BAJA LABORAL
FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA :: SINDICATO Y CONVENIO
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BAJA LABORAL
Notapor bigfoot el Jue Ene 10, 2008 11:31 pm
HOLA A TODOS, ME GUSTARIA SABER CUANTO VOY A COBRAR PQ ME HE ROTO UN BRAZO Y VOY A ESTAR DE BAJA UNA TEMPORADA, YO SOY PERSONAL CONTRATADO INDEFINIDO EN EL REGISTRO, Y HA SIDO ACCIDENTE NO LABORAL, ALGUIEN ME PUEDE INFORMAR?
Notapor el abuelo el Vie Ene 11, 2008 8:54 am
¿Has preguntado a los compañeros de tu Registro?
Quizás haya un gestor que tramite los papeles ante la Seguridad Social. PodrÃas preguntarle a el.
Un saludo para todos y todas. el abuelo
Notapor bigfoot el Sab Ene 12, 2008 8:05 pm
si he prewguntado pero no saben nada
y hay una gestoria ke lo gestiona
pero no se cual es y no me han dicho cual es, yo llevo los partes y ellos los mandan a la gestoria pero yo no se el número ni nada
he visto el convenio pero no viene nada de las bajas, ademas no se si el personal contratado se rige por el mismo convenio ke los de participacion
Notapor el abuelo el Lun Ene 14, 2008 8:59 am
Siento no poder ayudarte, pues en el Registro en donde estoy, cuando algún compañer@ ha estado de baja (muy pocas veces, por cierto), ha cobrado lo mismo que si estuviera trabajando en su mesa, tanto si ha sido persona a participacion, como si ha sido con sueldo fijo.
Bueno recuerdo en dos ocasiones, hace bastantes años ya, que dos compañer@s estuvieron de baja mas de un año uno, y año y medio el otro y cobraron hasta la última peseta (entonces existÃa esta moneda). Si algún otro compañer@ ha estado enfermo, ha cobrado lo que estaba cobrando.
Ahora bien, estas situaciones por las que yo he pasado y que espero que si algún dÃa me ocurre a mi algo parecido, mis compañeros sepan aplicarlo igual, puede que sean algo excepcionales.
En tu caso, creo que no deba variar tu nómina.
Un saludo para todos y todas. el abuelo
BAJA POR ILT
Notapor EURECA el Lun Ene 14, 2008 2:07 pm
Hola Big.
Mira este enlace, quizás te pueda ayudar.
http://www.weblaboral.net/sp/sp012.htm
un saludo y que te mejores.
EURECA
Notapor bigfoot el Lun Ene 14, 2008 5:07 pm
MUCHAS GRACIAS POR LAS RESPUESTAS
CREO ME PAGARN EL SUELDO COMPLETO
Notapor k'sim el Lun Ene 14, 2008 8:40 pm
Déjame decirte, bigfoot, que, cuando yo tenÃa contrato por obra y servicio -ahora lo tengo indefinido.....- me tuve que dar de baja por una operación dos semanas y sÃ, me pagaron menos, aunque no me explicaron, como es habitual en mi Registro, qué cuentas hicieron. Y te aseguro que no fue poco lo que me quitaron, asà que, por lo que veo, dependiendo del Registro se hace una u otra cosa... Esto es lamentable... Vaya falta de seguridad jurÃdica.. Más que lamentable, esto es un cachondeo, y no lo digo porque me quitaran sueldo, que es lo normal cuando estás de baja, sino porque estoy segura de que, dependiendo de quién seas, se aplican las normas o no. Suerte que tenéis los que trabajáis en Registros donde parece que el compañerismo llega a no rebajar el sueldo al que está de baja, sea quien sea, porque en el mÃo estoy convencida de que no es asà (de hecho, hace no mucho un compañero estuvo enfermo semana y algo y ni se le pidió la baja médica; serÃa porque es uno de los elegidos...sin comentarios). Un saludo.
Notapor Rony el Mar Ene 15, 2008 6:01 pm
Hola bigfoot
Como nuestro convenio no dice nada al respecto, nuestras bajas laborales están reguladas por el Estatuto de los Trabjadores y por la Seguridad Social.
