando se produce su ingreso en el Registro o se reanuda el tracto, interrumpido por cualquier causa.
2 Cuando se realizan negocios jurídicos sobre la misma respetando los principios establecidos por la legislación hipotecaria, y especialmente lo establecido en el artículo 20 de la LH.
3 Son válidas a y b.
4 Cuando se produce ingreso en el Registro, es decir, cuando se practica la primera inscripción de la misma, que generalmente suele ser de dominio.


5.- Las certificaciones previstas en el artículo 206 de la LH:
1 Sirven ahora para la inmatriculación de las fincas y para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido.
2 Tras la Ley de Patrimonio de las Administraciones públicas ya no se admiten como medio de inmatriculación.
3 No sirven para reanudar el tracto interrumpido.
4 Ninguna de las anteriores.


6.- A falta de regulación especial, se aplicarán supletoriamente al contrato de permuta las normas que regulan el contrato de compraventa.
1 Verdadero
2 Falso


7.- Las adjudicaciones en pago de deuda extinguen la obligación mediante la realización por el deudor de una prestación distinta de la inicialmente pactada.
1 Verdadero
2 Falso


8.- En las daciones en pago de deudas, la inscripción a favor del adjudicatario tiene carácter definitivo y nunca estará sujeta a plazo
1 Verdadero
2 Falso


9.- Cuando se disuelve una comunidad sobre bienes privativos de un cónyuge y se produce un exceso de adjudicación, abonándose la diferencia con dinero ganancial al resto de los comuneros, la adjudicación será inscrita con carácter privativo en el Registro, sin perjuicio del derecho de reembolso que en su caso pueda existir a favor del otro cónyuge
1 Verdadero
2 Falso


10.- La causa de la adquisición debe figurar en el título para que la transmisión pueda ser inscrita en el Registro de la Propiedad
1 Verdadero
2 Falso


Respuestas Tema 5º

Notapor LoLoR el Mié Dic 17, 2008 10:54 am
Otra quincena mas están aquí recien salidas del horno.

A lo tonto, a lo tonto, jilipollas, digooo...... ya llevamos 1/3 parte indivisa del temario

1.- 2
2.- 1
3.- 2
4.- 4
5.- 1
6.- Verdadero
7.- Verdadero
8.- Verdadero
9.- Verdadero
10.- Verdadero

Mas de uno y mas de dos, llevareis notazas 😉 😉 😉


Tema 6

Notapor LoLoR el Lun Dic 22, 2008 12:33 pm
Ya queda menos para terminar, hoy lunes tenemos el tema 6, dispuesto a sorprendernos.

Por cierto creo que este tema lo tengo bien a la 1ª, puesto que despues de responder he entrado en mi evaluación y me da un diez. Por lo tanto: YA TENEIS LAS RESPUESTAS

:mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Vuelvo a preguntar, ¿hay alguien que lo esté haciendo, como le veis, teneis pensado ir al presencial?

Pasamos a lo interesante:

1.- Los derechos reales de garantía que pueden recaer sobre bienes muebles son:
1 Hipoteca, prenda y anticresis.
2 Hipoteca y anticresis.
3 Prenda e hipoteca.
4 Prenda y anticresis.


2.- Para la válida constitución de una hipoteca sobre bienes inmuebles se requiere:
1 Acuerdo entre las partes en escritura pública.
2 Escritura pública y para que produzca efectos frente a terceros inscripción en el Registro de la Propiedad.
3 Acuerdo en documento privado cuando el acreedor no sea una entidad de crédito.
4 Escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad, teniendo esta última efecto constitutivo tanto inter partes como frente a terceros.


3.- ¿Cuál es el plazo de prescripción de la acción hipotecaria?:
1 10 años.
2 15 años.
3 20 años.
4 25 años.


4.- Cuál de los siguientes derechos no tiene el acreedor pignoraticio:
1 Derecho de retención sobre la cosa.
2 Derecho al abono de los gastos de conservación.
3 Derecho a cobrarse con el precio obtenido en la venta, con preferencia a los demás acreedores del deudor.
4 Derecho a disponer de la cosa dada en prenda.


5.- Una vez inscrita la condición resolutoria, caso de cumplirse la condición se hará constar en el Registro por medio de:
1 Nota marginal.
2 No puede hacerse constar registralmente.
3 Se practicará una nueva inscripción a favor del transmitente cancelándose el derecho del adquirente.
4 No puede cancelarse el derecho del transmitente en ningún caso.


6.- Para que un derecho tenga la consideración de real tiene que atribuir a su titular un poder directo e inmediato sobre una cosa, frente a cualquier otra persona.
1 Verdadero
2 Falso


7.- El principio de prioridad registral es aquel por el que el acto registrable que primero ingresa en el Registro se antepone, con vigencia excluyente o con superioridad de rango, a cualquier otro acto registrable que, siéndole incompatible o perjudicial, no hubiere aún ingresado en el Registro, aunque fueran de fecha anterior.
1 Verdadero
2 Falso


8.- El pacto de anatocismo es siempre susceptible de inscripción en el Registro de la Propiedad.
1 Verdadero
2 Falso


9.- La inscripción en el Registro de Bienes Muebles de la escritura de constitución de hipoteca mobiliaria tiene carácter constitutiva.
1 Verdadero
2 Falso


10.- Si la hipoteca se constituyó sobre una sola finca, y posteriormente ésta se divide, es necesario distribuir la responsabilidad hipotecaria entre las fincas resultantes.
1 Verdadero
2 Falso

Y las respuestas "casi definitivas"

1.- 3
2.- 4
3.- 3
4.- 4
5.- 3
6.- V
7.- V
8.- F
9.- V
10.-F


Tema 7

Notapor LoLoR el Lun Ene 12, 2009 12:09 pm
Casi hemos llegado al ecuador del temario y nos vamos de lleno con los: Derechos de Goce Embarassed Embarassed Embarassed

Vuelvo a preguntar, a veces no se si hablo solo, pero en fin: ¿hay alguien que lo esté haciendo, como le veis, teneis pensado ir al presencial?

Pasamos a las preguntas:

1.- Tras el fallecimiento de D. Emilio, su esposa adquiere el usufructo de una vivienda situada en la costa, durante un periodo de 15 años, bien privativo del esposo, obteniendo su hija Pilar la nuda propiedad de la misma. Al no poder utilizar el inmueble la viuda lo arrienda
1 En un usufructo no es posible la constitución a término final.
2 El usufructo a término nunca puede constituirse por acto de última voluntad.
3 En el usufructo no es posible el arrendamiento, pues el derecho de goce debe ser disfrutado únicamente por el titular del usufructo
4 La renta abonada por el arrendatario pertenece al usufructuario y son considerados frutos civiles.


2.- Esther pacta con su prima soltera Mónica, la posibilidad de usar y disfrutar de una habitación de su casa en Madrid, para que la utilice durante el tiempo que duren sus estudios en la facultad. Pero debido a un accidente, tuvo que pasar un año en su pueblo alejada de los estudios, vicisitud que es aprovechada por Olga, hermana de Mónica para habitar la referida vivienda, aunque llevan 10 años sin verse.
1 Olga tiene derecho a ocupar la referida vivienda puesto que es pariente de Mónica
2 El derecho de habitación de Mónica sólo le permite la utilización de su dormitorio y no otras piezas como el salón, cocina, o cuarto de baño.
3 Sólo tiene derecho de habitación Mónica porque es un derecho que se concede de forma personal y es intransferible.
4 Esther que es usufructuaria del piso no tiene título bastante para otorgar un derecho de habitación.


