FORO DEL PERSONAL AUXILIAR DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA
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Mensaje  Admin Vie Oct 15, 2010 11:08 pm

Notapor nueva el Jue Sep 20, 2007 8:21 pm

Estimados compañeros,

ME HE QUEDADO EMBARAZADA, y soy auxiliar de 1ª. Estoy algo perdida con el tema laboral, (sobre todo con este sistema de porcentajes, en el que no hay hijo de madre que se ponga de acuerdo en cómo, cuando y por cuanto se cobra en las bajas), asi que os pido ayuda, a ver si alguién es tan amable de aclararme como va el tema; creo que son 4 meses de baja ( me corregis si me equivoco), pero lo del porcentaje no se como va, no se si me pagarán en esos meses como siempre, o una cantidad fija, o un 70% de lo cotizado en SS.

Os agradezco de antemano vuestra ayuda

UN ABRAZO A TODOS, mil gracias



Notapor MAFALDA el Jue Sep 20, 2007 8:26 pm
Me temo que cobraras el 70 % de lo Cotizado a la SS.


Notapor sur el Jue Sep 20, 2007 9:26 pm
La respuesta la tienes en la página http://www.seg-social.es, en paternidad o maternidad y en régimen general. buena suerte


depende de la oficina

Notapor albertogarcia el Jue Sep 20, 2007 9:32 pm
en el nuestro se pagó una baja de maternidad a participación y la que estaba de baja devolvió al final lo que le había dado la SS, que se repartió en base a los porcentajes, pero mejor vete pensando que la SS es la que te va a pagar y los demás se repartirán tu participación. S2



Notapor Seti el Jue Sep 20, 2007 11:41 pm
Estimada nueva:

Creo que no hay que dramatizar sobre el sistema de las bajas. Como te podrás imaginar no eres la primera ni serás la última persona a porcentaje en estar de baja por maternidad.
La duración de la baja son 16 semanas y, como te han dicho, te paga la seguridad social. Efectivamente, durante ese período no tienes derecho a participar de los ingresos corrientes del registro ya que tu contrato está en situación de suspensión. Si hay ingresos extraordinarios, tendrás que llegar a un acuerdo con tu Registrador.
La base reguladora de la baja será tu nómina del mes anterior a que des a luz. La baja por maternidad no funciona como la baja por enfermedad, en que la empresa te paga lo que te corresponde y luego la seguridad social bonifica a la empresa. Aquí, te paga directamente la seguridad social, por lo que cuando nazca tu hijo tendrás que solicitar la prestación a la seguridad social. Del registro no cobras un duro hasta que te reincorpores.
Espero haberte aclarado algo.
Un saludo.



Notapor CalYMocho el Lun Sep 24, 2007 7:03 pm
En mi registro se ha dado el mismo caso en varias ocasiones y cobraban el 100% de su sueldo (que no el 100% de la participación que le correspondería cada mes) de la SS. De todas formas informate en algún sitio más serio que este
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