En este enlace que te pongo más abajo, podrás ver un resumen de todo el trámite que debe realizar, tanto el trabajador como la empresa, en caso de baja del trabajador.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm
En resumen y en tu caso, ya que ha sido un accidente NO laboral, cobrarás lo siguiente:
El 60% de la base reguladora desde el 4º dÃa de la baja hasta el 20º dÃa inclusive y el 75% desde el dÃa 21 en adelante.
La base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de dÃas a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).
La base de cotización te la puede decir la empresa y en todo caso te la dirá la Seguridad Social. Creo que en la misma página que te indiqué antes, la de la Seguridad Social, http://www.seg-social.es, puedes pedir una "vida laboral" on-line y en ella encontrarás la base de cotización.
Salu2 y que te mejores.
Notapor k'sim el Mar Ene 15, 2008 6:14 pm
RONY, perdona, que creo que no lo he entendido: entonces ¿del dÃa cuarto al vigésimo cobras el sesenta por ciento y a partir del vigésimo primero el setenta y cinco por ciento?. UN SALUDO Y GRACIAS POR TU INFORMACION.
Notapor Rony el Mar Ene 15, 2008 6:57 pm
Exacto
El pago lo realiza la empresa en la modalidad de "pago diferido" hasta el dÃa 20º (creo) y a partir de ese dÃa paga directamente la Seguridad Social.
El pago diferido quiere decir que te paga la empresa y luego se lo deduce en los seguros sociales, en el TC2.
Por cierto, los 3 primeros dÃas, no te los paga nadie. Si fuera accidente laboral sà te los pagarÃan.
No obstante, ahora que estás de baja y tendrás más tiempo libre, visita el enlace que te pude antes que lo cuenta todo detalladamente, incluso con cuadros y todo.
Salu2
Notapor Rony el Mar Ene 15, 2008 6:59 pm
Perdona K'sim, tu no eres el lesionado, pensé que la pregunta me la hacÃa bigfoot.
Salu2
Re: BAJA LABORAL
Notapor an7795 el Vie Ene 30, 2009 11:12 am
BUENOS DIAS, ME ENCUENTRO DE BAJA LABORAL, Y ME GUSTARIA SABER SI ALGUIEN TIENE CONOCIMIENTO DE SI EN EL CONVENIO QUE NOSOTROS TENEMOS ESTA CONTEMPLADO EL COMPLEMENTO ILT A CARGO DE LA EMPRESA.GRACIAS
HOLA A TODOS, ME GUSTARIA SABER CUANTO VOY A COBRAR PQ ME HE ROTO UN BRAZO Y VOY A ESTAR DE BAJA UNA TEMPORADA, YO SOY PERSONAL CONTRATADO INDEFINIDO EN EL REGISTRO, Y HA SIDO ACCIDENTE NO LABORAL, ALGUIEN ME PUEDE INFORMAR?
Notapor el abuelo el Vie Ene 11, 2008 8:54 am
¿Has preguntado a los compañeros de tu Registro?
Quizás haya un gestor que tramite los papeles ante la Seguridad Social. PodrÃas preguntarle a el.
Un saludo para todos y todas. el abuelo
Notapor bigfoot el Sab Ene 12, 2008 8:05 pm
si he prewguntado pero no saben nada
y hay una gestoria ke lo gestiona
pero no se cual es y no me han dicho cual es, yo llevo los partes y ellos los mandan a la gestoria pero yo no se el número ni nada
he visto el convenio pero no viene nada de las bajas, ademas no se si el personal contratado se rige por el mismo convenio ke los de participacion
Notapor el abuelo el Lun Ene 14, 2008 8:59 am
Siento no poder ayudarte, pues en el Registro en donde estoy, cuando algún compañer@ ha estado de baja (muy pocas veces, por cierto), ha cobrado lo mismo que si estuviera trabajando en su mesa, tanto si ha sido persona a participacion, como si ha sido con sueldo fijo.
Bueno recuerdo en dos ocasiones, hace bastantes años ya, que dos compañer@s estuvieron de baja mas de un año uno, y año y medio el otro y cobraron hasta la última peseta (entonces existÃa esta moneda). Si algún otro compañer@ ha estado enfermo, ha cobrado lo que estaba cobrando.
Ahora bien, estas situaciones por las que yo he pasado y que espero que si algún dÃa me ocurre a mi algo parecido, mis compañeros sepan aplicarlo igual, puede que sean algo excepcionales.
En tu caso, creo que no deba variar tu nómina.