3.- El constructor de un edificio de viviendas se reserva un derecho de sobreedificación sobre lo ya construido.
1 Existe la obligación legal de determinar las cuotas que han de corresponder a las nuevas plantas que se van a construir
2 Existe la obligación legal de imponer un plazo máximo para efectuar la sobreedificación.
3 Es indiferente si en el título constitutivo donde se hace la reserva del derecho se determinan o no las normas de comunidad para el caso de hacer la construcción.
4 El derecho de sobreedificación es de inscripción constitutiva pues es necesaria la inscripción de las cuotas correspondientes a las nuevas plantas en los elementos y gastos comunes


4.- Rafael tiene un predio enclavado y goza de una servidumbre de paso, sin camino, a través de varias fincas, para acceder a la misma aunque sólo lo usa en verano.
1 Se trata de una servidumbre no aparente pues no hay ningún indicio exterior de su existencia.
2 La servidumbre pudo adquirirse por prescripción adquisitiva.
3 Al ser su uso tan esporádico puede extinguirse rápidamente.
4 Su predio enclavado es el denominado fundo sirviente.


5.- Jorge tenía una casita en su pueblo y la ha derribado por completo para su reedificación.
1 Como propietario podrá abrir en la pared medianera ventanas aunque no cuente con el consentimiento de los demás medianeros.
2 Como propietario puede usar la pared medianera apoyándose en la misma y elevando la edificación, siempre que no cause perjuicios.
3 Aprovechando el derribo de su casa va a reforzar y reparar el muro medianero que sostiene al edificio, por lo que los gastos se costearán a su costa.
4 En ningún caso cabe la renuncia a la medianería por los demás


6.- El usufructuario de una biblioteca está obligado a indemnizar el deterioro normal producido en los libros por su utilización diaria en el momento de su restitución
1 Verdadero
2 Falso


7.- En el censo enfiteútico el enfiteuta puede vender libremente su derecho sobre la finca a un tercero en cuyo caso el dueño directo tendrá el derecho de tanteo y retracto a fin de evitar la desmembración del dominio.
1 Verdadero
2 Falso


8.- El derecho de superficie es un derecho real limitado de garantía que posibilita el derecho de propiedad separada sobre la vivienda superficiaria durante un periodo de duración determinado.
1 Verdadero
2 Falso


9.- La servidumbre personal de pastos a favor de una población otorga un derecho de uso y disfrute sobre los pastos del fundo sirviente.
1 Verdadero
2 Falso


10.- Ana se ha comprado una parcela que está rodeada en su perímetro por arbustos que la delimitan y quiere construir. A la hora de concretar los límites tiene que dejar una distancia mínima de 3 metros desde la pared a construir y la pared no medianera en base a su derecho de servidumbre de vistas directas sobre la propiedad colindante
1 Verdadero
2 Falso


Respuestas Tema 7

Notapor LoLoR el Lun Ene 19, 2009 10:11 am
Aquí están las respuestas.

¿EOOOO? ¿¿HAY ALGUIEN HAYYYYY??

1.- 4
2.- 3
3.- 1
4.- 1
5.- 2
6.- F
7.- V
8.- F
9.- V
10.-F

Pues ya llevamos casi medio temario.

¿Sigo? ¿Lo dejo? ¿Me corto las venas? ¿Me las dejo largas?


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor aprendiz1 el Lun Ene 19, 2009 6:02 pm
yo no sé si me presentaré al presencial, vaga la redundancia. Por cierto, sabes como va el presencial? hay que repasar mucho el temario? Un saludo


Ni idea

Notapor LoLoR el Mié Ene 21, 2009 10:06 am
La verdad es que estoy un poco pez en el tema.

No se ni donde se celebra ni como va ese examen.

En la página del colegio dice:

Al finalizar el curso, y solo para aquellos que lo hayan seguido habitualmente (que no hayan dejado presentar mas de 3 ejercicios), se realizará un examen presencial, tipo test, similar a los ejercicios que se han hecho durante el curso. Aprobar dicho examen es requisito indispensable para la obtención del diploma correspondiente.

Tipo test y similar!!!

Cuantos fallos sueles/soleis tener??

Saludos.


Preguntas Tema 8

Notapor LoLoR el Mar Ene 27, 2009 2:09 pm
Pues ya hemos pasado el ecuador del temario.

He aquí las preguntas, en breve las respuestas, esta semana he sacado un 9, en cuanto sepa donde ..ollas me equivoqué.

1.- El plazo máximo de ejercicio del retracto convencional en el derecho común es:
1 10 años.
2 4 años, sin posibilidad de acordar uno superior
3 El convenido por las partes.
4 Perpetua


2.- Si A adquiere de buena fe, mediando precio, de quien aparece como titular registral, una parte indivisa de una finca que pertenece en proindiviso a varias personas (constando así en el Registro):
1 Su adquisición queda protegida frente a terceros, incluso frente a los demás titulares proindiviso, ya que del Registro no resultaba la existencia de un derecho de retracto
2 Los comuneros pueden ejercitar judicialmente su derecho de retracto legal, que una vez reconocido, prevalecerá frente a A.
3 Si A fuera propietario de una finca colindante, los comuneros no le podría discutir su mejor derecho.
4 Los restantes comuneros no podrán ejercitar su derecho de retracto legal.


3.- ¿Cuándo acceden las promesas de contrato al Registro de la Propiedad?:
1 Cuando así lo acordaren las partes.
2 Cuando cumpla los requisitos necesarios para que produzca efectos frente a terceros (carácter real).
3 No acceden en ningún caso.
4 Producen sus efectos frente a terceros aunque no consten inscritas.


4.- ¿Puede inscribirse un derecho de opción constituido a favor de varias personas?:
1 No, sólo puede pactarse a favor de una persona.
2 Sí, siempre que se establezca a favor de otros titulares registrales.
3 Sí, siempre que se determine la forma, plazo, precio para su ejercicio y la cuota que corresponda a cada cotitular del derecho de opción.
4 Sí, en todo caso.


5.- El derecho de retracto legal reconocido en la Ley de Arrendamientos Urbanos a favor del arrendatario no es aplicable al siguiente caso:
1 Cuando pretenda ejercitarlo un colindante.
2 Cuando el vendedor transmita su piso junto a casi todos los demás propietarios del edificio a favor de una sola persona.
3 Cuando pretenda enajenarlo el titular a favor de un pariente colateral dentro del cuarto grado.
4 Cuando el titular pretenda enajenar la vivienda y sus anejos conjuntamente y el arrendatario pretenda ejercitar el retracto sólo por la vivienda.


6.- Transcurrido el plazo convenido para el ejercicio del derecho de opción (por ejemplo 3 años), el optante presenta en el Registro escritura pública en la que se acredita que ejercitó la opción dentro del plazo convenido. El Registrador inscribirá su ejercicio, cancelando las cargas y gravámenes posteriores, previa consignación por el optante del precio a favor de los titulares de dichas cargas o consentimiento de los mismos.
1 Verdadero
2 Falso


7.- Si pretende ejercitarse el derecho de retracto legal entre dos comuneros de distinta proporción, cuando el tercer condueño vende la finca a un extraño, se repartirá la finca por partes iguales entre ambos
1 Verdadero
2 Falso


8.- En algunas legislaciones forales se recogen el derecho de retracto convencional con duración indefinida.
1 Verdadero
2 Falso


9.- El derecho de opción es intransmisible.
1 Verdadero
2 Falso


10.- La DGRN ha admitido la posibilidad de inscribir la adquisición derivada del ejercicio del derecho de opción de un arrendamiento financiero sin la previa inscripción de este en el Registro de la Propiedad.
1 Verdadero
2 Falso


Respuestas Tema 8

Notapor LoLoR el Jue Ene 29, 2009 12:43 pm
Bueno pues calentitas y recien salidas:

1.- 1
2.- 2
3.- 3
4.- 3
5.- 4
6.- V
7.- F
8.- V
9.- F
10.-V

Hasta el tema 9

Ciao


TEMA IX

Notapor LoLoR el Mar Feb 10, 2009 11:46 am
Pues otra quincena mas tenemos jugosas preguntas:

1.- La doctrina moderna considera que el arrendamiento es un derecho personal y no real porque:
1 No es susceptible de inscripción en el Registro de la Propiedad.
2 Aunque se inscriba en el Registro no produce eficacia erga omnes, pues no ha de ser respetado por el comprador de la finca arrendada.
3 En el arrendamiento, esté o no inscrito, el arrendatario no tiene poder directo sobre la cosa, sino que es el arrendador quien ha de mantenerle en su posesión pacífica.
4 Es inscribible en el Registro, como cualquier derecho personal.


