FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

traslado a otro registro

Ir abajo

traslado a otro registro Empty traslado a otro registro

Mensaje  Admin Vie Oct 15, 2010 7:20 pm

Notapor 911 el Mié Nov 19, 2008 3:09 pm

Hola que tal soy nuevo en el Foro.
Tengo una pregunta que a ver si me podeis responder: Me gustaria cambiarme de Registro a otra ciudad, creo que el proceso normal es contactar con el registro y solicitar el cambio, con los registradores deacuerdo; pero mi pregunta es, si a Cataluña se requiere algun requisito especial o seria igual q para cualquier otro Registro. Muchas gracias espero vuestra respuesta


Re: traslado a otro registro

Notapor charlie el Mié Nov 19, 2008 6:07 pm
Por ahora, en Cataluña rige el mismo convenio que en el resto de España.

Un saludo.


Re: traslado a otro registro

Notapor 911 el Jue Nov 20, 2008 9:29 am
Entonces no seria necesario saber catalan ni nada por el estilo???
Sabeis de algun sitio donde se pueda buscar a alguien q quiera ir a mi registro y yo al suyo, o algun sitio donde venga en q registros se necesita personal??? aunq con los tiempos q corren.........


Re: traslado a otro registro

Notapor MONTSE el Jue Nov 20, 2008 5:38 pm
Bienvenido al foro 911 Very Happy

Te voy a explicar como funciona en mi registro, verás nosotros transcribimos las escrituras que recibimos, el cliente decide en el notario en que idioma quiere la escritura, si la escritura es en castellano la inscripción será en castellano, si la escritura es en catalán la inscripción será en catalán. Igualmente la nota simple, la nota de notario o las certificaciones, será el cliente quien decida en que idioma quiere la información. Atención telefonica y atención al público también tienes que conocer ambos idiomas. Creo que para no cerrarte puestos tendrías que saber ambos idiomas. Espero que mi respuesta te sirva para algo. Neutral
Todos somos aficionados. La vida es tan corta que no da para más.
Charles Chaplin


Re: traslado a otro registro

Notapor el abuelo el Dom Nov 23, 2008 12:46 pm
Me ha sorprendido que las inscripciones las hagáis en catalán.

Entiendo que el usuario quiera que el Notario le redacte la escritura en uno u otra lengua, que en el Registro se le atienda en una u otra lengua, que quiera la publicidad registral en una u otra lengua, pero de ahí a que en los Libros del Registro se escriba en catalán, lo encuentro una equivocación mayúscula.

¿Todos los Registradores son catalanes y entienden lo que firman? Seguro que no.

En mi opinión, los catalanes os equivocais.

Con respecto a lo solicitado por 911, me parece que deberá esforzarse para saber o entender la otra lengua de Cataluña. Pero con la situación actual de despidos y demás, veo totalmente imposible que consigas traslado alguno. Si consigues mantener tu puesto, ya puedes darte con un canto en los dientes.
Un saludo para todos y todas. el abuelo


Re: traslado a otro registro

Notapor poguibo el Dom Nov 23, 2008 1:12 pm
Y se dan los casos en que la inscripción 1ª de división es en castellano, la 2ª de compraventa es en catalán, y la 3ª de hipoteca es en castellano.


Re: traslado a otro registro

Notapor poguibo el Mié Nov 26, 2008 10:05 pm
Para completar la información sobre las inscripciones en catalán a que se refería "el abuelo"

Ley 1/1998, de 7 de enero, del Parlamento de Cataluña, de política lingüística

Artículo 17. Los Registros públicos.

1. Son válidos los asientos registrales realizados en cualquiera de las dos lenguas oficiales.

2. En todos los Registros públicos de Cataluña, salvo aquellos que tienen sólo carácter administrativo, los asientos deben realizarse en la lengua oficial en que está redactado el documento o en que se realiza la manifestación. Si el documento es bilingüe, se realizan en la lengua indicada por quien lo presenta a registro.

3. Los Registradores deben expedir las certificaciones en la lengua oficial utilizada en la petición.

4. Las oficinas de los Registros deben estar en condiciones de atender a los ciudadanos y ciudadanas en cualquiera de las dos lenguas oficiales y deben contar con personal que tenga un conocimiento adecuado y suficiente de las mismas, que lo haga apto para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.[...]

Admin
Admin
Admin

Mensajes : 878
Fecha de inscripción : 14/10/2010

https://personalauxiliar.crearforo.net

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba


 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.