Un saludo para todos y todas. el abuelo
BAJA POR ILT
Notapor EURECA el Lun Ene 14, 2008 2:07 pm
Hola Big.
Mira este enlace, quizás te pueda ayudar.
http://www.weblaboral.net/sp/sp012.htm
un saludo y que te mejores.
EURECA
Notapor bigfoot el Lun Ene 14, 2008 5:07 pm
MUCHAS GRACIAS POR LAS RESPUESTAS
CREO ME PAGARN EL SUELDO COMPLETO
Notapor k'sim el Lun Ene 14, 2008 8:40 pm
Déjame decirte, bigfoot, que, cuando yo tenÃa contrato por obra y servicio -ahora lo tengo indefinido.....- me tuve que dar de baja por una operación dos semanas y sÃ, me pagaron menos, aunque no me explicaron, como es habitual en mi Registro, qué cuentas hicieron. Y te aseguro que no fue poco lo que me quitaron, asà que, por lo que veo, dependiendo del Registro se hace una u otra cosa... Esto es lamentable... Vaya falta de seguridad jurÃdica.. Más que lamentable, esto es un cachondeo, y no lo digo porque me quitaran sueldo, que es lo normal cuando estás de baja, sino porque estoy segura de que, dependiendo de quién seas, se aplican las normas o no. Suerte que tenéis los que trabajáis en Registros donde parece que el compañerismo llega a no rebajar el sueldo al que está de baja, sea quien sea, porque en el mÃo estoy convencida de que no es asà (de hecho, hace no mucho un compañero estuvo enfermo semana y algo y ni se le pidió la baja médica; serÃa porque es uno de los elegidos...sin comentarios). Un saludo.
Notapor Rony el Mar Ene 15, 2008 6:01 pm
Hola bigfoot
Como nuestro convenio no dice nada al respecto, nuestras bajas laborales están reguladas por el Estatuto de los Trabjadores y por la Seguridad Social.
En este enlace que te pongo más abajo, podrás ver un resumen de todo el trámite que debe realizar, tanto el trabajador como la empresa, en caso de baja del trabajador.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Tra ... /index.htm
En resumen y en tu caso, ya que ha sido un accidente NO laboral, cobrarás lo siguiente:
El 60% de la base reguladora desde el 4º dÃa de la baja hasta el 20º dÃa inclusive y el 75% desde el dÃa 21 en adelante.
La base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de dÃas a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).
La base de cotización te la puede decir la empresa y en todo caso te la dirá la Seguridad Social. Creo que en la misma página que te indiqué antes, la de la Seguridad Social, http://www.seg-social.es, puedes pedir una "vida laboral" on-line y en ella encontrarás la base de cotización.
Salu2 y que te mejores.
Notapor k'sim el Mar Ene 15, 2008 6:14 pm
RONY, perdona, que creo que no lo he entendido: entonces ¿del dÃa cuarto al vigésimo cobras el sesenta por ciento y a partir del vigésimo primero el setenta y cinco por ciento?. UN SALUDO Y GRACIAS POR TU INFORMACION.
Notapor Rony el Mar Ene 15, 2008 6:57 pm
Exacto
El pago lo realiza la empresa en la modalidad de "pago diferido" hasta el dÃa 20º (creo) y a partir de ese dÃa paga directamente la Seguridad Social.
El pago diferido quiere decir que te paga la empresa y luego se lo deduce en los seguros sociales, en el TC2.
Por cierto, los 3 primeros dÃas, no te los paga nadie. Si fuera accidente laboral sà te los pagarÃan.
No obstante, ahora que estás de baja y tendrás más tiempo libre, visita el enlace que te pude antes que lo cuenta todo detalladamente, incluso con cuadros y todo.
Salu2
Notapor Rony el Mar Ene 15, 2008 6:59 pm
Perdona K'sim, tu no eres el lesionado, pensé que la pregunta me la hacÃa bigfoot.
Salu2
Re: BAJA LABORAL
Notapor an7795 el Vie Ene 30, 2009 11:12 am
BUENOS DIAS, ME ENCUENTRO DE BAJA LABORAL, Y ME GUSTARIA SABER SI ALGUIEN TIENE CONOCIMIENTO DE SI EN EL CONVENIO QUE NOSOTROS TENEMOS ESTA CONTEMPLADO EL COMPLEMENTO ILT A CARGO DE LA EMPRESA.GRACIAS
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