2.- El R.D. 297/1996 de 23 de Febrero permite que se inscriban en el Registro los arrendamientos de fincas urbanas:
1 Siempre que la finca arrendada quede perfectamente delimitada, aunque sea sólo una parte material de la finca registral
2 Siempre que la finca arrendada coincida con la finca registral, pues si fuera sólo una parte de la misma sería necesaria la previa segregación o división horizontal.
3 Independientemente de que la finca esté o no inscrita, pues puede practicarse una primera inscripción de arrendamiento.
4 Siempre que quede bien definido el derecho del arrendatario, aunque no se especifique sobre qué finca o parte de finca.


3.- El arrendatario tiene derecho a continuar en el arrendamiento de vivienda en caso de resolverse el derecho del arrendador:
1 En todo caso, pues el plazo pactado en el arrendamiento debe respetarse.
2 Sólo si el arrendamiento figura inscrito en el Registro con anterioridad a los derechos determinantes de la resolución, pues en otro caso debe extinguirse, independientemente del plazo de duración transcurrido.
3 Si la resolución se produce antes de cumplirse cinco años de arrendamiento, hasta que se cumpla dicha duración mínima.
4 En ningún caso, pues el derecho del arrendatario deriva del arrendador, por lo que extinguido éste debe extinguirse aquél.


4.- La LAR 49/2003 de 26 de noviembre se caracteriza por:
1 Potenciar respecto de la ley anterior la protección del arrendatario.
2 Establecer una regulación española propia y diferente de la del resto de la U.E., para fomentar nuestra competitividad.
3 Acentuar el carácter imperativo de las normas en esta materia.
4 Flexibilizar y liberalizar el régimen de los arrendamientos rústicos adaptándose a los cambios producidos en el seno de la U.E.


5.- El subarriendo es un nuevo contrato de arrendamiento de la cosa locada celebrado entre arrendatario (subarrendador) y un tercero, que:
1 Coexiste con el primitivo contrato de arrendamiento, que sigue surtiendo plenos efectos.
2 Determina la extinción del primitivo contrato de arrendamiento, siempre que el arrendador preste su consentimiento.
3 Sustituye al primitivo contrato de arrendamiento, lo consienta o no el arrendador.
4 Implica la cesión de la posición contractual del arrendatario al tercero.


6.- Ningún derecho personal es inscribible en el Registro de la Propiedad.
1 Verdadero
2 Falso


7.- Los arrendamientos urbanos celebrados antes de la entrada en vigor de la LAU de 1994 siguen sujetos al régimen de prórroga forzosa de la ley anterior, sin perjuicio de ciertas limitaciones introducidas por la LAU nueva.
1 Verdadero
2 Falso


8.- Una misma finca rústica no puede ser simultáneamente objeto de dos contratos de arrendamiento
1 Verdadero
2 Falso


9.- Los arrendamientos rústicos sometidos a la LAR 2005 tienen en cualquier caso una duración máxima de 5 años.
1 Verdadero
2 Falso


10.- El arrendamiento financiero es un contrato complejo pero de finalidad unitaria, la de provocar la transmisión gradual y fraccionada de las facultades integrantes del dominio
1 Verdadero
2 Falso


Suerte.........


Respuestas Tema 8

Notapor LoLoR el Jue Feb 19, 2009 1:48 pm
Pues aquí estan

1.- 3
2.- 1
3.- 3
4.- 4
5.- 1
6.- F
7.- V
8.- F
9.- F
10.-V

Saludos


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Jue Feb 19, 2009 3:04 pm
HOLA SOY NUEVO EN ESTO Y ANDO METIENDOME EN TODOS LOS FOROS PORQUE TENGO UN MONTON DE DUDAS SOBRE TODO, SOBRE EL EXAMEN ETC. PERO TAMBIEN ESTOY CON AULA CIVIL,Y HE LEIDO QUE ALGUIEN YA HA HECHO ALGUN EXAMEN PRESENCIAL, ME GUSTARIA SABER SI LAS PREGUNTAS QUE PONEN SON DE LAS QUE HAN IDO PONIENDO DURANTE EL CURSO. GRACIAS


Hola bienvenido

Notapor LoLoR el Vie Feb 20, 2009 10:42 am
Pues creo recordar que algun usuario me indicó que eran mas o menos del mismo tipo.

La verdad es que estoy un poco pez en el tema.

No se ni donde se celebra ni como va ese examen.

En la página del colegio dice:

Al finalizar el curso, y solo para aquellos que lo hayan seguido habitualmente (que no hayan dejado presentar mas de 3 ejercicios), se realizará un examen presencial, tipo test, similar a los ejercicios que se han hecho durante el curso. Aprobar dicho examen es requisito indispensable para la obtención del diploma correspondiente.

Tipo test y similar!!!

En fin ya lo veremos...

Saludosssss


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Vie Feb 20, 2009 10:56 am
HOLA LOLOR, YO LLAME PARA PREGUNTAR Y ME DIJERON QUE LOS EXAMENES SERAN EN LOS DECANATOS TERRITORIALES O PROVINCIALES, PERO NO EN MADRID


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor LoLoR el Vie Feb 20, 2009 10:00 pm
Hola Trompe revisando este correo, al principio he visto que SIDARTHA habia hecho este curso anteriormente y que efectivamente se hizo en su decanato con tonterias varias y agape incluido.

Pues parece que va a ser así.

Resumiendo:

LOS EXAMENES SERÁN EN LOS DECANATOS RESPECTIVOS
TIPO TEST Y PREGUNTAS SIMILARES
EN CASO DE NO PRESENTARTE NOS DAN TITULO DE ASISTENCIA AL CURSO
SI TE PRESENTAS AL ULTIMO EXAMEN Y LO APRUEBAS TITULO DE APROVECHAMIENTO DEL CURSO
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CURSO AULA CIVIL IV Empty Re: CURSO AULA CIVIL IV

Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 4:01 pm


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Lun Feb 23, 2009 10:36 am
HOLA CHICOS, ALGUIEN HA CONTESTADO AL TEMARIO IX DE AULA CIVIL? SON ESTAS LAS RESPUESTAS Question Question Question

1- 3
2- 1
3- 3
4- 4
5- 1
6- 2
7- 1
8- 2
9- 2
10- 1


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Lun Feb 23, 2009 10:38 am
SI CHICOS LO HE ENVIADO Y SON ESAS SI ALGUIEN LE SIRVE PUES ME ALEGRO


TEMA X

Notapor LoLoR el Mar Feb 24, 2009 10:33 am
Gracias por el aporte TROMPE

Pues bien, ya tenemos las preguntas del Tema X y no me refiero a la filmografia de Nacho Vidal y Lucia la Piedra. Twisted Evil Twisted Evil Twisted Evil

1.- Qué diferencia a la fianza civil de la mercantil:
1 La naturaleza del contrato que asegura.
2 El carácter de comerciante de deudor.
3 Que sea comerciante el acreedor.
4 Que sea comerciante el fiador.


2.- Cuándo devenga intereses el préstamo:
1 Siempre.
2 Sólo en el comodato.
3 Sólo en el mutuo o simple préstamo.
4 Sólo en el mutuo y si se pactan expresamente.


3.- El contrato de cuenta corriente se caracteriza por
1 La compensación entre el debe y el haber.
2 El pago de intereses.
3 La existencia de un depósito.
4 Un préstamo.


4.- Una diferencia entre el depósito y el comodato, radica:
1 Que el depósito puede ser retribuido y el comodato es esencialmente gratuito.
2 Que el depósito lo es siempre de cosas no fungibles.
3 Que en el depósito se puede sustituir una cosa por otra.
4 No hay diferencia.


5.- El reconocimiento de deuda:
1 No se admite en nuestro derecho al ser un negocio sin causa.
2 Es un contrato regulado en el Código Civil.
3 Se considera un negocio con abstracción procesal, en cuanto no es preciso la expresión de la causa para su existencia.
4 No crea un vínculo obligacional.


6.- La fianza constituye una obligación independiente de la obligación principal que asegura.
1 Verdadero
2 Falso


7.- Las obligaciones emitidas por la sociedad, son partes de un crédito concedido a la sociedad
1 Verdadero
2 Falso


8.- Los créditos incluidos en la cuenta corriente son disponibles aisladamente.
1 Verdadero
2 Falso


9.- Las obligaciones del depositario, son la conservación y custodia de la cosa depositada y devolución cuando el depositante lo requiera.
1 Verdadero
2 Falso


10.- Los fondos de pensiones son un patrimonio común, sin personalidad jurídica.
1 Verdadero
2 Falso


Respuestas Tema X

Notapor LoLoR el Lun Mar 02, 2009 1:17 pm
Ya queda menos para terminar.

Animo!!!

1.- 1
2.- 4
3.- 1
4.- 1
5.- 3
6.- V
7.- V
8.- F
9.- V
10.- V


Preguntas Tema 11

Notapor LoLoR el Lun Mar 09, 2009 12:06 pm
Hoy el tema 11:

1.- La sociedad anónima adquiere la personalidad jurídica:
1 Con el mero acuerdo de la Junta constituyente.
2 Con el otorgamiento de la escritura pública.
3 En la fecha de comienzo de las operaciones.
4 Una vez inscrita en el Registro Mercantil de la provincia del domicilio social.


2.- Para acordar la emisión de obligaciones de una sociedad anónima en primera convocatoria se necesita la asistencia de:
1 La asistencia de socios que representen el 50 % del Capital social.
2 La asistencia de socios que representen el 75 % del capital social.
3 La asistencia de socios que representen el 25 % del capital social.
4 La asistencia de socios que representen el 5 % del capital social.


3.- El capital social de la sociedad de responsabilidad limitada se encuentra dividido en:
1 Participaciones acumulables e indivisibles, cuya transmisibilidad está sometida a restricciones por el carácter híbrido de la sociedad.
2 Acciones acumulables e indivisibles, libremente transmisibles.
3 Participaciones sociales divisibles y libremente transmisibles, que pueden denominarse acciones sociales.
4 Por acciones intransmisibles, dado el carácter cerrado de la sociedad.


4.- La responsabilidad del socio unipersonal es:
1 Ilimitada, dado su condición de socio único.
2 Limitada al patrimonio comercial, siempre.
3 Limitada al patrimonio comercial, salvo si dentro de 6 meses de adquirida la condición de unipersonal, no se hace constar esta en el Registro, tal condición, en cuyo caso responderá personal, ilimitada y solidariamente de todas las deudas sociales.
4 Limitada al patrimonio social, salvo si dentro de los 6 meses de adquirida la unipersonalidad, no consta tal condición en el Registro, en cuyo caso responde personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas en ese período, pero no de las contraídas inscrita la unipersonalidad.


5.- La constitución de la sociedad de garantía recíproca requiere:
1 Autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
2 Autorización del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, una vez que ha comenzado sus operaciones.
3 Autorización previa del Registro Mercantil del domicilio social.
4 Autorización previa del Ministerio de Economía y Hacienda


6.- Las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada tienen carácter mercantil, cualquiera que sea el objeto a que se consagren.
1 Verdadero
2 Falso


7.- La inscripción del consejero-delegado de una sociedad capitalista en el Registro mercantil es constitutiva.
1 Verdadero
2 Falso


8.- La finalidad de la sociedad cooperativa es la de satisfacer necesidades socio-económicas comunes a todos los socios.
1 Verdadero
2 Falso


9.- Las cuentas anuales de las sociedades que estén obligadas a su depósito en el Registro mercantil, las presentarán en el de su domicilio social, dentro del mes siguiente a su aprobación.
1 Verdadero
2 Faslo


10.- Los acuerdos de la Agrupaciones de Interés Económico se toman por mayoría simple.
1 Verdadero
2 Falso

Respuestas Tema 11

Notapor LoLoR el Lun Mar 09, 2009 12:08 pm
Bueno, bueno, bueno, a esto lo llamo yo "vezolidad"

Ya están aquí las respuestas:


1.- 4
2.- 1
3.- 1
4.- 4
5.- 4
6.- v
7.- v
8.- v
9.- v
10.-f


Un saludo


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Mar Mar 24, 2009 2:22 pm
hola chicos, hacia muchos dias que no entraba en el foro y he estado mirando varias cosas, mi pregunta es si alguien sabe algo mas de que tipo de examen hacen en aula civil, ya que solo alguien ha escrito que es algo parecido, pero no se si te ponen las preguntas que te dan durante el curso o son nuevas?, la verdad es que hay temarios que no estan muy claros a mi parecer y bueno para hacerme una ideita. Gracias. Por cierto gracias por las respuestas del temario anterior, me ayudaron mucho. Bueno a seguir currando. Shocked Shocked

Preguntas Tema XIII

Notapor LoLoR el Lun Abr 06, 2009 11:15 am
Ya queda poquito poquito, y llegamos al tema XIII agarramelá que me crece.

Si estais siendo buenos y llevais todos los temas hechos con este ya podemos darnos por satisfechos puesto que si hemos hecho hasta el doce ya tenemos título aunque no presentemos las respuestas

Por cierto, con tanto follón como tengo encima me he dado cuenta que el tema XII no lo subí y las respuestas mucho menos. Sorry. Embarassed Embarassed Embarassed

1.- El dueño de una finca rústica para vender partes concretas, puede:
1 Vender cuotas con adscripción de uso y disfrute
2 Constituir un régimen de propiedad horizontal y vender los elementos privativos resultantes
3 Pedir licencia de segregación o declaración de innecesariedad de la licencia y luego segregar y vender.
4 Vender partes concretas, sin necesidad de licencia, al ser suelo rústico.

2.- El titular de una participación indivisa en un inmueble, puede por sí solo:
1 Individualizar su parte, segregándola con la oportuna licencia y venderla.
2 Individualizarla construyendo sobre ella.
3 Constituir él solo el régimen de propiedad horizontal y adjudicarse un elemento privativo, cuya cuota coincida con la suya.
4 Ejercitar la acción de división de cosa común.

3.- Los buques pueden ser objeto de:
1 Hipoteca inmobiliaria
2 Hipoteca naval
3 Hipoteca mobiliaria
4 No se pueden hipotecar

4.- Las asociaciones:
1 Sólo pueden constituirlas las personas físicas
2 Adquieren personalidad jurídica con la inscripción en el Registro de cooperativas
3 La personalidad jurídica la adquieren con el otorgamiento del acta fundacional, en documento privado o público
4 La ley Orgánica reguladora del derecho de asociación, de 22 de marzo de 2002, se aplica a todo tipo de asociaciones.

5.- La enajenación de un bien inmueble que forme parte de la dotación de la fundación y esté directamente vinculad al fin fundacional, podrá hacerse:
1 Por el patronato
2 Por el patronato con autorización previa del protectorado
3 Por el protectorado.
4 No se puede enajenar

6.- En el contrato de cuentas en participación todos los interesados participan en la gestión del negocio concreto.
1 Verdadero
2 Falso

7.- El auto judicial, dictado en un juicio voluntario de testamentaría, y en el que se aprueban las operaciones particionales, debe señalar la cuota concreta que se adjudica a cada heredero no siendo suficiente que les designe como heredero.
1 Verdadero
2 Falso

8.- Los administradores de una S.A. pueden constituir, por si solos, una fundación
1 Verdadero
2 Falso

9.- En una cooperativa nunca puede haber un administrador único.
1 Verdadero
2 Falso

10.- En las Agrupaciones de Interés Económico los socios no responden, en ningún caso, de las deudas que contraiga la Agrupación.
1 Verdadero
2 Falso


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Lun Abr 06, 2009 12:20 pm
HOLA CHICOS ANDO AL LIMITE CON EL TEMA XII, ALGUIEN TIENE POR AHI LAS RESPUESTAS, PORQUE CREO QUE HOY YA NO ME VA A DAR TIEMPO A PREPARARLO, GRACIAS DE ANTEMANO. ¿POR LO DEMAS TODO EL MUNCO VA AL PRESENCIAL?


Respuestas Tema XIII

Notapor LoLoR el Lun Abr 06, 2009 12:20 pm
Pues para maravilla de unos pocos y sorpresa de todos las respuestas.

1.- 3
2.- 4
3.- 2
4.- 3
5.- 2
6.- F
7.- V
8.- F
9.- F
10.-F


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Lun Abr 06, 2009 12:23 pm
JOSER LOLOR PERO TU QUE ERES MACHO, ENTIENDO QUE ESTAS SON LAS RESPUESTAS DEL TEMA 13???????, PORQUE LAS DEL XII NADA NO?


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor jam el Lun Abr 06, 2009 1:24 pm
perdonar mi ignorancia, pero esto de curso de aula civil?

Tiene algo que ver con los examenes de auxiliar de primera, es que estoy viendo que muchas preguntas perfectamente podrían caer en el examen de auxiliar de primera, o no? gracias.


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Lun Abr 06, 2009 3:38 pm
HOLA CHICOS, SOY YO DE NUEVO, HE PREPARADO EL TEMA AHORA ENTRE EL AUTOBUS, EL CORTADO, ETCCCCCCCCCCCC
POR SI A ALGUIEN LE VALEN LAS RESPUESTAS DEL[size=150] TEMA 12 SON:
[/size]
1) 4
2) 4
3) 2
4) 1
5) 2
6) F
7) F
Cool F
9) F
10) V

ESTE CURSO NO TIENE NADA QUE VER CON EL EXAMEN, PERO SI ES VERDAD QUE ALGUNA PREGUNTA PODRIA VALER PARA EXAMEN DE AUXILIAR DE 1ª.

BUENO CHICOS ME VOY CON LA LENGUA FUERA Rolling Eyes Rolling Eyes Rolling Eyes Rolling Eyes Rolling Eyes Rolling Eyes Rolling Eyes


Aclaraciones

Notapor LoLoR el Lun Abr 06, 2009 7:23 pm
Hola TROMPE pues la verdad es que se me ha pasado el tema XII por completo. Estaria un poco "apollardao" y se me pasó.

Me dado cuenta al ir a poner las respuestas del XIII. LO SIENTO A TODOS/AS Embarassed Embarassed

Pero TROMPE esas son las respuestas del TEMA XIII - 13 Confirmado Cool Cool

Para JAM, pues sí la verdad es que hay preguntas muy "ponibles" para el examen de auxiliar de 1ª. Supongo que todos/as los que están esperando estan nerviosos/as por lo del tipo test.

Este es un curso gratuito que se hace a través de la página del Colegio de Registradores. La verdad es que esta muy apañao, ya se verá si cogen preguntas de aqui para el examen.


Tema 14

Notapor LoLoR el Jue Abr 23, 2009 12:54 pm
Que poquito queda.

Animo a todos/as:


1.- En la declaración de obra nueva en construcción, la certificación de técnico competente acreditativa de que la obra nueva se ajusta al proyecto para el que se obtuvo la licencia, que se acompañe a la copia de la escritura deberá reunir los siguientes requisitos:
1 Descripción de la obra, expresión del Notario autorizante de la escritura y firma del técnico, con indicación de su número de colegiado.
2 Descripción de la obra y firma del técnico.
3 Descripción de la obra, expresión del nombre del Notario autorizante, la fecha del documento y el número del protocolo, y firma del técnico legitimada notarialmente
4 Expresión del nombre del Notario autorizante, la fecha del documento y el número del protocolo, y firma del técnico, con indicación de su número de colegiado


2.- La excepción a la necesidad del seguro decenal aplicable al autopromotor tendrá lugar en los siguientes casos:
1 No se aplica en ningún caso
2 Casa con dos viviendas, una en planta baja para un hermano y su familia, y otra en planta primera para el otro hermano y su familia.
3 Local para ejercicio de actividad comercial.
4 Única vivienda unifamiliar, aunque tenga dos o más plantas, para uso propio.


3.- Los anejos de un elemento privativo de un edificio en régimen de propiedad horizontal se harán constar en el Registro de la Propiedad:
1 En el mismo folio abierto al elemento privativo, como parte integrante del mismo.
2 En folio propio y separado
3 En el folio de la finca matriz o edificio en su conjunto únicamente.
4 En el folio correspondiente a todos los anejos existentes en el edificio.


4.- La licencia de segregación de finca urbana:
1 Será necesaria en todo caso.
2 Sólo será necesaria cuando la legislación así lo exija, presentándose en caso contrario declaración municipal de su innecesariedad.
3 No es necesaria en ningún caso, pues sólo se exige para las fincas rústicas.
4 Será necesaria cuando la segregación dé lugar a fincas de superficie inferior a la parcela mínima edificable


5.- Si una finca hipotecada se divide en dos o más:
1 Cada finca resultante necesariamente responderá solidariamente de la totalidad del crédito garantizado.
2 Cada finca resultante responderá solidariamente de la totalidad del crédito garantizado, salvo que acreedor y deudor acuerden voluntariamente la distribución del crédito hipotecario entre las fincas resultantes, de modo que cada una de ellas responda específicamente de una parte de dicho crédito únicamente.
3 La responsabilidad hipotecaria queda dividida automáticamente entre las fincas resultantes.
4 El acreedor podrá distribuir la responsabilidad hipotecaria entre las fincas resultantes, respondiendo cada una de ellas específicamente de una parte del crédito únicamente.


6.- Podrá acceder al Registro de la Propiedad el acta de fin de obra, aunque no se haya inscrito previamente la declaración de obra nueva en construcción.
1 Verdadero
2 Falso


7.- La acreditación de la constitución del seguro decenal debe producirse en el momento de la finalización de la obra.
1 Verdadero
2 Falso


8.- El respectivo propietario de cada piso o local independiente en un edificio constituido en régimen de propiedad horizontal podrá modificar libremente y por sí solo la cuota que le corresponde.
1 Verdadero
2 Falso


9.- Pueden agruparse fincas pertenecientes a distintos propietarios.
1 Verdadero
2 Falso


10.- La acreditación del exceso de cabida inferior a la quinta parte de la que consta inscrita podrá realizarse mediante certificado o informe de técnico competente.
1 Verdadero
2 Falso

LAS RESPUESTAS

1.- 3
2.- 4
3.- 1
4.- 2
5.- 2
6.- F
7.- V
8.- F
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CURSO AULA CIVIL IV Empty Re: CURSO AULA CIVIL IV

Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 4:03 pm


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Lun Abr 27, 2009 12:32 pm
HOLA A TODOS, ¿SABEIS QUE HAN CAMBIADO LA FECHA DEL EXAMEN DE AULA CIVIL,PARA EL DIA 4 DE JUNIO A LAS 17:00 HORAS?
ALGUIEN SABE SI ESTO TIENE ALGO QUE VER CON QUE VAYAN A CAMBIAR LAS FECHAS DE LOS EXAMENES DE REGISTRO???? Question Question Embarassed


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor regispro el Lun Abr 27, 2009 6:23 pm
Lo primero gracias a LOLOR por las molestias que te has tomado en pasarnos las preguntas y respuestas este cursillo.

Una petición: ¿sería posible, por lo que valga, que colgaras las respuestas del tema III y el tema XII entero, con sus preguntitas y sus respuestas?

Gracias de antemano, compi. Cool Cool

P.D. ¿Cuales son las fechas para solicitarlos y como se realizan estos cursos?
"Ama a todos. Confía en unos pocos. No hagas daño a nadie." W.S.



Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor LoLoR el Lun Abr 27, 2009 7:39 pm
Que tal todos/as??

Hola Regispro y demas, pues nada si me pedís yo os proveo

Aquí teneis los temas III y XII



TEMA III



1.- La maquinaria situada en una nave industrial:
1 Tiene la consideración de bien mueble al poderse separar sin detrimento del inmueble.
2 Es bien inmueble en todo caso, al seguir la naturaleza del bien en que se encuentra.
3 Sólo es inmueble si se destina a satisfacer las necesidades de la explotación industrial que se realiza en la nave.
4 Es un bien inmueble por sus características de tamaño e inmovilidad.



2.- La disposición de bienes inmuebles de los menores emancipados:
1 Es libre.
2 Requiere el consentimiento de los padres o del curador.
3 Necesita autorización judicial.
4 Ninguna de las anteriores.



3.- En una venta de finca, si ésta resulta menor de lo expresado en el contrato:
1 Si la venta se hizo por precio alzado, el comprador debe soportar la menor cabida
2 El comprador sólo puede pedir la rebaja del precio si la menor cabida es superior a la vigésima parte.
3 El comprador puede pedir la anulación del contrato.
4 El comprador puede exigir la venta de más superficie de la expresada.



4.- En la compraventa civil, la pérdida de la cosa no fungible:
1 Si produce antes de la perfección de la venta, obliga a entregar otra de igual especie o calidad.
2 Si se produce después de la perfección de la venta, se entiende que el vendedor debe soportar el riesgo.
3 Si produce antes de la perfección de la venta, hace inexistente el contrato.
4 Si se produce después de la perfección de la venta, el vendedor debe indemnizar al comprador.



5.- La pérdida total de la cosa por causa del vicio oculto que padece:
1 Sólo obliga al vendedor de mala fe a abonar el precio.
2 Permite al comprador reclamar el precio con una rebaja del valor de la cosa al tiempo de la venta.
3 Obliga al vendedor de mala fe a devolver el precio con los intereses.
4 Si no media mala fe del vendedor, éste debe abonar el precio y los gastos.



6.- Para el Derecho Patrimonial, para que una cosa sea bien basta que sea útil o aprovechable.
1 Verdadero
2 Falso



7.- La venta en escritura pública es compatible con que el vendedor retenga la cosa.
1 Verdadero
2 Falso



8.- En caso de condición resolutoria explícita, incumplido el pago del precio, la venta se resuelve automáticamente.
1 Verdadero
2 Falso



9.- Algunos derechos obligacionales pueden tener acceso al Registro de la Propiedad en casos especialmente admitidos.
1 Verdadero
2 Falso



10.- En la venta mercantil de cosa determinada el riesgo es del vendedor hasta que haya puesto la cosa a disposición del comprador.
1 Verdadero
2 Falso



TEMA XII



1.- En la inscripción de la sociedad comanditaria por acciones se hará constar:
1 Las mismas circunstancias que en la primera inscripción de las sociedades anónimas
2 Las mismas circunstancias que en la primera inscripción de las sociedades anónimas, y la identidad de los socios comanditarios
3 Las mismas circunstancias que en la primera inscripción de las sociedades anónimas, y la identidad de socio colectivo de los administradores y la identidad de los socios comanditarios constará en los Estatutos.
4 Las mismas circunstancias que en la primera inscripción de las sociedades anónima y la denominación subjetiva que sólo podrá incluir el nombre de los socios colectivos, la condición de socio colectivo de los administradores, consignándose en los estatutos el nombre de los socios colectivos.



2.- La escritura de constitución de la sociedad anónima
1 Se presentará para su inscripción en el Registro Mercantil del domicilio social, por los socios y fundadores, en el término de 15 días siguientes a su otorgamiento
2 Se presentará para su inscripción en el Registro Mercantil del domicilio social, por los socios y fundadores, en el término de 90 días siguientes a su otorgamiento
3 Se presentará para su inscripción en el Registro Mercantil del domicilio social, por los socios y fundadores, en el término de 2 mesess siguientes a su otorgamiento, sin que haya responsabilidad por el retraso.
4 Se presentará para su inscripción en el Registro Mercantil del domicilio social, por los socios y fundadores, en el término de 2 meses siguientes a su otorgamiento, respondiendo solidariamente de los daños y perjuicios por el incumplimiento de su obligación.



3.- Las causas del aumento de capital en la sociedad anónima son
1 Por las ganancias obtenidas por la sociedad en el ejercicio social.
2 Por incorporación de nuevos medios patrimoniales por accionistas o terceros, transformación de reservas, plusvalías o beneficios en el contravalor del nuevo capital y reducción del pasivo por conversión de obligaciones en acciones o por entrega de acciones a los acreedores.
3 Por incorporación de nuevos medios patrimoniales por accionistas o terceros, transformación de reservas, plusvalías o beneficios en el contravalor del nuevo capital y reducción del pasivo por conversión de obligaciones en acciones o por entrega de acciones a los acreedores y por condonación de deudas de la sociedad por terceros
4 Por incorporación de nuevos medios patrimoniales por accionistas o terceros, transformación de reservas, plusvalías o beneficios en el contravalor del nuevo capital y reducción del pasivo por conversión de obligaciones en acciones o por entrega de acciones a los acreedores y en caso de reducción del capital acero o por debajo de la cifra mínima, caso de reducción y aumento simultáneo



4.- El derecho de suscripción preferente es:
1 El derecho de los antiguos accionistas y titulares de obligaciones convertibles de suscribir un número de acciones proporcional al valor de las que poseían, en los aumentos de capital con emisión de nuevas acciones, para mantener su participación en el capital social de la sociedad
2 El derecho de los antiguos accionistas de suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que poseían, en los aumentos de capital con emisión de nuevas acciones, para mantener su participación en el capital social de la sociedad
3 El derecho de los antiguos accionistas y titulares de obligaciones convertibles de suscribir un número de acciones igual a las que poseían, en los aumentos de capital con emisión de nuevas acciones, para mantener su participación en el capital social de la sociedad.
4 El derecho de los antiguos titulares de obligaciones convertibles de suscribir un número de acciones igual a las que poseían, en los aumentos de capital con emisión de nuevas acciones, para mantener su participación en el capital social de la sociedad.



5.- El acuerdo de fusión, una vez publicado:
1 Se eleva a escritura pública que contendrá las menciones legales.
2 Se eleva a escritura pública y se inscribe en el Registro mercantil del domicilio social de la sociedad nueva o absorbente, publicándose en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, cancelándose los asientos relativos a las sociedades extinguidas.
3 Se eleva a escritura pública y se inscribe en el Registro mercantil del domicilio social de la sociedad nueva o absorbente, publicándose en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en el Boletín Oficial del Estado, cancelándose los asientos relativos a las sociedades extinguidas.
4 Se eleva a escritura pública y se inscribe en el Registro mercantil del domicilio social de la sociedad nueva o absorbente y en el de las sociedades extinguidas.



6.- La inscripción de las sociedades mercantiles en el Registro Mercantil es constitutiva en cualquier caso.
1 Verdadero
2 Falso



7.- La remisión de la copia electrónica de la escritura de constitución de la sociedad limitada nueva empresa, para su inscripción en el Registro Mercantil. se realizará por los administradores de la sociedad
1 Verdadero
2 Falso



8.- En caso de disminución de capital de la sociedad anónima por adquisición de las acciones propias, su compra no es necesario que se ofrezca a todos los accionistas
1 Verdadero
2 Falso



9.- La sociedad colectiva se disuelve por muerte de un socio colectivo sin que quepa el pacto de continuación por los sobrevivientes.
1 Verdadero
2 Falso



10.- La sociedad se extingue por la cancelación de la hoja registral y de los asientos relativos a la misma, sin perjuicio de la posibilidad de que aparezcan activos o pasivos sobrevenidos.
1 Verdadero
2 Falso


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor regispro el Mar Abr 28, 2009 12:07 am
Muchas gracias, LOLOR, eres un fenómeno.

Eso es rapidez y no el AVE.
"Ama a todos. Confía en unos pocos. No hagas daño a nadie." W.S.

EOOOOO

Notapor LoLoR el Jue Abr 30, 2009 8:06 pm
a mandar Regispro

que digo yo que me da a mi en la nariz que va a ver follada general en los proximos examenes

estas preguntas dan el pego pero no se no se...

en fin ya se verá


Ultimo Temaaaaaa

Notapor LoLoR el Lun May 04, 2009 9:35 am
Pues aquí esta el dichoso tema XV

1.- El título inscribible ha de ser el documento público original:
1 Esto es, el documento mismo, por lo que se excluyen todas sus copias o reproducciones.
2 Además del documento original, esto es, del documento mismo, se admiten aquellas copias o reproducciones que legalmente deban hacer fe, tales como las copias notariales, los testimonios judiciales y las certificaciones administrativas.
3 Además del documento original, y de las copias mencionadas en el apartado b), se admite por la DGRN los testimonios notariales, al constar su identidad con el original, como título directamente inscribible.
4 Sólo se admite el acceso al Registro el documento original, si bien respecto de los documentos notariales se consideran directamente inscribibles las copias y los testimonios.


2.- El título formal ha de contener directamente el acto inscribible:
1 Así, cabría inscribir aquel derecho que se relacionase meramente en el título.
2 El derecho a inscribir puede ser referido como existente con anterioridad.
3 Los derechos a los que se refieren los apartados anteriores, a) y b), no son sino menciones, cuya inscripción y acceso al Registro ampara el artículo 98 de la Ley Hipotecaria.
4 Los derechos a los que se refieren los apartados anteriores, a) y b), como simples menciones, no tienen la consideración de gravámenes y serán cancelados por el Registrador a instancia del particular o con ocasión de la extensión de cualquier asiento sobre la finca que los contempla o por la expedición de una certificación en relación a aquélla.


3.- Los documentos complementarios:
1 Si acceden al Registro como documentos privados suelen precisar firmas legitimadas notarialmente o ratificadas ante el Registrador; y cuando el título inscribible sea una escritura pública, si constan suficientemente protocolizados o testimoniados en ésta.
2 En cuanto que cumplen los requisitos del artículo 33 del Reglamento Hipotecario, acceden directamente al Registro.
3 No acceden en ningún caso al Registro.
4 Gozan de autonomía a efectos registrales, son aptos para la inscripción: por su contenido, ya que contemplan una mutación jurídico real; y por su forma, dado que han de ser documentos públicos, en todo caso.


4.- Por lo que se refiere al Registro Mercantil, la inscripción de los actos relativos a los cargos de administradores, liquidadores y auditores:
1 Exigen, en todo caso, escritura pública.
2 Pueden verificarse por documento privado, los actos de nombramiento, cese, aceptación y dimisión de cargos, por certificación del acta de la Junta General o del Consejo de Administración en que fueron nombrados, expedidos en forma con firmas legitimadas notarialmente o por escrito del designado con firma legitimada de la manera que señala el Reglamento del Registro Mercantil.
3 Pueden verificarse los actos de nombramiento, cese, aceptación y dimisión de cargos en la forma señalada en el apartado anterior, b), admitiéndose además que acceda al Registro por documento privado, el acuerdo de las delegaciones de facultades del Consejo de Administración.
4 Sólo puede verificarse mediante documento privado, en virtud de certificación del órgano competente con firma legitimada o por solicitud del designado en forma, los actos de nombramiento y aceptación de cargos, así como la delegación de facultades del Consejo de Administración; los actos de cese y dimisión de cargos precisan siempre escritura pública.


5.- La calificación de documentos administrativos:
1 Se ciñe a los estrechos límites que existen en la calificación de documentos judiciales.
2 Excluye conforme a lo señalado en el apartado anterior, a), toda calificación según indica la DGRN sobre la procedencia de la enajenación de bienes inmuebles municipales mediante subasta pública o adjudicación directa.
3 Es idéntica a la de los documentos notariales.
4 Es similar a la de los documentos judiciales, si bien el Registrador tiene mayor libertad para calificar, entre otros, los trámites del procedimiento.


6.- El título inscribible ha de reunir una serie de requisitos formales, tales como: ser un documento público, original, autorizado por funcionario competente, que contenga directamente el acto inscribible, y cumpla los requisitos hipotecarios y fiscales.
1 Verdadero
2 Falso


7.- Son instrumentos públicos notariales las escrituras, actas, sus copias o reproducciones, y los testimonios.
1 Verdadero
2 Falso


8.- La calificación de los documentos notariales recae sobre las formalidades extrínsecas del título, la capacidad de los otorgantes y representados en el documento, así como la validez de los actos dispositivos contenidos en la escritura pública.
1 Verdadero
2 Falso


9.- Los recibos, en sentido propio, en cuanto que justificantes del pago de una deuda o de su cuantía, supeditados a la conformidad de la prestación, aún no siendo un título de crédito irrevocable para su tenedor, cumplen una función de giro.
1 Verdadero
2 Falso


10.- En el documento electrónico, la firma electrónica, avanzada, reconocida, tiene el mismo valor que la firma manuscrita.
1 Verdadero
2 Falso


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor mundoregistral el Sab May 16, 2009 11:13 pm
Hola que tal esta es la primera vez que hago un curso de estos; y me gustaria saber si alguien se ha presentado antes, mi pregunta es si en el examen presencial suelen repetir las preguntas de los temas o son preguntas nuevas; gracias; saludos

Mundoregistral

Notapor LoLoR el Mié May 20, 2009 9:25 am
Buenas, mundoregistral

creo recordar que alguien dijo al comienzo del curso que no repetian las preguntas aunque eran muy parecidas en la forma.

¿como has llevado el curso en cuanto a puntuación?


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Mié May 20, 2009 10:34 am
BUENOS DIAS A TODOS HE ESTADO UN POCO DESCONECTADO Y ADEMAS HE TENIDO PROBLEMILLAS PARA PODER CONTESTAR, DE TODAS TODAS SE ME OLVIDABA LA CONTRASEÑA QUE ME ENVIAVAN..... BUENO ETC. YO HE VISTO EL EXAMEN DEL AÑO ANTERIOR Y LAS PREGUNTAS QUE TUBIERON DURANTE EL CURSO Y SIENTO DECIROSLO PERO NO CAYO NI UNA DE LAS DEL CURSO, PERO NUNCA SE SABE, LA VERDAD ES QUE SON DEL MISMO ESTILO, PERO NO IGUALES, AHORA ANDO PREPARANDO LOS EXAMENES PERO SI LA SEMANA QUE VIENE ME DA TIEMPO INTENTO HACERME CON ELLAS Y LAS CUELGO. ¿OS HAN DICHO EN LOS DECANATOS A QUE HORA VAIS HA HACER LOS EXAMENES????????


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Mié May 20, 2009 10:35 am
BUENOS DIAS A TODOS HE ESTADO UN POCO DESCONECTADO Y ADEMAS HE TENIDO PROBLEMILLAS PARA PODER CONTESTAR, DE TODAS TODAS SE ME OLVIDABA LA CONTRASEÑA QUE ME ENVIAVAN..... BUENO ETC. YO HE VISTO EL EXAMEN DEL AÑO ANTERIOR Y LAS PREGUNTAS QUE TUVIERON DURANTE EL CURSO Y SIENTO DECIROSLO PERO NO CAYO NI UNA DE LAS DEL CURSO, PERO NUNCA SE SABE, LA VERDAD ES QUE SON DEL MISMO ESTILO, PERO NO IGUALES, AHORA ANDO PREPARANDO LOS EXAMENES PERO SI LA SEMANA QUE VIENE ME DA TIEMPO INTENTO HACERME CON ELLAS Y LAS CUELGO. ¿OS HAN DICHO EN LOS DECANATOS A QUE HORA VAIS HA HACER LOS EXAMENES????????


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Mié May 20, 2009 10:37 am
YO HE LLEVADO BASTANTE BIEN LO DEL CURSO PERO CLARO CON LOS APUNTES Y EL CODIGO CIVIL ETC..... AHORA SI NO ME DA TIEMPO A REPASAR NO SE SI VOY A SER CAPAZ DE RESPONDERLAS, PERO BUENO HAY QUE INTENTARLO. LOLOR GRACIAS POR TODO.


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor LoLoR el Mié May 20, 2009 9:32 pm
Hola TROMPEEEE

Pues bueno a fin de cuentas si no nos presentamos tendremos el certificado de no se que y si aprovamos el de aprovechamiento

pues nada, nos presentamos y vemos como sale la cosa.

Por cierto que todavia no he mirado lo del examen y el decanato.

en cuanto lo sepa avisaré

Suerte a todosssss....


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Sab May 30, 2009 11:58 am
HOLA LOLOR, NO SE NI QUE HAGO ESCRIBIENDO ESTO PORQUE DESPUES DE LO DEL EXAMEN DE AUXILIAR DE PRIMERA, NO ME QUEDAN GANAS DE NADA, PERO BUENO, TU QUE SUELES ESTAR MAS ENTERADO EN LO DEL AULA CIVIL, SABES ALGO MAS DEL EXAMEN?. PERDONA QUE NO ME EXPLAYE MUCHO PERO ES QUE REALMENTE NO TENGO GANAS DE NADA, VAMOS ANDO PENSANDO SI PRESENTARME O NO NO LO SE YA VERE PERO BUENO SI SABES ALGO ME LO CUENTAS ¿VALES? MUCHISIMAS GRACIAS.


conclusiones

Notapor LoLoR el Sab May 30, 2009 8:55 pm
hola TROMPE

pues hace dias que dije, miralo un poco mas arriba que me daba en la nariz que iba a haber una follada general en el examen de 1ª. a los hechos me remito.

la verdad es que le podian haber pedido ayuda a preparar las preguntas a los que hacen las del curso de aula civil. estan mucho mejor redactadas, planteadas y siguen un orden bastante logico.

yo me voy a presentar de todas formas. vaya a que dentro de algun tiempo este tipo de cursos nos sirvan si se dice de profesionalizar este curro y sirviera, por ejemplo para convalidar asignaturas, yo que se.

yo creo que si te examinas y lo apruebas pues por lo menos que te quede el regustillo. y todavia es pronto para saber si la follada de 1ª va a ser tan grande.

ANIMO A TODOS.


SALUDOS.


ESTO ES TO, ESTO ES TO, ESTO ES TODO AMIGOS

Notapor LoLoR el Jue Jun 04, 2009 12:14 pm
ESTO ES TO, ESTO ES TO, ESTO ES TODO AMIGOS

Pues nada ya hemos terminado y esta tarde tendremos que echar un ratillo y hacer la "pruebecita"

Pues aviso a todos/as los que os examineis en GRANADA, HOY A LAS 17:00. Estaré por allí y llevaré un polito rosa muyyyyyyy mono Embarassed Embarassed Embarassed

Suerte a todos.

Un saludo.
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Mensaje  Admin Sáb Oct 16, 2010 4:04 pm


ESTO ES TO, ESTO ES TO, ESTO ES TODO AMIGOS

Notapor LoLoR el Jue Jun 04, 2009 12:15 pm
ESTO ES TO, ESTO ES TO, ESTO ES TODO AMIGOS

Pues nada ya hemos terminado y esta tarde tendremos que echar un ratillo y hacer la "pruebecita"

Pues aviso a todos/as los que os examineis en GRANADA, HOY A LAS 17:00. Estaré por allí y llevaré un polito rosa muyyyyyyy mono Embarassed Embarassed Embarassed

Suerte a todos.

Un saludo.


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Jue Jun 04, 2009 12:52 pm
bueno chicos al toro la verdad es que a ver que nos encontramos, por cierto alguien sabe el numero de preguntas que son????, bueno lolor y compañia gracias por todo. Idea Idea Idea ¿sabemos la nota hoy???


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Lun Jun 08, 2009 9:45 am
Hola chicos ¿que tal el examen?, yo bastante bien, que diferencia al de auxiliar, no se la nota todavia pero espero aprobar. espero que vosotros tambein por lo menos esto te sube un poco el animo, aunque espero que hoy sepamos algo de los otros, bueno chicos ya me contareis Shocked Shocked Shocked Shocked Shocked Shocked Shocked


EL EXAMEN

Notapor LoLoR el Mar Jun 09, 2009 9:51 am
Hola TROMPE y todos los que lo habeis hecho.

Pues lo tipico, un poquito de mala idea con alguna preguntilla, pero por lo demas....

Bastante mas logico y consecuente que el de 1ª según leo por aquí.

Lo que no se es cuando tendremos contestación ni como se hace, si se aprueba, para recibir el diplomita

Un saludo.


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor aprendiz1 el Jue Jun 11, 2009 10:41 am
hola, primero decir que no sé cuando saldrán las notas, que las cuelgan en la página web, segundo lo de los diplomas, a los que hayan aprobado los envían al decanato y de allí a cada Registro. Un saludo.


Re: CURSO AULA CIVIL IV

Notapor TROMPE el Jue Jun 11, 2009 11:20 am
GRACIAS APRENDIZ 1, YO LES HE ENVIADO UN CORREO PORQUE NI EN EL DECANATO SABIAN NADA.


eoo, eoooooo

Notapor LoLoR el Vie Jun 12, 2009 1:50 pm
Hola buenas tardes, a todos los que habeis seguido este hilo.

TROMPE acabo de ver dentro de "Mi evaluación" el resultado APTO

A todos los que os examinasteis comprobadlo.

Un saludo.



Notapor TROMPE el Mar Jun 16, 2009 3:56 pm
HOLA CHICOS, PERDONAR HE ESTADO UN POCO LIADO, YO TAMBIEN HE APROBADO, BUENOOOOOOOO A OTRA COSA MARIPOSA, A VER SI SACO EL PRACTICO DE AUXILIAR DE 1ª Y YAS POR ESTE AÑO TERMINO. ME ALEGRO MUCHO POR TODOS EN ESPECIAL POR TI LOLOR, GRACIAS POR TODO LOS QUE HAS HECHO. Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing Laughing


THE END

Notapor LoLoR el Mar Jun 16, 2009 5:22 pm
Hola TROMPEEEEE, y a todos los que habeis estado siguiendo el curso.

Lo has aprobado TROMPEEEE!!!! 😉 😉 😉

Bueno pues, a darse un gustazo y tomarse unas cañitas.

Pues el año que viene a por el de auxiliar de 1ª.

Hablando del curso, según he leido, mandarán los diplomas a nuestros decanatos y estos a su vez a los Registros. Ya veremos lo que tardan.

Un saludoooooo
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